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LIBRO: ¿CÓMO LLENAR LA DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL 2022? Un análisis Teórico-práctico para su eficiente cumplimiento

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LIBRO: ¿CÓMO LLENAR LA DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL 2022?

Un análisis Teórico-práctico para su eficiente cumplimiento

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Saludos cordiales

Mario Alva Matteucci

FICHA TÉCNICA:

Autores:

Mario Alva Matteucci

Fernando Walter Effio Pereda

ISBN: 978–612-322-389-2

Páginas: 207

Editorial: Instituto Pacífico SAC

Impresión a cargo de: Pacífico Editores SAC

Primera edición

Lima, setiembre 2022

BENEFICIARIO FINAL: PRINCIPALES INFRACCIONES Y SANCIONES

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BENEFICIARIO FINAL: PRINCIPALES INFRACCIONES Y SANCIONES

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

The Declaration of the Final Beneficiary constitutes an affidavit of an informative type and must be presented by legal persons as well as legal entities, in accordance with the schedule established by SUNAT.

Failure to comply with this obligation entails the commission of an infraction that is sanctioned with a fine. There are several infractions related to this issue, which will be developed in this report, referring to the application of the discretion that SUNAT has in the gradualness of the sanctions and if it reaches all or only some linked to the Declaration of the Final beneficiary.

KEYWORDS: final beneficiary / omission of declaration / incomplete declaration / keeping information / informative declaration / gradualness

TITLE: Final beneficiary: main infractions and sanctions

RESUMEN

La Declaración del Beneficiario Final constituye una declaración jurada de tipo informativo y debe ser presentada por las personas jurídicas al igual que los entes jurídicos, de acuerdo con el cronograma establecido por la SUNAT. El incumplimiento de esta obligación acarrea la comisión de una infracción que se sanciona con multa.

Existen varias infracciones ligadas a este tema, las cuales serán desarrolladas en el presente informe, haciendo referencia la aplicación de la discrecionalidad que la SUNAT tiene en la gradualidad de las sanciones y si la misma alcanza a todas o solo a algunas vinculadas con la Declaración del Beneficiario Final.

PALABRAS CLAVE: beneficiario final / omisión de declaración / declaración incompleta / conservar información / declaración informativa / gradualidad

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: BENEFICIARIO FINAL – PRINCIPALES INFRACCIONES Y SANCIONES

If you want to review the full report (ONLY IN SPANISH) you must enter here: BENEFICIARIO FINAL – PRINCIPALES INFRACCIONES Y SANCIONES

 

¿CÓMO SE DETERMINA AL BENEFICIARIO FINAL EN LAS PERSONAS JURÍDICAS?

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¿CÓMO SE DETERMINA AL BENEFICIARIO FINAL EN LAS PERSONAS JURÍDICAS?

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

As a result of the publication of Superintendency Resolution No. 041-2022/SUNAT, the Tax Administration has taken up the issue of submitting the sworn statement where the final beneficiary of the companies must be identified, as in the case of legal entities. This last rule has determined the presentation considering the net income of the previous year as parameters, establishing three dates to be met between the years 2022 and 2023. However, the question arises whether the PRICOS that presented their final beneficiary declaration in 2019 must again submit this return or only taxpayers who meet the level of income expressly indicated in the rule subject to review.

KEYWORDS: final beneficiary / legal persons / legal entities / informative declaration / investment fund / autonomous equity

TITLE: How is the final beneficiary determined in legal persons?

RESUMEN

A raíz de la publicación de la Resolución de Superintendencia N.° 041-2022/SUNAT, la Administración Tributaria ha retomado el tema de la presentación de la declaración jurada donde se debe identificar al beneficiario final de las empresas, al igual que en el caso de los entes jurídicos. Esta última norma ha determinado la presentación considerando como parámetros los ingresos netos del ejercicio anterior, estableciendo tres fechas a cumplir entre los años 2022 y 2023. Sin embargo, surge la duda si los PRICOS que presentaron su declaración del beneficiario final en el 2019 deben nuevamente presentar esta declaración o solo los contribuyentes que cumplan el nivel de ingresos indicado expresamente en la norma materia de revisión.

