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APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 – Versión 5.3

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APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 – Versión 5.3

MARIO ALVA MATTEUCCI

Mediante la publicación de la Resolución de Superintendencia N° 000024-2022/SUNAT, en el Diario Oficial El Peruano en la edición del miércoles 09 de Febrero de 2022, se aprueba la versión 5.3 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615.

Este PDT se utiliza para declarar y/o pagar el Impuesto Selectivo al Consumo – ISC.

¿CÓMO SE OBTIENE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC?

Cabe indicar que el artículo 2° de la presente Resolución señala que la versión 5.3 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 se encuentra a disposición de todos los interesados en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia.

La vigencia es a partir del día siguiente de su publicación, por lo que sería desde el jueves 10 de Febrero de 2022.

¿DESDE CUÁNDO SE UTILIZA LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC?

El artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° N° 000024-2022/SUNAT consigna que la nueva versión 5.3 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, debe ser utilizada a partir del 10 de Febrero de 2022, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.

Si desea revisar el texto de la presente norma ingrese aquí: R.S. 000024-2022-SUNAT

 

 

APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019 (Por los periodos Julio, Agosto y Setiembre 2021)

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APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019

(Por los periodos Julio, Agosto y Setiembre 2021)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Con fecha martes 12 de octubre de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto de la Resolución de Superintendencia N° 000146-2021/SUNAT, por medio de la cual se aprobó el porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019.

El artículo único de dicha norma indicó lo siguiente:

Apruébese el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019[1], aprobado por el Decreto Supremo Nº 419-2019-EF[2], como sigue:

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

Julio 2021

12.39%

Agosto 2021

11.91%

Setiembre 2021

11.48%

La Única Disposición Complementaria Final indicó que la presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Considerando que esta norma se publicó el día martes 12 de octubre de 2021, su vigencia es a partir del día miércoles 13 de octubre de 2021.

Si se desea revisar el texto completo de la Resolución de Superintendencia N° 000146-2021/SUNAT, debe ingresar aquí: R.S. 146-2021-SUNAT Sigue leyendo

APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019 (Por los periodos Abril, Mayo y Junio 2021)

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APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019

(Por los periodos Abril, Mayo y Junio 2021)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Con fecha sábado 17 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto de la Resolución de Superintendencia N° 000099-2021/SUNAT, por medio de la cual se aprobó el porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019.

El artículo único de dicha norma indicó lo siguiente:

Apruébese el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019[1], aprobado por el Decreto Supremo Nº 419-2019-EF[2], como sigue:

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

Abril 2021

14.21%

Mayo 2021

13.57%

Junio 2021

12.89%

La Única Disposición Complementaria Final indicó que la presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Considerando que esta norma se publicó el día sábado 17 de julio de 2021, su vigencia es a partir del día domingo 18 de julio de 2021.

Si se desea revisar el texto completo de la Resolución de Superintendencia N° 000099-2021/SUNAT, debe ingresar aquí: R.S. 099-2021-SUNAT

[1] El Decreto de Urgencia N° 012-2019 se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha viernes 15 de noviembre de 2019. Dicha norma establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-establece-medidas-para-fortalecer-la-decreto-de-urgencia-n-012-2019-1827273-1 (consultado el 19.07.2021).

[2] El Decreto Supremo N° 419-2019-EF se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha martes 31 de diciembre de 2019. Dicha norma aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019 que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-reglamento-del-decreto-de-urgencia-no-012-2019-q-decreto-supremo-n-419-2019-ef-1842032-1 (consultado el 19.07.2021).

APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019 (Por los periodos Enero, Febrero y Marzo 2021)

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APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019

(Por los periodos Enero, Febrero y Marzo 2021)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Con fecha sábado 17 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto de la Resolución de Superintendencia N° 000052-2021/SUNAT, por medio de la cual se aprobó el porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019.

El artículo único de dicha norma indicó lo siguiente:

Apruébese el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019[1], aprobado por el Decreto Supremo Nº 419-2019-EF[2], como sigue:

MES PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)
Enero 2021 15.74%
Febrero 2021 14.76%
Marzo 2021 13.88%

La Única Disposición Complementaria Final indicó que la presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Considerando que esta norma se publicó el día sábado 17 de abril de 2021, su vigencia es a partir del día domingo 18 de abril de 2021.

