Archivo de la categoría: Tributación Internacional

LISTA DE PAÍSES O TERRITORIOS NO COOPERANTES O DE BAJA O NULA IMPOSICIÓN

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LISTA DE PAÍSES O TERRITORIOS NO COOPERANTES O DE BAJA O NULA IMPOSICIÓN

MARIO ALVA MATTEUCCI

El domingo 30 de diciembre de 2018 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Supremo Nº 340-2018-EF, por medio del cual se modifica la lista de países que el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta consideraba como de baja o nula imposición.

Ahora se ha considerado dentro de la referida lista a los Países o Territorios no cooperantes, de acuerdo con las últimas modificaciones tributarias llevadas a cabo por el Decreto Legislativo N° 1381.

En tal sentido, la nueva lista se denomina actualmente como “Países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición”, los cuales se transcriben a continuación: Sigue leyendo

EL BENEFICIARIO FINAL: Algunos comentarios a raíz del Decreto Legislativo N° 1372

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EL BENEFICIARIO FINAL: Algunos comentarios a raíz del Decreto Legislativo N° 1372

RESUMEN

En los últimos años, se observa una tendencia mundial que diversos países están realizando esfuerzos por combatir la elusión y la evasión fiscal, al igual que la investigación para luchar contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Para poder lograr este objetivo se toman como referencia las recomendaciones internacionales emitidas por la por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Precisamente, el Perú acaba de aprobar el Decreto Legislativo N° 1372, el cual realiza adecuaciones normativas en la legislación peruana para poder identificar al beneficiario final de las personas jurídicas y/o entes jurídicos, existiendo adicionalmente la exigencia de presentar una declaración jurada de tipo informativo que señale al mencionado beneficiario.

PALABRAS CLAVE

Beneficiario final / elusión / evasión / lavado de activos / terrorismo / personas jurídicas /entes jurídicos

  1. INTRODUCCIÓN

El pasado jueves 2 de agosto de 2018 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Legislativo N° 1372, por medio del cual se aprobaron las normas que regulan la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.

Se indica que una de las razones para aprobar estas normas, es poder adecuar la legislación nacional a los estándares y recomendaciones internacionales emitidas por la OCDE y el GAFI para la lucha contra la elusión y evasión fiscal, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

También se precisa que lo que se pretende es garantizar la asistencia administrativa mutua con fines fiscales, como la adopción de estándares de acceso, disponibilidad e intercambio de información del beneficiario final de las personas jurídicas y entes jurídicos, previendo que los profesionales del derecho y de las ciencias contables y financieras deban proporcionar dicha información a la autoridad competente cuando accedan a ella en una condición o situación distinta al ejercicio profesional, respetándose los derechos y principios previstos en la Constitución Política del Perú;

La pregunta inmediata que se puede formular es ¿quiénes son los beneficiarios finales?, ello será parte del análisis normativo que se desarrollará en el presente informe. Sigue leyendo

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA

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RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA

MARIO ALVA MATTEUCCI

ANTECEDENTES

El pasado 25 de octubre de 2017, el Perú firmó la adhesión a la Convención sobre la Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, la cual es promovida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE y permitirá que se pueda realizar el intercambio de información financiera y tributaria con más de cien (100) países.

El hecho de haber suscrito la convención determinará que el Perú pueda solicitar información a otras administraciones tributarias de otras regiones, con la finalidad de poder continuar con su labor de fiscalización. Lo antes indicado permitirá, por ejemplo, que el fisco pueda tener datos importantes e información relevante acerca de las ganancias de capital, la generación de intereses, la cobranza y pago de regalías, entre otros, sobre todo de aquellas personas que son residentes en el Perú que califican como domiciliados y que muchas veces no cumple con informar y/o declarar los ingresos que generan en el exterior. Sigue leyendo

EL TEST DEL BENEFICIO EN LAS OPERACIONES INTRAGRUPO: Algunos comentarios

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EL TEST DEL BENEFICIO EN LAS OPERACIONES INTRAGRUPO: Algunos comentarios

RESUMEN

Una de las exigencias que el fisco solicita para el sustento de las operaciones de servicios brindados entre empresas pertenecientes al mismo grupo, en donde existe vinculación económica, es el denominado test del beneficio, en donde se establecen los elementos que justifican, tanto la necesidad de la prestación del servicio como también el costo del mismo, dentro de los términos de plena competencia. Se analizarán los sustentos legales donde se indica la obligatoriedad de los contribuyentes, de contar con el referido test del beneficio.

