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¿POR QUÉ SE FISCALIZAN LAS OPERACIONES TRANSFRONTERIZAS?

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¿POR QUÉ SE FISCALIZAN LAS OPERACIONES TRANSFRONTERIZAS?

MARIO ALVA MATTEUCCI

 RESUMEN

La SUNAT desde hace algún tiempo realiza el intercambio de información con otros organismos administradores de tributos de varios Estados. Ello se debe a la suscripción de acuerdos y tratados que permiten la asistencia mutua en el intercambio de información. El Perú ya ha efectuado modificaciones a su legislación tributaria, permitiendo un intercambio de información, acorde con los estándares y parámetros señalados por la OCDE a nivel internacional. Así, la información que obtiene de los contribuyentes por medio del reporte local, reporte maestro, reporte país por país y la declaración del beneficiario final, puede ser materia de intercambio para descubrir inversiones, transferencias de dineros, dividendos, ganancias de capital, servicios intragrupo, además de los beneficiarios que perciben las ganancias y tienen el control de los negocios. Ello forma parte de los procesos de revisión de las operaciones transfronterizas.

Palabras clave: operaciones transfronterizas / préstamos / transferencias de dinero / paraísos fiscales / baja imposición / reporte local / beneficiario final

ABSTRACT

For some time now, Sunat has been exchanging information with other tax administration agencies of several countries. This is due to the subscription of agreements and treaties that allow mutual assistance in the exchange of information. Peru has already made changes to its tax legislation, allowing an exchange of information in accordance with the standards and parameters set by the OECD at the international level. Thus, the information obtained from taxpayers through local reporting, master reporting, country-by-country reporting and the declaration of the beneficial owner, can be exchanged to discover investments, money transfers, dividends, capital gains, intra-group services, as well as the beneficiaries who receive the profits and have control of the business. This is part of the review process of cross-border transactions.

KEYWORDS

cross-border transactions / loans / money transfers / tax havens / low taxation / local reporting / beneficial owner / beneficial ownership

TITLE: Why are Cross-Border Transactions Audited?

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BENEFICIARIO FINAL: PRINCIPALES INFRACCIONES Y SANCIONES

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BENEFICIARIO FINAL: PRINCIPALES INFRACCIONES Y SANCIONES

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

The Declaration of the Final Beneficiary constitutes an affidavit of an informative type and must be presented by legal persons as well as legal entities, in accordance with the schedule established by SUNAT.

Failure to comply with this obligation entails the commission of an infraction that is sanctioned with a fine. There are several infractions related to this issue, which will be developed in this report, referring to the application of the discretion that SUNAT has in the gradualness of the sanctions and if it reaches all or only some linked to the Declaration of the Final beneficiary.

KEYWORDS: final beneficiary / omission of declaration / incomplete declaration / keeping information / informative declaration / gradualness

TITLE: Final beneficiary: main infractions and sanctions

RESUMEN

La Declaración del Beneficiario Final constituye una declaración jurada de tipo informativo y debe ser presentada por las personas jurídicas al igual que los entes jurídicos, de acuerdo con el cronograma establecido por la SUNAT. El incumplimiento de esta obligación acarrea la comisión de una infracción que se sanciona con multa.

Existen varias infracciones ligadas a este tema, las cuales serán desarrolladas en el presente informe, haciendo referencia la aplicación de la discrecionalidad que la SUNAT tiene en la gradualidad de las sanciones y si la misma alcanza a todas o solo a algunas vinculadas con la Declaración del Beneficiario Final.

PALABRAS CLAVE: beneficiario final / omisión de declaración / declaración incompleta / conservar información / declaración informativa / gradualidad

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PANDORA PAPERS: ¿Qué implicancias tributarias se pueden presentar?

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PANDORA PAPERS: ¿Qué implicancias tributarias se pueden presentar?

MARIO ALVA MATTEUCCI

TITLE: Pandora papers: what tax implications can be presented?

ABSTRACT

As in previous opportunities, the International Consortium of Investigative Journalists (ICIJ) has revealed a large number of documents related to investments; concealment of assets; use of offshore companies; transfers of funds to territories  with low or no taxation by politicians, singers, writers, heads of state, among others. This has generated various opinions related to tax avoidance, the use and abuse of plans whose main purpose is to reduce or cancel the tax burden that would correspond to apply in the jurisdiction where they are domiciled or the income was generated.