PALABRAS CLAVE: beneficiario final / personas jurídicas / entes jurídicos / declaración informativa / fondo de inversión / patrimonio autónomo

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: COMO SE DETERMINA AL BENEFICIARIO FINAL EN LAS PERSONAS JURIDICAS INFORME

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EL BENEFICIARIO FINAL: Comentarios al Decreto Supremo N° 003-2019-EF (Parte Final)

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EL BENEFICIARIO FINAL: Comentarios al Decreto Supremo N° 003-2019-EF (Parte Final)

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

Con la publicación del Decreto Legislativo N.° 1372, se realizaron adecuaciones normativas en la legislación peruana para poder identificar al beneficiario final de las personas jurídicas y/o entes jurídicos, existiendo adicionalmente la exigencia de presentar una declaración jurada de tipo informativo que señale al mencionado beneficiario

El pasado 8 de enero del 2019, se publicó el Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, a través del cual se ha reglamentado la obligación de presentar una declaración jurada para poder identificar al beneficiario final.

Palabras clave: beneficiario final / personas jurídicas / entes jurídicos / declaración informativa / fondo de inversión / patrimonio autónomo

ABSTRACT

With the publication of Legislative Decree No. 1372, regulatory adjustments were made in Peruvian legislation to identify the final beneficiary of legal persons and / or legal entities, and there is also the requirement to submit a sworn statement of an informative nature that points to the mentioned beneficiary.

On January 8, 2019, Supreme Decree No. 003-2019-EF was published, through which the obligation to submit an affidavit to identify the final beneficiary has been regulated.

Keywords: final beneficiary / legal entities / legal entities / informative declaration / investment fund / autonomous equity

Title: The final beneficiary: Comments to Supreme Decree No. 003-2019-EF (Part I)

Puede revisar la parte final del informe ingresando aquí:BENEFICIARIO FINAL PARTE FINAL

EL BENEFICIARIO FINAL: Comentarios al Decreto Supremo N° 003-2019-EF (Parte I)

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EL BENEFICIARIO FINAL: Comentarios al Decreto Supremo N° 003-2019-EF (Parte I)

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

Con la publicación del Decreto Legislativo N.° 1372, se realizaron adecuaciones normativas en la legislación peruana para poder identificar al beneficiario final de las personas jurídicas y/o entes jurídicos, existiendo adicionalmente la exigencia de presentar una declaración jurada de tipo informativo que señale al mencionado beneficiario

El pasado 8 de enero del 2019, se publicó el Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, a través del cual se ha reglamentado la obligación de presentar una declaración jurada para poder identificar al beneficiario final.

Palabras clave: beneficiario final / personas jurídicas / entes jurídicos / declaración informativa / fondo de inversión / patrimonio autónomo Sigue leyendo

EL BENEFICIARIO FINAL: Algunos comentarios a raíz del Decreto Legislativo N° 1372

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EL BENEFICIARIO FINAL: Algunos comentarios a raíz del Decreto Legislativo N° 1372

RESUMEN

En los últimos años, se observa una tendencia mundial que diversos países están realizando esfuerzos por combatir la elusión y la evasión fiscal, al igual que la investigación para luchar contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Para poder lograr este objetivo se toman como referencia las recomendaciones internacionales emitidas por la por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Precisamente, el Perú acaba de aprobar el Decreto Legislativo N° 1372, el cual realiza adecuaciones normativas en la legislación peruana para poder identificar al beneficiario final de las personas jurídicas y/o entes jurídicos, existiendo adicionalmente la exigencia de presentar una declaración jurada de tipo informativo que señale al mencionado beneficiario.

PALABRAS CLAVE

Beneficiario final / elusión / evasión / lavado de activos / terrorismo / personas jurídicas /entes jurídicos

  1. INTRODUCCIÓN

El pasado jueves 2 de agosto de 2018 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Legislativo N° 1372, por medio del cual se aprobaron las normas que regulan la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.

Se indica que una de las razones para aprobar estas normas, es poder adecuar la legislación nacional a los estándares y recomendaciones internacionales emitidas por la OCDE y el GAFI para la lucha contra la elusión y evasión fiscal, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

También se precisa que lo que se pretende es garantizar la asistencia administrativa mutua con fines fiscales, como la adopción de estándares de acceso, disponibilidad e intercambio de información del beneficiario final de las personas jurídicas y entes jurídicos, previendo que los profesionales del derecho y de las ciencias contables y financieras deban proporcionar dicha información a la autoridad competente cuando accedan a ella en una condición o situación distinta al ejercicio profesional, respetándose los derechos y principios previstos en la Constitución Política del Perú;

La pregunta inmediata que se puede formular es ¿quiénes son los beneficiarios finales?, ello será parte del análisis normativo que se desarrollará en el presente informe. Sigue leyendo