PALABRAS CLAVE

Partes vinculadas / operaciones intragrupo / test del beneficio / servicios / vinculación económica / oficina matriz

ABSTRACT

One of the demands that the tax authority requests for the sustenance of service operations providen between companies belonging to the same group, where thre is economic linkage, is the so-called benefit test, which establishes the elements that justify the need for service provision as well as the cost thereof, within the terms of full competition. The legal livelihoods will be analyzed, where the obligatory nature of the taxpayers is indicated, with the aforementioned benefit test.

KEYWORDS

Related parties / intragroup transactions / benefit test / services / economic linkage / head office

TITLE

Profit test in intra-group transactions: some comments

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

Entre las empresas que son vinculadas y que forman parte de grupos económicos, casi siempre tienden a prestarse servicios entre ellas, conformando lo que en doctrina se denomina “operaciones intragrupo”.

En la mayor parte de estas operaciones, encontramos casi siempre servicios prestados desde la matriz hacia las sucursales, facturando ingentes cantidades de dinero por el servicio, que en muchos casos, pudo haberse prestado por otra empresa que no es vinculada y a un menor costo.

Por ello, el fisco al momento de realizar una revisión de las operaciones intragrupo, aparte del hecho de verificar la causalidad, analiza también si la operación se ha realizado respetando el valor de mercado, al igual que si se hubiera prestado en condiciones de plena competencia.

En este orden de ideas, en el año 2016, la Ley del Impuesto a la Renta fue modificada por el Decreto Legislativo N° 1312, el cual se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2016 y vigente a partir del 1 de enero de 2017.

Uno de los cambios que dicha norma introdujo a la Ley del Impuesto a la Renta, está el relacionado con la incorporación del denominado “test del beneficio” como requisito para poder justificar la deducción del costo o gasto para efectos de la determinación de la renta neta empresarial, respecto de los servicios que le fueron prestados los contribuyentes que tengan partes vinculadas, sobre los cuales se apliquen las normas de precios de transferencia.

El motivo del presente informe es analizar la figura del “test del beneficio” y su utilización en el sustento de los servicios prestados entre las partes que son vinculadas, dentro de las operaciones intragrupo. Sigue leyendo

¿CÓMO TRIBUTAN LOS DIVIDENDOS PERCIBIDOS DEL EXTERIOR?

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¿CÓMO TRIBUTAN LOS DIVIDENDOS PERCIBIDOS DEL EXTERIOR?

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

Los dividendos constituyen una ganancia obtenida por las personas que han efectuado inversiones en otras empresas de las cuales son accionistas. Ello implica que solo cuando la empresa haya generado utilidades, tendrá la posibilidad de repartir dividendos. El problema se genera cuando los inversionistas perciben dividendos de empresas ubicadas fuera del país, motivo por el cual el presente informe procura analizar el tratamiento tributario de la entrega de dividendos generados en el exterior a favor de personas naturales domiciliadas en el Perú.

PALABRAS CLAVE

Dividendos / accionista / doble imposición / inversionista / empresas / no domiciliado

ABSTRACT

Dividends are a gain obtained by people who have made investments in other companies of which they are shareholders. This means that only when the company has generated profits will it be possible to distribute dividends. The problem is generated when investors receive dividends from companies located outside the country, which is why this report seeks to analyze the tax treatment of the delivery of dividends generated abroad in favor of individuals domiciled in Peru.