The reason for this report is to analyze the tax implications that may arise if an investment is chosen in a territory with low or no taxation.

KEYWORDS: tax avoidance / tax evasion / money laundering / tax havens / opacity / transparency

RESUMEN

Como en anteriores oportunidades, el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) ha revelado una gran cantidad de documentos relacionados con inversiones; ocultamiento de patrimonios; uso de empresas offshores; transferencias de fondos a territorios de baja o nula imposición por parte de políticos, cantantes, escritores, jefes de Estado, entre otros. Ello ha generado diversas opiniones relacionadas con la elusión tributaria, el uso y abuso de planeamientos que tienen como principal finalidad reducir o anular la carga tributaria que correspondería aplicar en la jurisdicción donde se encuentran domiciliados o se generó la renta.

El motivo del presente informe es analizar las implicancias tributarias que se pueden presentar si se opta por una inversión en un territorio de baja o nula imposición.

Palabras clave: elusión tributaria / evasión tributaria / lavado de activos / paraísos fiscales / opacidad / transparencia

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: PANDORA PAPERS – QUE IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS SE PUEDEN PRESENTAR

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IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR: ¿SERÁN RECONOCIDOS EN EL PERÚ?

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IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR: ¿SERÁN RECONOCIDOS EN EL PERÚ?

MARIO ALVA MATTEUCCI

TITLE: Taxes paid abroad: will they be recognized in Peru?

ABSTRACT

If a subject domiciled in Peru generates income abroad, this must be considered as income and incorporated for tax purposes in the income tax that corresponds to declare in Peru. However, if said income alreadyhad the tax effect in the country or territory where it was generated, it will correspond to recognize said payment as an applicable credit against income tax in Peru, but up to the limit of the so-called average rate, which is consigned in article 88 of the Income Tax Law.

KEYWORDS:

average rate / taxes abroad / foreign income / double taxation/ tax impact / tax recognition

RESUMEN

Si sujeto domiciliado en el Perú genera una renta en el exterior, esta debe considerarse como ingreso e incorporarla para efectos tributa-rios en el impuesto a la renta que le corresponda declarar en el Perú. Sin embargo, si dicho ingreso ya tuvo la afectación tributaria en el país o territorio donde se generó el mismo, corresponderá reconocer dicho pago como un crédito aplicable contra el impuesto a la renta en el Perú, pero hasta el límite de la denominada tasa media, la cual está consignada en el artículo 88 de la Ley del Impuesto a la Renta.

PALABRAS CLAVE: tasa media / impuestos en el exterior / renta extranjera / doble imposición / afectación tributaria / reconocimiento de impuestos

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR -TASA MEDIA DEL IMPUESTO A LA RENTA

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EL DECRETO SUPREMO N° 009-2021-EF EFECTUA CAMBIOS AL REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA INFORMACIÓN FINANCIERA QUE LOS BANCOS DEBEN SUMINISTRAR A LA SUNAT PARA COMBATIR LA EVASIÓN Y ELUSIÓN TRIBUTARIA

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EL DECRETO SUPREMO N° 009-2021-EF EFECTUA CAMBIOS AL REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA INFORMACIÓN FINANCIERA QUE LOS BANCOS DEBEN SUMINISTRAR A LA SUNAT PARA COMBATIR LA EVASIÓN Y ELUSIÓN TRIBUTARIA

MARIO ALVA MATTEUCCI

El martes 26 de enero de 2021 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 009-2021-EF, por medio del cual se han efectuado modificaciones al Reglamento que establece la información financiera que las empresas del sistema financiero deben suministrar a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributarias aprobado por el Decreto Supremo N° 430-2020-EF.

Entre los cambios más importantes que se pueden mencionar son los siguientes:

  1. Período a informar sigue siendo mensual solo que la declaración informativa que las instituciones obligadas a enviar información a la SUNAT lo realizarán de manera semestral. Ello implica que se presentarán dos declaraciones en el año calendario, una por cada semestre.

Antes de la modificatoria se indicaba que la declaración informativa era mensual.

