INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA: Lo que se viene

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INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA: Lo que se viene   

MARIO ALVA MATTEUCCI

Desde hace algún tiempo, los países han empezado a buscar la transparencia en la información, propiciando el intercambio de datos entre los organismos administradores de tributos. Parte de este tipo de colaboraciones se debe a la suscripción de acuerdos y tratados que permiten la asistencia mutua en el intercambio de información, lo cual era impensado en años anteriores.

El Perú ha realizado modificaciones recientes a su legislación tributaria al igual que la relacionada con el secreto bancario, permitiendo en cierto modo una flexibilización y el intercambio de información, acorde con los estándares y parámetros señalados por la OCDE a nivel internacional.

De este modo, una de las modificatorias que se han producido es la relacionada con el texto del Código Tributario, al cual se le ha añadido algunos artículos vinculados con la asistencia mutua en materia tributaria, lo cual será materia de análisis en el presente informe.

De manera específica el Decreto Legislativo N° 1315 realizó una modificatoria al título del Libro Segundo del Código Tributario, variando su denominación a la siguiente: “La Administración Tributaria, los Administrados y la Asistencia Administrativa Mutua en materia tributaria”.

Del mismo modo se incorporó el Titulo VIII denominado” Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria”, con los artículos 102-A hasta el 102-H.

Dentro de los artículos del Código Tributario, mencionados anteriormente, se han aprobado las siguientes modalidades de intercambio de información:

  • Intercambio de información a solicitud (artículo 102-C).
  • Intercambio de información espontánea (artículo 102-D).
  • Intercambio de información automática (artículo 102-E).
  • Intercambio de información mediante fiscalizaciones simultáneas y en el extranjero (artículo 102-F).

Asimismo, en el Código Tributario también se regulan las posibilidades de apoyo y asistencia, como las siguientes:

  • Asistencia en el cobro y establecimiento de medidas cautelares (artículo 102-G).
  • Asistencia en la notificación (artículo 102-H).

En este contexto, observamos que el pasado 25 de octubre de 2017, el Perú ha firmado la adhesión a la Convención sobre la Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, la cual es promovida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE y permitirá que se pueda realizar el intercambio de información financiera y tributaria con más de cien (100) países.

El hecho de haber suscrito la convención determinará que el Perú pueda solicitar información a otras administraciones tributarias de otras regiones, con la finalidad de poder continuar con su labor de fiscalización. Lo antes indicado permitirá, por ejemplo, que el fisco pueda tener datos importantes e información relevante acerca de las ganancias de capital, la generación de intereses, la cobranza y pago de regalías, entre otros, sobre todo de aquellas personas que son residentes en el Perú que califican como domiciliados y que muchas veces no cumple con informar y/o declarar los ingresos que generan en el exterior.

No debemos olvidar que si una persona califica como domiciliado en el Perú, ello implica que por aplicación del ámbito jurisdiccional del Impuesto a la Renta, debe cumplir con tributar por las rentas de fuente mundial, las cuales involucran necesariamente a:

  • Rentas generadas en el territorio nacional.
  • Rentas generadas en el extranjero.

Con los mecanismos de transparencia en la información a nivel mundial, incluyendo el Perú, el intercambio de datos entre administraciones tributarias, inclusive a nivel automático y las mayores facilidades para acceder al levantamiento del secreto bancario, el ocultar información para no tributar ante el fisco significará en la práctica un perjuicio económico al propio contribuyente.

La herramienta más importante que tiene la Administración Tributaria peruana es la información y si ésta es actualizada de manera permanente, producto del intercambio indicado en líneas anteriores, su poder se incrementa, determinando una mayor transparencia en la información evitando la opacidad.

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Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

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