Si se desea revisar el texto completo de la Resolución de Superintendencia N° 000052-2021/SUNAT, debe ingresar aquí: RS 000052-2021-SUNAT

[1] El Decreto de Urgencia N° 012-2019 se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha viernes 15 de noviembre de 2019. Dicha norma establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-establece-medidas-para-fortalecer-la-decreto-de-urgencia-n-012-2019-1827273-1 (consultado el 20.04.2021).

[2] El Decreto Supremo N° 419-2019-EF se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha martes 31 de diciembre de 2019. Dicha norma aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019 que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-reglamento-del-decreto-de-urgencia-no-012-2019-q-decreto-supremo-n-419-2019-ef-1842032-1 (consultado el 20.04.2021).

APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019 (Por los períodos Octubre, Noviembre y Diciembre de 2020)

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APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019

(Por los períodos Octubre, Noviembre y Diciembre de 2020)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Con fecha domingo 17 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto de la Resolución de Superintendencia N° 000004-2021/SUNAT, por medio de la cual se aprobó el porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019.

El artículo único de dicha norma indicó lo siguiente:

Apruébese el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019[1], aprobado por el Decreto Supremo Nº 419-2019-EF[2], como sigue:

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

Octubre 2020

18.35%

Noviembre 2020

18.51%

Diciembre 2020

17.02%

La Única Disposición Complementaria Final indicó que la presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Considerando que esta norma se publicó el día domingo 17 de enero de 2021, su vigencia es a partir del día lunes 18 de enero de 2021.

Si se desea revisar el texto completo de la Resolución de Superintendencia N° 000004-2021/SUNAT, debe ingresar aquí:RS 000004-2021-SUNAT

[1] El Decreto de Urgencia N° 012-2019 se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha viernes 15 de noviembre de 2019. Dicha norma establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-establece-medidas-para-fortalecer-la-decreto-de-urgencia-n-012-2019-1827273-1 (consultado el 18.01.2021).

[2] El Decreto Supremo N° 419-2019-EF se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha martes 31 de diciembre de 2019. Dicha norma aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019 que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. . Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-reglamento-del-decreto-de-urgencia-no-012-2019-q-decreto-supremo-n-419-2019-ef-1842032-1 (consultado el 18.01.2021).

APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 – Versión 5.0

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APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 – Versión 5.0

MARIO ALVA MATTEUCCI

Mediante la publicación de la Resolución de Superintendencia N° 030-2020/SUNAT, en el Diario Oficial El Peruano en la edición del sábado 1 de febrero de 2020, se aprueba la versión 5.0 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615.

Este PDT se utiliza para declarar y/o pagar el Impuesto Selectivo al Consumo – ISC.

¿CÓMO SE OBTIENE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC – FORMULARIO VIRTUAL N° 615?

Cabe indicar que el artículo 2° de la presente Resolución señala que la nueva versión del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, estará a disposición de los interesados a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución, en SUNAT Virtual.

¿DESDE CUANDO ENTRA EN VIGENCIA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 030-2020/SUNAT?

Tal como lo indica la Única Disposición Complementaria de la Resolución de Superintendencia N° 030-2020/SUNAT, dicha norma entra en vigencia a partir del día de su publicación, es decir, desde el 1 de febrero de 2020.

La SUNAT a través de sus dependencias, facilita la obtención de la nueva versión del citado PDT.

¿DESDE CUÁNDO SE UTILIZA LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC?

El artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 030-2020/SUNAT consigna que la nueva versión 5.0 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, debe ser utilizada a partir del 1 de febrero de 2020, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 – Versión 3.2

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APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 – Versión 3.2

MARIO ALVA MATTEUCCI

Mediante la publicación de la Resolución de Superintendencia N° 134-2019/SUNAT, en el Diario Oficial El Peruano en la edición del domingo 30 de junio de 2019, se aprueba la versión 3.2 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615.

Este PDT se utiliza parta declarar y/o pagar el Impuesto Selectivo al Consumo – ISC.

