Archivo por meses: abril 2009

LA DESCONCENTRACIÓN Y LA DESCENTRALIZACIÓN

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LA DESCONCENTRACIÓN Y LA DESCENTRALIZACIÓN: ¿Cómo se aplican dichos criterios en la creación de los SAT al interior de las municipales?

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCIÓN

En el Perú un número mayoritario de municipalidades han decidido en los últimos años enfrentar los problemas de la baja recaudación de tributos que administran, bien sea respecto de los que fueron creadas por ellos mediante Ordenanza (como es el caso de las Tasas: Arbitrios, Derechos y Licencias y las Contribuciones por Obras Públicas); como también respecto de aquellos tributos cuya recaudación le fuera encargada, como es el caso del Impuesto Predial, el Impuesto Vehicular, el Impuesto de Alcabala, el Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, entre otros.

El problema que los Gobiernos Locales han procurado elevar la recaudación de los diversos tributos municipales, asumiendo en muchos casos una actitud más activa, ya sea efectuando mejoras en la propia Administración, incorporando profesionales más calificados, al igual que aprobando las Ordenanzas y Decretos de Alcaldía cumpliendo las formalidades que se le exijan las normas pertinentes.

Hemos sido testigos en muchos casos existe una mejora en la atención al público de algunas municipalidades, al igual que se han actualizado los procesos de recaudación y cobranza, lo cual redunda en un incremento ostensiblemente de la recaudación.

Es por esa razón que el presente Informe se analizarán dos conceptos básicos aplicables en este proceso de mejoramiento, nos referimos la descentralización y a la desconcentración y procurar relacionarlos con la creación de los denominados “Servicios de Administración Tributaria – SAT”.

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¡PRESENTÉ UN RECLAMO TRIBUTARIO! Y AHORA ¿QUIÉN PODRÁ RESOLVERLO?

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¡PRESENTÉ UN RECLAMO TRIBUTARIO! Y AHORA ¿QUIÉN PODRÁ RESOLVERLO?

Dedicado al Dr. Armando Zolezzi Möller, forjador de varias generaciones de “tributaristas” en el Perú, profesional dedicado en su integridad al estudio del Derecho Tributario, maestro y amigo.

Publicado en el Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller. Palestra editores. Lima, 2006.

MARIO ALVA MATTEUCCI

I.- INTRODUCCIÓN

Cuántas veces se ha preguntado en más de una oportunidad ¿Por qué no se resuelve con celeridad el reclamo tributario que presenté?, ¿Por qué no se pronuncian por la totalidad de los puntos controvertidos?, ¿No hay personal capaz que pueda contestar los recursos presentados?

El presente trabajo busca incorporar algunas reflexiones acerca de las tareas propias de un Departamento de Reclamos Tributarios, tareas que no son del todo fáciles de cumplir sobre todo si no se cuenta con la capacidad para resolver los expedientes, bien sea a nivel de personal calificado, recursos económicos asignados al área de reclamos, intromisiones de carácter político en algunos casos, estrategias de cobranza, entre otros temas variados.

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¿PUEDE UNA ADMINISTRACION TRIBUTARIA CREAR UN DATAWAREHOUSE?

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¿PUEDE UNA ADMINISTRACION TRIBUTARIA CREAR UN DATAWAREHOUSE?

LAS VENTAJAS DEL USO DE TECNOLOGIAS
DE LA INFORMACION
Efectuada en la Revista Análisis Tributario. Volumen XIV – Nro. 158. Marzo 2001.

MARIO ALVA MATTEUCCI

INTRODUCCION:

El ritmo de vida en el que nos estamos viendo involucrados hoy en día exige una serie de respuestas inmediatas, frente a los diversos requerimientos que normalmente nos hacemos. Además, el hecho de contar con una posibilidad amplia de soluciones en la toma de decisiones, se debe justamente al mejor manejo de la información que hagamos.

Es justamente que la mayor parte de las empresas necesita de una serie de informaciones previas para poder tener tomar una decisión sobre determinado tema, siendo necesario contar con una base de datos propia.

Del mismo modo, se puede observar que en la mayor parte de las empresas e instituciones los niveles de tomas de decisiones parten de las estructuras superiores, no permitiendo en muchos casos la toma de decisiones por los mandos intermedios. Esto se debe casi siempre a la estructura piramidal de las organizaciones, en donde los informes o reportes normalmente son elevados a la Alta Dirección.

El presente artículo pretende dar una visión general sobre el tema del manejo de información en las grandes bases de datos, haciendo uso de una herramienta denominada “Datawarehouse”, la cual permite, entre otras cosas, el poder tomar decisiones a nivel de los mandos medios con un mejor tratamiento previo de la información propia de las organizaciones. Asimismo, pretende explicar por qué sería necesario que una Administración Tributaria construya, sobre la estructura de su base de datos, un sistema denominado “Datawarehouse”.

