Archivo por meses: noviembre 2018

¿CUÁLES SON LAS IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DE UN CONTRATO DE JOINT VENTURE?

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¿CUÁLES SON LAS IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DE UN CONTRATO DE JOINT VENTURE? 

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

Existen casos en los cuales los generadores de rentas empresariales tienen la intención de realizar un negocio, sin necesidad de constituir o crear una empresa, sino solo efectuar la unión de esfuerzos, recursos y experiencia para llevar a cabo un negocio, en el cual podrán obtener ganancias al igual que asumir los riesgos y soportar una pérdida. Lo antes señalado es una breve descripción de una forma contractual denominada joint venture, la cual será analizada en el presente informe, enfocándonos en el aspecto impositivo, tanto el en Impuesto a la Renta como con respecto al Impuesto General a las Ventas.

PALABRAS CLAVE

Riesgo compartido / contabilidad independiente / inversión / negocios / gestión / aporte / contrato asociativo

  1. INTRODUCCIÓN

Dentro de la libertad contractual que los generadores de rentas empresariales tienen, estos pueden optar por reunirse para constituir una nueva empresa o también asociarse sin necesidad de la creación de ésta. En este último supuesto, las partes contratantes procuran llevar adelante un negocio, sin perder independencia de sus otras labores, en el que realizarán inversiones para obtener posteriormente ganancias al igual que asumir el riesgo, en caso existan pérdidas. Lo antes mencionado alude al contrato de Joint Venture, el cual será tratado en el presente informe, procurando revisar su tratamiento tributario con respecto al Impuesto a la Renta, al igual que el Impuesto General a las Ventas. Sigue leyendo

DEDUCCION ADICIONAL DE GASTOS EN LAS RENTAS DE 4ta Y 5ta CATEGORIA: Algunos cambios

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DEDUCCION ADICIONAL DE GASTOS EN LAS RENTAS DE 4ta Y 5ta CATEGORIA: Algunos cambios

MARIO ALVA MATTEUCCI

El sábado 3 de noviembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Supremo N° 248-2018-EF, por medio del cual se modificó el texto del artículo 26-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.

El cambio constituye una adecuación normativa, producto de las reformas que se dieron por la publicación del Decreto Legislativo N° 1381, que realizó modificaciones al artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta.

Una de las modificaciones más resaltantes que trae consigo la aprobación del Decreto Supremo N° 248-2018-EF es que se cambia el texto del artículo 26-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, considerándose en el  literal b) de dicha norma que las profesiones, artes, ciencias, oficios y actividades que dan derecho a la deducción establecida en el inciso d) del segundo párrafo del artículo 46° de la Ley del Impuesto a la Renta, son todas las comprendidas en dicho inciso. Con este cambio, se deja de lado los límites señalados a través del Decreto Supremo N° 399-2016-EF, el cual aprobó el listado de profesiones y oficios que darán derecho a deducción indicada en el inciso d) del segundo párrafo del artículo 46° de la Ley del Impuesto a la Renta. Dicha lista limitaba únicamente dicha deducción a solo trece actividades. Sigue leyendo

PRORROGAN EN DETERMINADO CASO EL PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA “REPORTE PAÍS POR PAÍS” CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2017

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PRORROGAN EN DETERMINADO CASO EL PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA “REPORTE PAÍS POR PAÍS” CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2017

MARIO ALVA MATTEUCCI

En aplicación de lo señalado por el artículo único de la Resolución de Superintendencia N° 264-2018/SUNAT, se ha determinado la prórroga en determinado caso del plazo para la presentación de la declaración jurada informativa “Reporte País por País” correspondiente al ejercicio 2017.

El artículo único indica lo siguiente:

Prorrógase el plazo establecido en la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia Nº 163-2018/SUNAT para los contribuyentes domiciliados en el país, integrantes de un grupo multinacional cuya matriz es no domiciliada. La prórroga antes referida solo resulta de aplicación a aquellos contribuyentes comprendidos exclusivamente en el numeral 2 del inciso b) del artículo 116 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, quienes presentarán la declaración jurada informativa Reporte País por País correspondiente al ejercicio 2017, según el siguiente cronograma:

ULTIMO DÍGITO DE RUC

FECHA DE VENCIMIENTO

0

14 de marzo de 2019

1

15 de marzo de 2019

2 y 3

18 de marzo de 2019

4 y 5

19 de marzo de 2019

6 y 7

20 de marzo de 2019

8 y 9

21 de marzo de 2019

Buenos contribuyentes

22 de marzo de 2019

Fuente:
Resolución de Superintendencia Nº 264-2018/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano el domingo 11 de noviembre de 2018.

