Archivo por meses: agosto 2011

LA PRESENTACIÓN DEL GABINETE MINISTERIAL EN EL CONGRESO: Un paso para generar confianza

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LA PRESENTACIÓN DEL GABINETE MINISTERIAL EN EL CONGRESO: Un paso para generar confianza

MARIO ALVA MATTEUCCI

El pasado jueves 25 de agosto de 2011 se presentó ante el Congreso de la República el Gabinete Ministerial en pleno presidido por Salomón Lerner Gritis, con la finalidad de dar a conocer al Congreso y a todo el país la Política General del Gobierno, en cumplimiento de lo dispuesto por el texto del artículo 130° de la Constitución Política del Perú de 1993.

Como se recuerda, el texto del artículo 130 menciona que dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo de Ministros concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Plantea al efecto cuestión de confianza.

En esa fecha, de 123 congresistas que asistieron, 90 votaron a favor de la cuestión de confianza y hubo 33 abstenciones.

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¿ESTÁN AFECTOS AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL LOS PREDIOS DE PROPIEDAD DE LAS REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS?

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¿ESTÁN AFECTOS AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL LOS PREDIOS DE PROPIEDAD DE LAS REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS?

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

La manera en la cual un país o Estado tiene presencia en otro es a través de las representaciones diplomáticas, ya sea a nivel de embajador, cónsul, agregado comercial, entre otros niveles.

En muchos casos las representaciones diplomáticas tienen una función de apoyo a los connacionales del Estado al cual representan, otras determinan un mecanismo de presencia comercial, otras de intercambio cultural, científico, económico y es una señal que determina las buenas relaciones entre los Estados.

Las representaciones diplomáticas ocupan normalmente un espacio territorial donde se encuentran las oficinas consulares y la residencia del embajador o del funcionario que representa al país, por lo que al existir un predio se debe determinar si el mismo estaría o no afecto al pago de los tributos que gravan la propiedad de los predios, que en el caso del Perú se denomina “Impuesto Predial”. El presente informe pretende analizar si existe o no afectación al pago del referido tributo en el Perú a cargo de las representaciones diplomáticas, respecto de los locales de su propiedad que destina para tal finalidad.

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¿PORQUÉ ES IMPORTANTE QUE SE INCREMENTE LA PRESIÓN TRIBUTARIA?

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¿PORQUÉ ES IMPORTANTE QUE SE INCREMENTE LA PRESIÓN TRIBUTARIA?

MARIO ALVA MATTEUCCI

En los últimos días se ha hecho mención en los diversos medios periodísticos de la necesidad de poder elevar la presión tributaria, ello con la finalidad que el Estado cuente con mayores recursos que le permitan cumplir a cabalidad las necesidades públicas y pueda ejecutar los proyectos económicos, inversiones y búsqueda del desarrollo con inclusión social que se ha mencionado en meses anteriores.

Pero ¿en qué consiste la presión tributaria?. Como respuesta podemos mencionar que es la relación existente entre la exacción fiscal soportada por una persona física, un grupo de personas o una colectividad territorial, y la renta de que dispone esa persona, grupo o colectividad. En la medida que esta sea más elevada el fisco tendrá mayores recursos y si la misma en ínfima, simplemente las arcas fiscales estarán en déficit.

La pregunta que viene a continuación es ¿cómo elevar la presión tributaria?. Las respuestas a esta interrogante en realidad ya son conocidas y determinan una serie de actividades que deben desarrollarse de manera conjunta.

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¿UNA MESA DE PARTES PUEDE CONDICIONAR LA ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL PAGO DE TRIBUTOS QUE SE ADEUDEN?

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¿UNA MESA DE PARTES PUEDE CONDICIONAR LA ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL PAGO DE TRIBUTOS QUE SE ADEUDEN?

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

Comúnmente se le conoce como “Mesa de Partes” pero en realidad ésta constituye la denominada “Unidad de Recepción Documental” y calificaría como el punto de inicio de atención al cliente en muchas entidades. En el tema tributario el equivalente a cliente sería el contribuyente.

Esta unidad dentro de una organización se encuentra siempre ubicada en la recepción de las oficinas y tiene por finalidad la recepción de documentos que son presentados a la entidad de la cual depende y en el caso de la Administración Pública depende orgánicamente de la Oficina de Trámite Documentario o sus equivalentes de acuerdo a la propia forma de organización de la entidad.