  1. Monto del saldo de las cuentas que serán materia de información debe ser igual o superior a las Siete Unidades Impositivas Tributarias – 7 UIT, correspondientes al ejercicio al cual pertenece el periodo a informar. En el caso del año 2021, las 7 UIT equivalen a S/ 30,800 tomando en cuenta que la UIT es S/ 4,400[1].

Antes de la presente modificatoria el saldo de las cuentas debía ser igual o mayor a los S/ 10,000

  1. Se ha incorporado el artículo 8° al Reglamento, señalando la confidencialidad y seguridad de la información.

Dicho artículo tiene el siguiente texto:

“La información obtenida por la SUNAT en virtud del presente Reglamento es tratada bajo las reglas de confidencialidad y de seguridad informática exigidas por los estándares y recomendaciones internacionales referidos al intercambio automático de información financiera emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”.

Si desea revisar el texto completo de esta norma debe ingresar aquí:D.S. 009-2021-EF

NOTA:

Con fecha anterior elaboramos un informe sobre el contenido del Reglamento que establece la información financiera que las empresas del sistema financiero deben suministrar a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributarias aprobado por el Decreto Supremo N° 430-2020-EF, el cual debe ser consultado tomando en consideración la presente modificatoria. Si desea revisarlo puede ingresar a la siguiente dirección web: http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/2021/01/14/informacion-financiera-que-los-bancos-deben-suministrar-a-la-sunat-para-combatir-la-evasion-y-elusion-tributaria/

[1] La UIT del año 2021 fue aprobada por el Decreto Supremo N° 392-2020-EF, publicada en el Diario Oficial El Peruano el martes 15 de diciembre de 2020.

CAMBIO DE CONDICIÓN DE NO DOMICILIADO A DOMICILIADO (Y VICEVERSA) DE SUJETOS PRESTADORES DE SERVICIOS: PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN

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CAMBIO DE CONDICIÓN DE NO DOMICILIADO A DOMICILIADO (Y VICEVERSA) DE SUJETOS PRESTADORES DE SERVICIOS: PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

As a result of the health emergency caused by COVID-19, the Peruvian government has so far kept the borders closed in Peru. This has resulted in the fact that many natural persons who were in Peruvian territory, whether as tourists, workers, businessmen, temporary transit, among other reasons, have not been able to leave the country; The same may have happened with people domiciled in Peru who, leaving before the border closes, have not yet been able to return to Peru. In both situations, it is possible that some natural persons have lost the status of domiciled, as well as that they have acquired the status of domiciled in another territory, which may have tax consequences.

KEYWORDS: domiciled / not domiciled / foreigner / residence / border closure / health emergency

TITLE: Change of status from non-domiciled to domiciled (and vice versa) of service providers: problems that arise

RESUMEN

A raíz de la emergencia sanitaria producto del COVID-19, el Gobierno peruano hasta el momento ha mantenido cerradas las fronteras en el Perú. Ello ha traído como consecuencia que muchas personas naturales que se encontraban en el territorio peruano, ya sea como turistas, trabajadores, empresarios, de tránsito momentáneo, entre otros motivos, no hayan podido salir del país; lo mismo puede haber sucedido con personas domiciliadas en el Perú que, al salir antes del cierre de las fronteras, no han podido retornar aún al Perú. En ambas situaciones, es posible que algunas personas naturales hayan perdido la condición de domiciliadas, como también que hayan adquirido la condición de domiciliadas en otro territorio, lo cual puede tener consecuencias impositivas.

PALABRAS CLAVE: domiciliado / no domiciliado / extranjero / residencia / cierre de frontera / emergencia sanitaria

Si desea revisar el texto completo del informe debe ingresar aquí:INFORME NO DOMICILIADO

¿SE DEBE AFECTAR TRIBUTARIAMENTE A LA ECONOMÍA DIGITAL?

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¿SE DEBE AFECTAR TRIBUTARIAMENTE A LA ECONOMÍA DIGITAL?

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT 

With the permanent advancement of technology and the search for new business opportunities, several digital platforms have appeared in recent years, through which non-domiciled companies provide various services to third parties, without the need for physical presence in the territories. It is a manifestation of what is called the digital economy, which competes with local service providers, even without tax involvement, which has ignited the alarms of local tax administrations that seek to affect such services fiscally.

KEYWORDS

digital economy / disruptive technology / non-domiciled company / digital services / digital platform / business opportunities

TITLE

Should the digital economy be taxed?

