Archivo por meses: noviembre 2016

BIENVENIDAS LAS MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

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BIENVENIDAS LAS MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

MARIO ALVA MATTEUCCI

El pasado jueves 10 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Legislativo N° 1246, a través del cual se aprueba diversas medidas de simplificación administrativa[1]. Solo hacemos mención a algunas de ellas.

El artículo 1° de dicha norma indica que es de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Dentro de los cuales quedan incluidas las personas e instituciones del sector público y en las entidades del sector privado, solo en el caso que las personas jurídicas que presten servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, de acuerdo con la legislación de la materia.

[1] Si se desea revisar el texto completo del Decreto Legislativo N° 1246 se puede ingresar a la siguiente dirección web: http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/decreto-legislativo-que-aprueba-diversas-medidas-de-simplifi-decreto-legislativo-n-1246-1451932-2/ (consultado el 16 de noviembre de 2016). Sigue leyendo

ALCANCES SOBRE EL PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA EN MATERIA TRIBUTARIA

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ALCANCES SOBRE EL PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA EN MATERIA TRIBUTARIA

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

Dentro de la propia Constitución Política existen reglas que deben ser cumplidas para el ejercicio de la potestad tributaria, otorgadas a los diferentes estamentos del Estado, con la finalidad que estos, al ejercerla, puedan crear, modificar, suprimir y exonerar de tributos a los contribuyentes, dentro del ámbito de su competencia. Ello se encuentra regulado en el artículo 74° de dicho cuerpo normativo.

Sin embargo esta potestad no es irrestricta e ilimitada, sino que debe cumplir ciertos parámetros, los cuales están representados por los principios tributarios, algunos de los cuales son explícitos al ser mencionados en la propia Constitución política y otros que existen de manera implícita, al estar relacionados con otros principios.

Uno de los principios tributarios considerados de manera implícita en el texto del artículo 74° de la Constitución Política es el de Capacidad Contributiva, el cual guarda estrecha relación con el principio de igualdad.

El motivo del presente informe es analizar el Principio de Capacidad Contributiva y poder ver como se ha estado aplicando en los distintos tributos. Sigue leyendo

IMPUESTOS ANTITECNICOS: Un final esperado (Recuerdos de un artículo publicado en 1992, hace 25 años)

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IMPUESTOS ANTITECNICOS: Un final esperado (Recuerdos de un artículo publicado en 1992, hace 25 años)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Este es el título de mi primer artículo tributario que elaboré, cuando aún era estudiante de la Facultad de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

El artículo se publicó en el Diario Oficial El Peruano en la sección Opinión – Derecho el día martes 22 de setiembre de 1992.

Han pasado 25 años desde aquel hecho y me doy cuenta que en el mundo tributario uno nunca deja de aprender algo nuevo para leer, investigar, escribir, publicar y compartir.

La pasión por la enseñanza vino después en 1996 hasta la fecha.

Estamos a la espera de la publicación de la reforma tributaria y me parece que aún se puede aplicar al presente, el último párrafo de dicho artículo, el cual señala lo siguiente:

“Consideramos que aún falta bastante por hacer, para lograr un sistema tributario técnico, eficaz y racional; pero se han iniciado los pasos y esperamos que continúen así por el bien del país entero”.

Si desea revisar dicha publicación debe ingresar al siguiente enlace:

IMPUESTOS ANTITECNICOS

LOS TRÁMITES PRESENCIALES ANTE LA SUNAT SE PUEDEN REALIZAR EN CUALQUIER CENTRO DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

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LOS TRÁMITES PRESENCIALES ANTE LA SUNAT SE PUEDEN REALIZAR EN CUALQUIER CENTRO DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

 MARIO ALVA MATTEUCCI

El domingo 30 de octubre de 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 282-2016/SUNAT (en adelante la denominaremos la presente norma), a través de la cual se efectúan modificaciones a diversas normas emitidas por la SUNAT, con la finalidad de ampliar la atención a nivel nacional de trámites presenciales de los contribuyentes.

En este sentido, como primer cambio se aprecia que el texto del artículo 1° de la presente norma modifica el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 086-2001/SUNAT, determinando que los contribuyentes podrán iniciar o realizar cualquier trámite relacionado al Registro Único de Contribuyentes y comprobantes de pago, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como solicitar y obtener el reporte de valores emitidos pendientes de pago y el reporte de declaraciones determinativas e informativas presentadas por medios telemáticos y electrónicos, referidos a tributos internos, en cualquier centro de servicios a nivel nacional.   Sigue leyendo