La Mesa de Partes tiene como objetivo principal ser el centro a través del cual se canaliza la recepción de documentos, quejas y/o sugerencias presentadas por los administrados; e incluso, para recibir el pago de un servicio determinado o derivado del cumplimiento de una obligación a cargo del ciudadano. También la mesa de partes puede recibir el pago de un servicio determinado o derivado del cumplimiento de una obligación a cargo del ciudadano.

Cabe indicar que los encargados que atienden a los administrados deberían estar preparados para poder brindar la atención necesaria en lo relacionado con la presentación de la documentación que se dirige a la entidad, siendo indispensable que conozcan los requisitos exigidos, los plazos que deben cumplirse para determinar la admisibilidad o no de los expedientes, entre otros hechos.

Lo que no puede realizar el funcionario que labora en la mesa de partes de una institución tributaria, es condicionar la entrega de la documentación a una previa calificación, a efectos de negar o diferir su admisión.

El objeto del presente informe es analizar si realmente se deben aceptar los expedientes presentados por el contribuyente ante una Administración Tributaria, aún cuando les falte el cumplimiento de algún requisito o el funcionario que labora en la mesa de partes tiene la potestad de rechazar la admisibilidad de los expedientes presentados.

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¿CONOCE USTED QUIENES ESTÁN OBLIGADOS Y EXCEPTUADOS DE LA OBLIGACIÓN DE EMITIR COMPROBANTES DE PAGO?

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¿CONOCE USTED QUIENES ESTÁN OBLIGADOS Y EXCEPTUADOS DE LA OBLIGACIÓN DE EMITIR COMPROBANTES DE PAGO?

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el texto del artículo 1° de la Ley de Comprobantes de Pago, la cual fuera aprobada por el Decreto Ley Nº 25632 (1), se encuentran obligados a emitir comprobantes de pago todas las personas que transfieran bienes en propiedad o en uso, o presten servicios de cualquier naturaleza. Inclusive se menciona que esta obligación rige aún en el caso que se presente un supuesto en el que la transferencia o prestación de servicios no se encuentre afecta a tributos.Su exigencia resulta necesaria para efectos que se acrediten las operaciones.

Conforme lo establece el artículo 1 del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT y normas modificatorias, el Comprobante de Pago es un documento que acredita la transferencia de los bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios.

El motivo del presente informe es poder identificar los supuestos en los cuales se deba emitir de manera obligatoria los comprobantes de pago. De igual modo se analizarán los supuestos en los cuales se excluya de la obligación de emitirlos.

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LA REGULACIÓN DE LA SANCIÓN DE COMISO EN EL ARTÍCULO 184º DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

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LA REGULACIÓN DE LA SANCIÓN DE COMISO EN EL ARTÍCULO 184º DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

El comiso constituye una de las formas de sanciones no pecuniarias establecidas en el Código Tributario y consiste en la pérdida de la posesión de un determinado bien como pena accesoria a la comisión de una infracción previamente tipificada.

El comiso es una sanción que tiene efectos económicos ya que se priva al sujeto que ha cometido la infracción de un bien que le es útil en su proceso productivo, también tiene un efecto psicológico al generar en la persona que sufre esta sanción una sensación de carencia y angustia.

El presente informe pretende revisar la regulación de la sanción de comiso en el texto del artículo 184º del Código Tributario.

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¿QUE NOS DEJÓ EL MENSAJE PRESIDENCIAL DEL 28 DE JULIO?

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¿QUE NOS DEJÓ EL MENSAJE PRESIDENCIAL DEL 28 DE JULIO?

MARIO ALVA MATTEUCCI

El primer mensaje a la nación pronunciado por el presidente Ollanta Humala el pasado 28 de julio fue sencillo, preciso, de alcances generales y corto en su extensión, ello en comparación con otros discursos pronunciados en años anteriores.

Se dio inicio con algunas alusiones a la patria, a algunos pensadores peruanos como José Carlos Mariátegui, Víctor Raúl Haya de la Torre, Víctor Andrés Belaunde y Jorge Basadre, de quienes el presidente tomó algunas frases que insertó en su discurso, ello para concretar la idea de patria y de país, procurando establecer un modelo propio y no realizar una copia de algún modelo foráneo.

En términos económicos el mensaje del presidente resaltó el papel del Estado como promotor no sólo del crecimiento como se ha indicado en los últimos años, sino también del progreso social.

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