RESUMEN

Con el avance permanente de la tecnología y la búsqueda de nuevas oportunidades de negocios, han aparecido en los últimos años, diversas plataformas digitales, a través de las cuales empresas no domiciliadas prestan diversos servicios a terceros, sin necesidad de presencia física en los territorios. Ello es una manifestación de lo que se denomina economía digital, la cual compite con prestadores de servicios locales, inclusive sin afectación tributaria, lo cual ha encendido las alarmas de las administraciones tributarias locales que buscan afectar fiscalmente dichos servicios.

PALABRAS CLAVE

Economía digital / tecnología disruptiva / empresa no domiciliada / servicios digitales / plataforma digital / oportunidades de negocios Sigue leyendo

¿QUÉ CRITERIOS SE UTILIZAN PARA AFECTAR TRIBUTARIAMENTE A LOS NÓMADAS DIGITALES?

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¿QUÉ CRITERIOS SE UTILIZAN PARA AFECTAR TRIBUTARIAMENTE A LOS NÓMADAS DIGITALES?

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

Know new places, customs, people, countries; living a longer time abroad, and continuing to work, are perhaps one the solgans that people who are called “digital nomads” have. That independence allows thern to realize many of their dreams while still working, taking advantage of internet connectivity, wich eliminates and shortens distances.

The income they generate from their work allows thern to cover their travel and living costs, there are somer problems when they seek to determine their tax impact, and specially the competition of the jurisdictions where they must comply with the payment of the their taxes.

KEYWORDS

digital nomad / self-employed worker / income / independent work / connectivity / tax impact

TITLE

What criteria are used to taxally affect digital nomads?

RESUMEN

Conocer nuevos lugares, costumbres, personas, países, vivir un tiempo mayor en el exterior y seguir trabajado, es quizás una de las consignas que tienen las personas a las que se les denomina “nómadas digitales”. Esa independencia les permite realizar muchos de sus sueños sin dejar de trabajar, aprovechando la conectividad por internet, la cual elimina y acorta distancias.

Los ingresos que generan por su trabajo les permiten cubrir sus costos de viajes y manutención, existiendo algunos problemas cuando se busca determinar la afectación impositiva de los mismos y sobre todo la competencia de las jurisdicciones en donde se debe cumplir con el pago de sus tributos.

PALABRAS CLAVE

Nómada digital / trabajador autónomo / ingresos / trabajo independiente / conectividad / afectación tributaria

  1. INTRODUCCIÓN

Producto de una mayor conectividad en el mundo y a la utilización masiva del internet, ya casi no existen distancia que separen a las personas. Ello permite estar casi en línea con los acontecimientos que ocurren en cualquier parte del planeta en solo segundos. Ello ha sido posible por el aprovechamiento de la tecnología.

En el mundo laboral, también es útil el uso de la tecnología, permitiendo un mejoramiento de las tareas realizadas por las personas. Ello permite incluso disminuir la posibilidad de permanencia de los profesionales al interior de una oficina, toda vez que, a través de la conexión por internet, se pueden enviar documentos, realizar entregas de trabajos desde puntos remotos.

En algunas empresas les interesan los resultados, independientemente de la presencia física del trabajador en el centro de labores, con un horario rígido incluido. Por ello, animan más a la generación de esfuerzos de sus colaboradores para llegar a obtener el resultado deseado por la tarea encomendada, ya que ello permitirá desarrollar con mayor posibilidad el crecimiento de la propia empresa.

En este orden de ideas, apreciamos que una persona, con la debida conexión por internet, puede cumplir con sus labores, desde cualquier parte del mundo, lo que le otorga una cierta libertad de movilización hacia otros territorios, de tal modo que puede viajar y a la vez trabajar.

Lo señalado en los párrafos anteriores aluden a un cierto tipo de profesionales que en los últimos años han tomado protagonismo dentro del mundo empresarial. Nos referimos a los “nómadas digitales”, quienes son dueños de sus tiempos y generan recursos para poder cumplir con sus viajes y manutención.