PRIMER CONGRESO INTERNACIONAL EN TRIBUTACIÓN 2018

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PRIMER CONGRESO INTERNACIONAL EN TRIBUTACIÓN 2018

Lima jueves 15 y viernes 16 de noviembre de 2018

PONENTES:

EXPOSITORES INTERNACIONALES (BRASIL):

  1. Dr. Robson Maia (Brasil). Autor del libro “La Mora en el Derecho Tributario”. Socio del Estudio Barros Carvalho Advogados. Magíster y Doctor en Derecho Público por la Pontificia Universidad Católica de São Paulo (PUC-SP). Profesor de Derecho Tributario de la PUC/SP (Graduación, Especialización, Maestría y Doctorado) y en los Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto Brasileño de Estudios Tributarios (IBET);
  2. Dr. Paulo Caliendo (Brasil). Autor del libro “Derecho Tributario y Análisis Económico del Derecho”. Doctor en Derecho Tributario por la PUC/SP y Profesor Titular en la PUC/RS;
  3. Dr. Jonathan Barros (Brasil). Autor del libro “Derecho Internacional y Derecho Tributario”. Magíster y Doctor en Derecho Tributario por la PUC/SP.

*Moderador y traductor: Juan Carlos Panez Solórzano, egresado de la UNMSM, especialista en derecho tributario por el IBET (Instituto Brasileño de Derecho Tributario – Sao Paulo). Traductor de más de 50 libros publicados en Perú, Chile, Colombia y México.

EXPOSITORES NACIONALES (PERÚ):

  1. Dr. Luis Hernández Berenguel
  2. Dra.Roxana Terrones López
  3. Dr. Jorge Bravo Cucci
  4. Dr. Miguel Mur Valdivia
  5. Dr. Jorge Picón Gonzales
  6. Dr. Michael Zavaleta
  7. Dr. Javier Luque
  8. Dr. Gamba Valega
  9. Dr. Mario Alva Matteucci
  10. Dr. Luis Durán Rojo
  11. Dr. Walker Villanueva
  12. Dr. Alan Emilio Matos Barzola

TEMARIO:
– Cláusula antielusiva general en el ordenamiento peruano y una aproximación al concepto de “Planificación fiscal agresiva”

– Las exoneraciones tributarias ¿ya cumplieron su fin?

– Tratamiento tributario de la enajenación indirecta de acciones

– El principio del devengado en nuestra legislación del Impuesto a la Renta

– La responsabilidad solidaria de los representantes legales vinculados con la elusión tributaria

– El Impuesto Selectivo al Consumo: Nuevas perspectivas

– Reforma tributaria 2018 y su impacto en las estructuras financieras

– La discrecionalidad de la Administración Tributaria y las nuevas tendencias en el Procedimiento de Fiscalización
– Las reglas de valor de mercado en la venta de bienes y servicios

– La mora en el Derecho Tributario

– Norma antielusiva y fiscalización tributaria: La experiencia brasileña

– Los principios constitucionales tributarios

– Las reglas de valor de mercado y precios de transferencia

– El Impuesto Selectivo al Consumo. Aciertos y desaciertos de su modificación

Para más informes y detalles de inscripción ingrese aquí:

https://www.facebook.com/events/1125416320956331/?active_tab=about

SEMINARIO EN LIMA: Impuesto a la Renta 2018 Gastos deducibles y principales reparos tributarios

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SEMINARIO EN LIMA: Impuesto a la Renta 2018 – Gastos deducibles y principales reparos tributarios

Martes 13 y miércoles 14 de noviembre de 2018

Temario

Seminario de Actualización Profesional

Impuesto a la Renta 2018

Gastos deducibles y principales reparos tributarios

Fecha: Martes 13 de Noviembrede 2018

Expositor: CPC Fernando Effio Pereda

  1. Aspectos Generales:
  • Costo computable.
  • Requisitos para la deducibilidad del gasto para los efectos del Impuesto a la Renta:
    • Devengo contable y tributario.
    • Comprobantes de pago electrónico.
    • Bancarización: Medios de Pago.
    • Sistemas de Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.
    • Determinación de la Renta Neta Anual.
    • Casos prácticos.
    • Informes SUNAT y Jurisprudencia.
  1. Principales Gastos Deducibles:
  • Los intereses.
  • Los tributos.
  • Las primas de seguro.
  • Las pérdidas extraordinarias.
  • Las depreciaciones de los bienes del activo fijo (desgasto u obsolescencia), mermas y desmedro de existencias.
  • Provisiones y castigos de deudas incobrables.
  • Provisiones para beneficios sociales.
  • Los aguinaldos, bonificaciones, gratificaciones y retribuciones que se acuerden al personal (no es sorteo).
  • Gastos y contribuciones destinados a prestar al personal servicios de salud, recreativos, culturales y educativos. Régimen de Gasto de Capacitación.
  • Dietas al directorio.
  • Remuneración a accionistas y parientes.
  • Las regalías.
  • Gastos de representación.
  • Gastos de viaje (al interior y al exterior del país).
  • Arrendamientos.
  • Premios.
  • Pagos por rentas de segunda, cuarta y quinta categoría para su perceptor:
  • Gastos de vehículos automotores.
  • Donaciones.
  • Gasto de movilidad.
  • Casos prácticos.
  • Informes SUNAT y Jurisprudencia.

