Archivo por meses: julio 2011

¿QUÉ ESPERAMOS ESCUCHAR EN EL PRÓXIMO MENSAJE PRESIDENCIAL?

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¿QUÉ ESPERAMOS ESCUCHAR EN EL PRÓXIMO MENSAJE PRESIDENCIAL?

MARIO ALVA MATTEUCCI

Al momento de leer esta publicación aún no se habrá llevado a cabo la transferencia de mando presidencial, toda vez que ello ocurrirá el próximo 28 de julio en una ceremonia en el Congreso de la República, en donde el mandatario saliente entregará de manera simbólica la banda presidencial al presidente electo, como símbolo de trasmisión de mando.

Una vez que el presidente electo asuma el mando dirigirá un mensaje a la nación en el propio hemiciclo del Congreso, siendo el primer mensaje que le corresponda durante los cinco años de su mandato. Al ser el primer mensaje, existen expectativas en varios sectores del país por lo que dirá. Este mensaje es especial ya que al ser el primero contendrá los derroteros y guías que servirán al gobierno entrante para asumir el mando del país.

En el caso de los empresarios, seguramente solicitarán garantías a la inversión, flexibilidad de las relaciones laborales, no existencia de control de cambios en la moneda extranjera, evitar las “sorpresas” tributarias y consolidar la etapa del crecimiento económico.

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LIBRO: ‘ANALISIS PARA LA APLICACIÓN DEL CRÉDITO FISCAL DEL IGV’

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LIBRO: “ANALISIS PARA LA APLICACIÓN DEL CRÉDITO FISCAL DEL IGV”

AUTOR: MARIO ALVA MATTEUCCI

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PRESENTACIÓN

Uno de los tributos que interviene en la mayor cantidad de operaciones, que llevan a cabo de manera diaria las personas generadoras de rentas empresariales, es el Impuesto General a la Ventas, ya sea que el mencionado tributo es pagado en las adquisiciones de bienes o de prestación de servicios brindados a estas, cuando asumen el rol de compradores; o también cuando los generadores de rentas empresariales asumen el rol de vendedores o de prestadores de servicios, en cuyo caso el IGV las afecta de igual modo.

Tengamos presente que el IGV califica como un impuesto plurifásico, el cual se encuentra estructurado en base a la técnica del valor agregado, bajo el método de sustracción, adoptando de manera específica como método de deducción el de base financiera. Sobre esta base el valor agregado se obtiene producto de la diferencia que se presentan entres las operaciones de ventas y compras que se llevaron a cabo en el período.

En tal sentido, al adoptarse la deducción sobre base financiera se debe considerar la comparación de impuesto contra impuesto; ello equivale a decir, que la obligación tributaria se obtiene al poder deducir del débito fiscal (aquel impuesto que grava las operaciones consideradas como ventas) el crédito fiscal (que sería el impuesto que grava las adquisiciones realizadas o compras).

De allí que la figura del crédito fiscal resulta de vital importancia para poder determinar el impuesto que corresponde a pagar al fisco mes a mes. Por este motivo, el presente trabajo busca desarrollar el tema del crédito fiscal, sin pretender agotarlo, con la finalidad que el suscriptor conozca de manera detallada datos que le sean de utilidad en su trabajo diario.

El libro cuenta con los siguientes capítulos:

I. Aspectos Teóricos: ¿conoce las opciones técnicas y métodos para determinar el valor agregado en el IGV?
II. Los requisitos exigidos para la utilización del crédito fiscal.
III. El Reintegro del Crédito Fiscal.
IV. El Crédito Fiscal y la realización de operaciones gravadas y no gravadas: ¿cuándo aplicar la prorrata?
V. Ajuste al Impuesto bruto y al Crédito Fiscal.
VI. Implicancias de las reglas de la bancarización en el Crédito Fiscal.
VII. Implicancias de las detracciones en la utilización del Crédito Fiscal.