El motivo del presente informe, es analizar qué criterios se utilizan para afectar tributariamente a los nómadas digitales, tomando en consideración que generan ingresos en distintas partes del mundo y tienen una movilidad permanente de territorios. Sigue leyendo

¿QUÉ TIPO DE RENTA GENERA UN “INFLUENCER”?: A propósito de la RTF N° 09934-5-2017

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¿QUÉ TIPO DE RENTA GENERA UN “INFLUENCER”?: A propósito de la RTF N° 09934-5-2017

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

Las redes sociales juegan un papel importante en las comunicaciones en el mundo actual, permitiendo prácticamente estar en línea con los acontecimientos que se presentan en cualquier parte del mundo.

Ya sea a través de Facebook, Instagram, Twiter, Linkelind, entre otras redes sociales, las personas interactúan e intercambian información, constituyendo un medio de comunicación interactivo por excelencia. De allí que, las empresas las utilizan frecuentemente, para ofrecer publicidad de productos y bienes a una multiplicidad de potenciales consumidores.

Las empresas aprovechan la llegada que tienen los influencer con sus seguidores en las redes sociales, para ofrecer, a través de mensajes “subliminales”, diversa “publicidad” por medio de “recomendaciones”, percibiendo los influencer a cambio bienes por canje o dinero, dependiendo del número de veces que la publicidad haya sido observada por los posibles consumidores.

El Tribunal Fiscal ha emitido la RTF N° 09934-5-2017, en donde resuelve un caso en el cual se califica las actividades desarrolladas por los influencer, como renta de naturaleza empresarial.

ABSTRACT

Social networks play an important role in communications in today’s world, practically allowing to be in line with the events that occur in any part of the world.

The companies take advantage of the arrival of influencers with their followers in siocial networks to offer, through subliminal messages, various “advertising” through “recommendations”, perceiving the influencer in exchange for goods or money, depending on the number of times that advertising has been observed by potential consumers.

The Tax Court (Tribunal Fiscal) has issued RTF N° 09934-5-2017, where it resolves a case in which the activities developed by the influencer are classified as income of a business nature.

KEYWORDS

Social networks / advertising / persuasion / business income / work income / lease

TITLE

What type of income does an influencer generate?: about the RTF N° 09934-5-2017

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¿QUÉ ES LO QUE DEBE CONOCER SOBRE LOS PARAÍSOS FISCALES?

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¿QUÉ ES LO QUE DEBE CONOCER SOBRE LOS PARAÍSOS FISCALES?

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

Existen en el mundo territorios o países que procuran captar la inversión de personas o empresas, ofreciendo bajas tasas impositivas, un régimen tributario permisivo y confidencialidad en la información vinculada con las personas que han realizado la inversión, lo cual se manifiesta en la opacidad, que es contraria a la transparencia.

En muchos casos las corporaciones utilizan los paraísos fiscales para desviar fuentes de dinero obtenidos por operaciones comerciales, con la principal finalidad de obtener una menor carga impositiva, perjudicando en cierto modo la captación de recursos tributarios para el fisco y el Estado donde se llegan a realizar las operaciones comerciales.

Como correlato, los Estados han endurecido su legislación tributaria con miras a desincentivar el uso de los paraísos fiscales, ya sea desconociendo el gasto realizado por las operaciones llevadas a cabo con dichos lugares, imponiendo tasas más elevadas en las retenciones de tributos por distribución de dividendos al igual que las regalías pagadas por el uso de derechos de propiedad intelectual, o también identificando al beneficiario final, entre otras.

Palabras clave: paraíso fiscal / nula imposición / baja imposición / evasión / elusión / opacidad / transparencia

ABSTRACT

There are territories or countries in the world that seek to attract the investment of people or companies, offering low tax rates, a permissive tax regime and confidentiality in the information related to the people who have made the investment, which manifests itself in the opacity, which it is contrary to transparency.

In many cases corporations use tax havens to divert sources of money obtained by commercial operations, with the main purpose of obtaining a lower tax burden, hurting in some way the collection of tax resources for the tax authorities and the State where they come to perform business operations.

As a correlate, the States have tightened their tax legislation with a view to discouraging the use of tax havens, either ignoring the expense incurred by the operations carried out with these places, imposing higher rates on tax withholdings for distribution of dividends. like the royalties paid for the use of intellectual property rights, or also identifying the final beneficiary, among others.

Keywords: tax haven / no taxation / low taxation / avoidance / avoidance / opacity / transparency

Title: What should you know about tax havens?

Puede  acceder al informe ingresando aquíPARAISOS FISCALES