Fecha: Miércoles 14 de Noviembre de 2018

Expositor: Mario Alva Matteucci

3. Gastos Prohibidos

  • Los gastos personales.
  • Impuesto a la Renta.
  • Las multas, recargos e intereses moratorios.
  • Las donaciones y actos de liberalidad.
  • El IGV, el IPM y el ISC que graven el retiro de bienes.
  • Revaluaciones voluntarias de los activos.
  • Gastos provenientes de paraísos fiscales.
  • Casos prácticos.
  • Informes SUNAT y Jurisprudencia.
  1. Régimen de los Dividendos:
  • Dividendos aplicables para las utilidades: tasas.
  • Distribución indirecta de rentas.
  • Casos prácticos.
  • Informes SUNAT y Jurisprudencia.
  1. Sistemas de compensación de pérdidas tributarias:
  • Sistemas de compensación de pérdidas tributarias.
  • Determinación del resultado tributario: Renta neta o Pérdida tributaria.
  • Pérdida imponible y créditos fiscales.
  • Casos prácticos.
  • Informes SUNAT y Jurisprudencia.

Más información e inscripciones ingrese aquí: http://aempresarial.com/boletin/AE_2018-10-18CEPAlima_13y14nov.html 

 

APRUEBAN VALORES UNITARIOS OFICIALES DE EDIFICACION PARA LAS LOCALIDADES DE LIMA METROPOLITANA Y LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, LA COSTA, SIERRA Y SELVA, VIGENTES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

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APRUEBAN VALORES UNITARIOS OFICIALES DE EDIFICACION PARA LAS LOCALIDADES DE LIMA METROPOLITANA Y LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, LA COSTA, SIERRA Y SELVA, VIGENTES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

MARIO ALVA MATTEUCCI

Mediante la Resolución Ministerial N° 370-2018-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano el martes 30 de octubre de 2018, se aprueban los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para las localidades de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra y Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2019.

Lo antes señalado se aprecia en el texto del artículo 1° de la citada Resolución y que forma parte del Anexo I de la misma.

Del mismo modo, el texto del artículo 2° de la Resolución materia de comentario aprobó el Instructivo para la Determinación de la Base Imponible de Obras complementarias, Instalaciones Fijas y Permanentes y Edificaciones con características, Usos Especiales o Sistemas Constructivos no Convencionales para el cálculo del Impuesto Predial, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2019. Ello se encuentra en el Anexo II de la presente Resolución.

Si desea consultar el texto completo de la Resolución Ministerial N° 370-2018-VIVIENDA ingrese aquí: VALORES UNITARIOS OFICIALES DE EDIFICACION 2019

¿CUÁLES SON LAS IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DEL CONTRATO DE DESCUENTO BANCARIO?

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¿CUÁLES SON LAS IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DEL CONTRATO DE DESCUENTO BANCARIO?

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN
El contrato de descuento bancario permite a muchas empresas contar con la liquidez necesaria a cambio del endoso de un instrumento de contenido crediticio, a favor de una institución bancaria y/o financiera. Resulta interesante revisar su operatividad, así como su tratamiento impositivo, sobre todo con el impuesto a la renta al igual que con el impuesto general a las ventas.

Palabras clave:

descuento bancario / descontante / descontado / librador / título valor / letra de cambio / factura negociable

ABSTRACT
The bank discount contract allows many companies to have the necessary liquidity in exchange for the endorsement of a credit content instrument, in favor of a banking and / or financial institution. It is interesting to review its operation, as well as its tax treatment, especially with the income tax as well as the general sales tax.

Keywords:

bank discount / discounted / discounted / drawer / security
/ bill of exchange / negotiable invoice

Title: What are the tax implications of the bank discount contract?

PUEDE DESCARGAR EL INFORME INGRESANDO AQUÍ: Informe Mario Alva Matteucci – descuento

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA ADQUIRIR LA CALIDAD DE EMISOR ELECTRÓNICO POR DETERMINACIÓN: Hasta el 01.03.2019

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AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA ADQUIRIR LA CALIDAD DE EMISOR ELECTRÓNICO POR DETERMINACIÓN: Hasta el 01.03.2019

MARIO ALVA MATTEUCCI

Según la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 340-2017/SUNAT, se determinó la obligatoriedad de emisión electrónica para aquellos sujetos que obtuvieron la calidad de emisor electrónico hasta el 31.12.2017.

Allí se indicó que, el sujeto que adquiera la calidad de emisor electrónico por elección en el Sistema de Emisión Electrónica hasta el 31.12.2017 podrá emitir los comprobantes de pago, las notas de débito y/o las notas de crédito en formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas o los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, cuando corresponda, hasta el 31.10.2018.

También se precisó que a partir del 01.11.2018 el sujeto adquiere la calidad de emisor electrónico por determinación de la SUNAT de facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas, notas de crédito electrónicas y notas de débito electrónicas. Sigue leyendo