Keywords: Dividends / shareholder / double taxation / investor / companies / non-domiciled

Title: How do dividends received from abroad?

  1. INTRODUCCIÓN

Cuando las personas naturales han efectuado inversiones en el exterior a través de la participación como accionistas, éstas tienen la prerrogativa de participar en los resultados positivos obtenidos, generándose en ese caso la posibilidad de cobro de dividendos, de acuerdo con la legislación del país donde se han efectuado las inversiones.

En esa línea, los dividendos generados por parte de empresas del exterior sufrirán la afectación tributaria del país o territorio en donde se ha producido su distribución. Sin embargo, en el Perú el monto de los dividendos percibidos por parte de accionistas que son personas naturales domiciliadas en el Perú ¿debe tributar nuevamente?, ¿el impuesto pagado en el exterior se puede utilizar como crédito contra el Impuesto a la Renta en el Perú?

Las respuestas a estas preguntas serán materia de respuesta en el presente informe, considerando para efectos didácticos y como ejemplo, cuatro países en los cuales se han generado los dividendos a favor de una persona natural domiciliada en el Perú.

Los cuatro países elegidos han sido Argentina, Colombia, Chile y República Dominicana, con los cuales dos tienen celebrados convenios para evitar la doble imposición tributaria con el Perú y los otros no. Sigue leyendo

LAS DECLARACIONES JURADAS INFORMATIVAS REPORTE LOCAL, REPORTE MAESTRO Y REPORTE PAÍS POR PAÍS: Adecuaciones normativas

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LAS DECLARACIONES JURADAS INFORMATIVAS REPORTE LOCAL, REPORTE MAESTRO Y REPORTE PAÍS POR PAÍS: Adecuaciones normativas

MARIO ALVA MATTEUCCI 

RESUMEN

El Ministerio de Economía y Finanzas acaba de publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Supremo N° 333-2017-EF, según el cual se efectúan modificaciones al Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en la parte correspondiente a las declaraciones juradas informativas por transacciones realizadas por contribuyentes que tengan partes vinculadas o las que realicen desde, hacia o a través de territorios de baja o nula imposición.

PALABRAS CLAVE

Reporte local / Reporte maestro / Reporte país por país / Precios de transferencia / Partes vinculadas

ABSTRACT

The Ministry of Economy and Finance has just published in the official newspaper El Peruano the text of Supreme Decree No. 333-2017-EF, according to which modifications are made to the Regulations of the Income Tax Law, in the part corresponding to informative affidavits for transactions made by taxpayers who have related parties or those who make from, to or through territories of low or no taxation.

KEYWORDS

Local Report / Master Report / Country by Country Report / transfer prices / related parties

TITLE

Informative affidavits, Local Report, Master Report and Country by Country Report: regulatory adjustments Sigue leyendo

PARADISE PAPERS: La pesadilla de la filtración de documentos

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PARADISE PAPERS: La pesadilla de la filtración de documentos

MARIO ALVA MATTEUCCI

El pasado 5 de noviembre de 2017 se hizo pública una noticia relacionada con un nuevo caso de filtración de documentos, los cuales están relacionados con inversiones efectuadas en paraísos fiscales.

Los documentos en mención totalizan 13,4 millones y contienen los nombres de más de 120,000 personas y empresas. Cabe indicar que los documentos fueron obtenidos por un medio periodístico alemán denominado Süddeutsche Zeitung, el cual fue el mismo medio que hizo público los documentos filtrados por el denominado Panama Papers en el año 2016.

Estos documentos fueron compartidos con el Consorcio Internacional de Periodistas Investigativos (International Consortium of Investigative Journalists – ICIJ), el cual cuenta con la afiliación de 96 medios de comunicación con base en 67 países. La investigación ha incluido la participación de 400 periodistas.