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LOS PARAISOS FISCALES

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LOS PARAISOS FISCALES
Efectuada en la Revista Análisis Tributario. Volumen XIV – Nro. 159. Abril 2001.

Mario Alva Matteucci

INTRODUCCION:

Hoy en día recibimos constantemente informaciones relacionadas con descubrimientos de cuentas millonarias de diversos personajes, ubicadas en lejanos territorios cuyos nombres a veces nunca escuchamos o peor aún, no los podemos ubicar en los mapas.

Además, la mayor parte de esos territorios se muestran reacios a entregar información acerca de los montos, orígenes, titularidad de las cuentas, entre otros datos, argumentando cierta liberalidad en el manejo de los ingresos declarados o no por las personas (naturales o jurídicas) que sean consideradas residentes en ellos.

El tema de los paraísos fiscales empezó a ser conocido en nuestro país en los inicios de la década de los 90’, al realizarse una serie de investigaciones acerca de una fundación constituida por un ex-presidente de la república en el Principado de Liechtenstein. También es posible conocer hoy en día la existencia de millonarias cuentas de funcionarios del anterior gobierno, en las islas de Gran Caimán.

El presente artículo pretende dar una introducción al estudio de lo que son los paraísos fiscales, sin pretender agotar el tema.

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INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO: ANALISIS DEL CASO DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS QUE HAN PERCIBIDO INGRESOS ILICITOS

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INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO: ANALISIS DEL CASO DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS QUE HAN PERCIBIDO INGRESOS ILICITOS
Publicación efectuada en la Revista Análisis Tributario
Volumen XIV – Nro. 161. Junio 2001.

Mario Alva Matteucci

INTRODUCCION:
Desde hace algunos meses hemos sido testigos del progresivo desmantelamiento de una red de corrupción al interior del Estado, en sus diferentes estamentos; prueba de ello han sido los numerosos videos exhibidos en el Congreso de la República, así como numerosas investigaciones de carácter periodístico, de órganos de control dependientes funcionalmente de la Contraloría General de la República, o denuncias de particulares, entre otros casos.

Una parte de las personas integrantes de esta red de corrupción, que por uno u otro motivo han percibido alguna prebenda económica de origen ilícito, han sido Funcionarios Públicos, respecto de los cuales es posible apreciar un incremento considerable de su patrimonio o un nivel de gastos no justificados con los ingresos que normalmente perciba.

El presente artículo pretende dar una introducción al estudio de lo que significa el Incremento Patrimonial No Justificado, haciendo especial mención al caso de los Funcionarios Públicos.

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EL PRINCIPIO DE PREDICTIBILIDAD Y EL DERECHO TRIBUTARIO

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EL PRINCIPIO DE PREDICTIBILIDAD Y EL DERECHO TRIBUTARIO
Análisis de la Ley del Procedimiento Administrativo General y la Jurisprudencia de Observancia Obligatoria

Efectuada en la Revista Análisis Tributario. Volumen XIV – N° 165. Octubre 2001.

Mario Alva Matteucci

INTRODUCCION:

A partir de mediados del mes de octubre del 2001 comenzará a regir la Ley Nº 27444, norma que aprueba la Ley del Procedimiento Administrativo General, la que constituye un extraordinario avance en la instauración de las instituciones modernas del Derecho Administrativo en el Perú.

Entre los objetivos generales de esta norma está el establecer mejores mecanismos de apoyo hacia el administrado frente a los excesos que pudiera tener la Administración Pública.

Así, la Ley ha incorporado diversos principios del Derecho Administrativo, entre los que se encuentra el llamado “Principio de Predictibilidad”.

El presente artículo busca establecer una relación entre el Principio de Predictibilidad y el Derecho Tributario, realizando de este modo un análisis del mismo y su posible aplicación bajo las reglas del Código Tributario, específicamente en el caso de las Jurisprudencias de Observancia Obligatoria que publica el Tribunal Fiscal.

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EL “CONCEPTO” DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA

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EL “CONCEPTO” DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCIÓN
El término “Administración Pública” se identifica de modo tradicional con el Estado. De igual manera, en los diccionarios de términos jurídicos se menciona a la Administración Pública como “el Poder Ejecutivo en acción con la finalidad de cumplir y hacer cumplir cuanto interesa a la sociedad en las actividades y servicios públicos”.

En la legislación peruana el concepto de Administración Pública ha ido variando con el transcurrir de los años, siendo pertinente hacer una evaluación de los textos de las normas que han regulado el tema administrativo a efectos de poder apreciar el mencionado concepto.

2. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LA DOCTRINA

En la doctrina se puede citar a MULARZ quien acuña una definición de “Administración Pública”, entendida esta como “… aquella organización que el Estado utiliza para canalizar adecuadamente demandas sociales y satisfacerlas, a través de la transformación de recursos públicos en acciones modificadoras de la realidad, mediante la producción de bienes, servicios y regulaciones.