¿CÓMO SE OBTIENE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC?

Cabe indicar que el artículo 2° de la presente Resolución señala que la nueva versión del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, estará a disposición de los interesados a partir del 1 de julio de 2019, en SUNAT Virtual.

La SUNAT a través de sus dependencias, facilita la obtención del citado PDT.

¿DESDE CUÁNDO SE UTILIZA LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC?

El artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 134-2019/SUNAT consigna que la nueva versión 3.2 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, debe ser utilizada a partir del 1 de julio de 2019, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

 

COMENTARIOS AL DECRETO SUPREMO N° 181-2019-EF: CAMBIOS AL ISC Y DEDUCCIÓN DE GASTOS POR VEHICULOS

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COMENTARIOS AL DECRETO SUPREMO N° 181-2019-EF: CAMBIOS AL ISC Y DEDUCCIÓN DE GASTOS POR VEHICULOS

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

El Impuesto Selectivo al Consumo constituye un tributo que es utilizado por el Estado, como una especie de regulador de conductas de los operadores y de la población. Prueba de ello es que desde el año 2018 se ha establecido tasas más altas en relación a productos que generan problemas con la salud, como es el azúcar, el tabaco, los combustibles más contaminantes o los vehículos usados, entre otros bienes.

Siguiendo esa política se acaba de publicar el Decreto Supremo N° 181-2019-EF, a través del cual se han efectuado ajustes en las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo al tabaco, los autos nuevos y usados, las bebidas que contengan azúcar, el tabaco.

También se ha modificado el reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en la parte relacionada con la deducción de gastos por vehículos, reduciendo de 30 UIT a 26 UIT el valor máximo del costo por adquisición o valor de ingreso al patrimonio de vehículos.

El motivo del presente informe es realizar un comentario sobre dichos cambios normativos. Sigue leyendo

APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC – Formulario Virtual N° 615 – Versión 3.1

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APRUEBAN NUEVA VERSION DEL PDT ISC  – Formulario Virtual N° 615 – Versión 3.1

MARIO ALVA MATTEUCCI

Mediante la publicación de la Resolución de Superintendencia N° 140-2018/SUNAT, en el Diario Oficial El Peruano en la edición del jueves 31 de mayo del 2018, se aprueba la versión 3.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615.

Este PDT se utiliza parta declarar y/o pagar el Impuesto Selectivo al Consumo – ISC.

¿CÓMO SE OBTIENE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC?

Cabe indicar que el artículo 2° de la presente Resolución señala que la nueva versión del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, estará a disposición de los interesados a partir del 4 de junio de 2018, en SUNAT Virtual. La SUNAT a través de sus dependencias, facilita la obtención del citado PDT.

¿DESDE CUÁNDO SE UTILIZA LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT ISC?

El artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 140-2018/SUNAT consigna que la nueva versión 3.1 del PDT ISC – Formulario Virtual N° 615, debe ser utilizada a partir del 4 de junio de 2018, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

CAMBIOS EN LAS TASAS DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO – ISC: Algunos comentarios

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CAMBIOS EN LAS TASAS DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO – ISC: Algunos comentarios

MARIO ALVA MATTEUCCI

En aplicación de lo señalado por el artículo 61º de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, se indica que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se podrán modificar las tasas y/o montos fijos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV.

En cumplimiento de esta norma, en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano con fecha miércoles 9 de mayo de 2018 (entregada conjuntamente con la edición del día jueves 10 de Mayo de 2018), el Ministerio de Economía publicó los siguientes Decretos Supremos N° 091-2018-EF, N° 092-2018-EF, N° 093-2018-EF, N° 094-2018-EF y N° 095-2018-EF; los cuales tienen relación con el incremento de las tasas y montos por cobrar del Impuesto Selectivo al Consumo – ISC, sobre determinados bienes que son comercializados, como es el caso de las bebidas azucaradas, las bebidas no alcohólicas con contenido de azucares, los combustibles con mayor incidencia en el índice de nocividad (aprobado por el Ministerio del Ambiente), algunos tipos de vehículos y los cigarrillos de tabaco negro y rubio.

Es pertinente indicar que los cambios operan a partir del día 10 de mayo de 2018. Sigue leyendo