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ARQUEOLOGÍA, USO DEL CONTEXTO Y FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA

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ARQUEOLOGÍA, USO DEL CONTEXTO Y FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

Cuando uno era niño y le encargaban realizar tareas de historia en el colegio, era común realizar una visita a los museos de historia y arqueología, para lo cual íbamos previstos de lápiz y papel para tomar nota de la información, algunos colores para dibujar lo que apreciamos, entre otras cosas propias del colegio.

Nuestra labor se convertía en una especie de cazadores del tiempo, los cuales están a la búsqueda de información, pero lo que nos llamaba la atención era que las piezas arqueológicas en los museos se encontraban amontonadas en pequeños espacios, agrupadas con un criterio de semejanza, por lo que no interesaba mucho el lugar ni la forma donde se encontraron sino que lo que interesaba en otras épocas era la exhibición de las piezas únicamente.

Con el transcurrir del tiempo nos hemos percatado que las piezas arqueológicas por sí solas no nos permiten llegar a un entendimiento de nuestro pasado, por lo que actualmente hemos observado que lo que realmente nos interesa es el contexto donde las piezas fueron encontradas, ello para poder apreciar diversas relaciones y explicaciones sobre su utilidad, el ritual utilizado en su colocación en las tumbas, la orientación de las mismas, entre otras cosas.

El profesional que está a cargo de este tipo de investigación y que procura relacionar el origen de las piezas, su ubicación, la necesidad de conservación y arrancar del pasado una explicación es el arqueólogo, ya que parte de su formación académica determina que se investigue el contexto donde las piezas fueron encontradas.

Pero ¿qué tiene que ver este tema con el mundo tributario?, en realidad mucho y ello es por que si se hace un paralelo con el fiscalizador o auditor, este profesional para poder encontrar una explicación que guarde coherencia con un hecho tributario (a manera de identificación con la pieza arqueológica) necesitará revisar el contexto, con la finalidad de obtener una explicación mucho más certera ante la exigencia de una mejor recaudación.

El tema del presente informe pretende explicar la importancia del contexto, partiendo para ello de una comparación del trabajo del arqueólogo con el del fiscalizador o auditor, para demostrar que el uso del contexto no es exclusivo del análisis histórico que formula el arqueólogo sino que se puede utilizar en cualquier otra rama profesional, especialmente en el área tributaria cuando se realizan procesos de investigación relacionados con la fiscalización de los tributos, el cumplimiento de las sus obligaciones y el entorno donde desarrollan sus actividades los contribuyentes.

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¿CUÁNDO SE CONFIGURA UN SERVICIO DIGITAL?

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¿CUÁNDO SE CONFIGURA UN SERVICIO DIGITAL?

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

Hoy en día la mayor cantidad de operaciones comerciales a nivel mundial utilizan por lo menos una computadora, su uso es necesario debido al elevado flujo e incremento exponencial que cada día apreciamos. Es por ello que frente a este complejo sistema de transacciones se requiere a su vez una plataforma de servicios que los soportes, parte de esa plataforma y mecánica operativa se da a través del uso de los servicios digitales.

El Internet y las Redes Privadas Virtuales (VPN por sus siglas en inglés) constituyen actualmente las verdaderas carreteras, por donde el comercio y las operaciones que derivan del mismo se ofrecen. Al ser transacciones que se ejecutan en muchos casos íntegramente por estas vías solo existe la huella del pago por parte del usuario de los servicios, el cual los cancela desde el Perú.

Desde hace algunos años el Perú ha considerado dentro de su normatividad del Impuesto a la Renta la afectación a los servicios digitales, al calificarlos como renta de fuente peruana. El motivo del presente informe es analizar los detalles de su afectación con la finalidad que el lector cuente con información suficiente para evitar alguna contingencia frente al fisco.