Las fuentes de los documentos obtenidos corresponde a los registros del bufete de abogados Appleby, con sede en la isla Bermuda, al igual que el bufete de abogados Asiaciti Trust, con sede en Singapur. Sigue leyendo

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA: Lo que se viene

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INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA: Lo que se viene   

MARIO ALVA MATTEUCCI

Desde hace algún tiempo, los países han empezado a buscar la transparencia en la información, propiciando el intercambio de datos entre los organismos administradores de tributos. Parte de este tipo de colaboraciones se debe a la suscripción de acuerdos y tratados que permiten la asistencia mutua en el intercambio de información, lo cual era impensado en años anteriores.

El Perú ha realizado modificaciones recientes a su legislación tributaria al igual que la relacionada con el secreto bancario, permitiendo en cierto modo una flexibilización y el intercambio de información, acorde con los estándares y parámetros señalados por la OCDE a nivel internacional.

De este modo, una de las modificatorias que se han producido es la relacionada con el texto del Código Tributario, al cual se le ha añadido algunos artículos vinculados con la asistencia mutua en materia tributaria, lo cual será materia de análisis en el presente informe. Sigue leyendo

TASA DE RETENCION POR CRÉDITOS CONCEDIDOS POR PERSONA JURÍDICA DEL EXTERIOR VINCULADA: ¿4.99% o 30%?

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TASA DE RETENCION POR CRÉDITOS CONCEDIDOS POR PERSONA JURÍDICA DEL EXTERIOR VINCULADA: ¿4.99% o 30%?

MARIO ALVA MATTEUCCI

El 09.09.17 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 264-2017-EF, a través del cual se aprobó el Reglamento de la Ley N° 30532, Ley que promueve el desarrollo del mercado de capitales y del Decreto Legislativo N° 1188 que otorga incentivos fiscales para promover los Fondos de Inversión en Bienes Inmobiliarios.

Lo antes indicado tiene relación directa con la inversión realizada en el FIBRA (Fideicomiso de titulación para inversión en renta de bienes raíces a que se refiere la tercera disposición final del Reglamento de los Procesos de Titulación de Activos), al igual que el FIRBI (Fondo de inversión en renta de bienes inmuebles a que se refiere la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras). Sigue leyendo

¿QUÉ ES LO QUE DEBE CONOCER SOBRE EL SOFT LAW?

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¿QUÉ ES LO QUE DEBE CONOCER SOBRE EL SOFT LAW?

MARIO ALVA MATTEUCCI

Sumario:

  1. Introducción. 2. La globalización y sus implicancias en el mundo. 3. ¿Existe alguna limitación a la soberanía fiscal de los Estados?. 4. ¿Qué significado tiene el término soft law?. 5. el soft law ¿Es fuente de derecho?. 6. Las maneras como se manifiesta el soft law en el mundo. 7. ¿De qué forma se manifiesta el soft law en el Perú? 8. ¿El soft law es vinculante?. 9. Opiniones de diversos autores sobre el soft law.

Título:

¿Qué es lo que debe conocer sobre el soft law?

Palabras clave:

Soft law / globalización / vinculante / soberanía fiscal / fuente de derecho / países

Resumen:

Como consecuencia de la globalización cada vez existen menos fronteras al capital, la tecnología, el movimiento de personas, entre otros. Surgen instituciones internacionales que procuran establecer políticas de cumplimiento entre sus Estados miembros y a través de la persuasión procuran que otros Estados incluyan dichas políticas. Ello recibe el nombre de soft law. En este informe revisaremos las implicancias que puede acarrear su aplicación en el campo tributario, tomando en cuenta las dificultades que puede ocasionar con el principio de soberanía fiscal.

Abstract:

As a consequence of globalization, there are fewer and fewer frontiers to the capital, the technology, the movement of people, among others. International institutions are emerging that seek to establish compliance policies among their member states and persuade other states to include such policies. This is called soft law. In this report, we will review the implications of its application in the tax field, talking into account the difficulties that may arise with the principle of fiscal sovereignty.

Keywords: soft law / globalization / binding / fiscal sovereignty / source of law / countries

Title: What is the should be known about soft law? Sigue leyendo