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EL AJUSTE AL IMPUESTO BRUTO Y AL CRÉDITO FISCAL EN EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

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EL AJUSTE AL IMPUESTO BRUTO Y AL CRÉDITO FISCAL EN EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

El término “ajuste” reúne diversos significados, prueba de ello lo observamos al realizar una consulta al Diccionario de la Real Academia Española – RAE en su versión digital, cuando precisa que el vocablo “ajuste” el cual significa: 1. m. Acción y efecto de ajustar o ajustarse. 2. m. Encaje o medida proporcionada que tienen las partes de que se compone algo 1.

Sin embargo, esta definición no nos otorga muchas luces, por lo que procederemos a verificar el significado del verbo “ajustar” en el mismo Diccionario. Allí se precisa que dicho verbo significa (Del lat. iustus, justo).1. tr. Hacer y poner algo de modo que case y venga justo con otra cosa. U. t. c. prnl. 2. tr. Conformar, acomodar algo a otra cosa, de suerte que no haya discrepancia entre ellas. U. t. en sent. fig.3. tr. Apretar algo de suerte que sus varias partes casen o vengan justo con otra cosa o entre sí. U. t. c. prnl. 4. tr. Arreglar, moderar. U. t. c. prnl. 5. tr. Concertar, capitular, concordar algo, como el casamiento, la paz, las diferencias o pleitos. 6. tr. Componer o reconciliar a los discordes o enemistados. 7. tr. Reconocer y liquidar el importe de una cuenta 2.

De las dos definiciones antes mostradas podemos inferir que cuando se menciona la palabra ajuste existe en cierto modo una especie de acomodo, algo relacionado con el balance de los elementos, como quiera que alguien busque realizar un cotejo que determine un orden. Siempre se requiere la existencia de dos piezas o elementos que deben ser comparados.

En materia tributaria, específicamente en el caso del Impuesto General a las Ventas se utiliza el ajuste en el crédito fiscal, por expresa indicación legal, como una especie de nivelación del uso del crédito fiscal, evitando de algún modo un uso indebido de crédito por parte de contribuyentes que se beneficiaron en la adquisición de bienes del activo fijo. Entonces, este mecanismo buscaría realizar una especie de nivelación entre dos elementos que son comparados, los cuales serían el IGV de la adquisición de un activo fijo y el IGV que se considera en su venta, lo cual será materia de análisis en el presente informe.

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FIESTAS PATRIAS, GRATIFICACIÓN, MAYOR LIQUIDEZ Y PAGO DE DEUDAS

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FIESTAS PATRIAS, GRATIFICACIÓN, MAYOR LIQUIDEZ Y PAGO DE DEUDAS

MARIO ALVA MATTEUCCI

Dentro de unos días los empleadores deberán realizar el depósito de las gratificaciones a los trabajadores dependientes que laboran para ellos, con lo cual éstos deben realizar los cálculos respectivos acerca de los días laborados, el tiempo proporcional de prestación de servicios en lo que corresponde al primer semestre del año, la fuente de financiamiento para realizar el pago respectivo, entre otros temas.

Por parte de los trabajadores, se observa que algunos de ellos ya tienen comprometido el ingreso que percibirán por concepto de gratificaciones, ya sea por haber celebrado con anticipación un contrato de crédito hipotecario para la adquisición de una vivienda, un contrato para la adquisición de una unidad vehicular, o un préstamo personal. Otro grupo de trabajadores aprovecharán que contarán con mayor liquidez para realizar adquisiciones de bienes que requieren en su vivienda, realizarán viajes con la familia o destinarán parte del dinero en actividades recreativas.

Existirán también trabajadores que procurarán realizar la cancelación de sus deudas contraídas, ya sean de carácter personal o a través del sistema financiero nacional, sobre todo en el caso de la utilización de las tarjetas de crédito, las cuales se convierten a veces en deudas realmente impagables, sobre todo con aquella opción que los bancos y financieras consignan como el denominado “pago mínimo” , toda vez que el capital impago de las deudas se refinancian hasta en 36, 48 y 60 meses, generando nuevos intereses.

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