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EL PRINCIPIO DE CONTINUIDAD DE INFRACCIONES REGULADO EN LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL Y SU IMPLICANCIA EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO

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EL PRINCIPIO DE CONTINUIDAD DE INFRACCIONES REGULADO EN LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL Y SU IMPLICANCIA EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO

MARIO ALVA MATTEUCCI

Publicado en “JURÍDICA”. Suplemento de análisis legal del diario oficial “El Peruano” correspondiente a la edición del martes 12 de abril del 2005. Número 41. Páginas 6 y 7.

¿Qué es un principio jurídico?

Un principio constituye una máxima o axioma jurídico recopilado de manera histórica o también son dictados de la razón admitidos legalmente, que sirve de fundamento para la aplicación del Derecho.

“… los principios pueden señalar contradicciones en el ordenamiento legal, llenar lagunas, perfeccionar el Derecho, o crearlo, introducir en éste contenidos mayores de justicia, interpretar con más precisión al Derecho, sustituir normas inaplicables o ineficaces, etc.”1

De este modo, los principios jurídicos son pautas sobre las cuales el legislador y los operadores del Derecho buscan aplicar las normas y establecer las reglas señaladas para las distintas situaciones en las cuales el Derecho intervenga.

Existen los llamados Principios Generales del Derecho que son aplicables a todas las ramas del Derecho y existen también los llamados Principios Especiales que son propios de cada una de las ramas. De esta manera existirán principios aplicables al Derecho Laboral, al Derecho Tributario, al Derecho Humanitario, al Derecho Mercantil, etc.

Coincidimos con BRAVO CUCCI cuando señala que “… los principios jurídicos no son en sí normas jurídicas, aún cuando comparten su naturaleza prescriptiva reguladora de conductas. Por ello, violar un principio jurídico implica atentar contra el ordenamiento jurídico positivo en su integridad, y no meramente contra un comando normativo específico.”2

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IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS EXISTENTES EN UNA EMPRESA PERUANA QUE INVIERTE EN CHILE

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Publicado en la revista VECTIGALIA. Año 2. Número 2. Edición homenaje a Don Armando Zolezzi Möller. Octubre 2006. Páginas 165 a 173.

IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS EXISTENTES EN UNA EMPRESA PERUANA QUE INVIERTE EN CHILE
¿Es realmente complicado invertir en Chile?

Mario Alva Matteucci

1. CONSIDERACIONES INICIALES.-

Desde hace algunos años hemos observado que las inversiones chilenas en nuestro país han ido en aumento en diversos rubros, tales como los supermercados, el negocio de retail, los establecimientos que venden medicinas, las empresas generadoras de energía, los campos agrícolas, las compañías de transporte aéreo, los grifos que expenden combustible, por señalar algunas.

Por el contrario, la inversión peruana en Chile es por decir mínima o nula, salvo algunas excepciones como los cines, restaurantes peruanos, grupos económicos que comparten inversión en el puerto de Arica únicamente.

Recordemos que se habla de suscribir un Tratado de Libre Comercio – TLC con Chile, razón por la cual la inversión en el vecino país del sur ya no será una utopía.

Pero ¿es tan complicado invertir en Chile?. La respuesta a esta pregunta será respondida con el desarrollo del presente artículo que busca en alguna medida analizar las implicancias tributarias que pueda enfrentar una empresa peruana al invertir en Chile. Sigue leyendo

INTELIGENCIA EMOCIONAL Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA: ¿Cómo crear un Capital Emocional?

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INTELIGENCIA EMOCIONAL Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA: ¿Cómo crear un Capital Emocional?

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCION

Nos encontramos en una sociedad cada vez más tecnificada en la que los sentimientos y emociones cada vez son más relegadas por la propia razón. Para muchos en triunfo de la razón sobre las emociones significa ser más inteligente y astuto. Sin embargo hoy en día si una persona puede manejar sus emociones en provecho propio podrá triunfar más fácilmente que otros.

Hoy en día los grandes grupos económicos y empresas a nivel mundial procuran implantar un sistema de inteligencia emocional al interior de sus organizaciones, con la finalidad de mejorar el desarrollo del personal y a la vez ser más competitiva.

El presente artículo pretende abordar el tema de la Inteligencia Emocional y procurar relacionarlo con la Administración Tributaria.

Si desea revisar la versión publicada en la revista Análisis Tributario correspondiente al mes de julio de 2002 (PRIMERA PARTE), puede ingresar el siguiente enlace web: http://www.aele.com/sites/default/files/archivos/anatrib/02.07_AT_1.pdf

Si desea revisar la versión publicada en la revista Análisis Tributario correspondiente al mes de agosto de 2002 (SEGUNDA PARTE), puede ingresar el siguiente enlace web: http://www.aele.com/sites/default/files/archivos/anatrib/02.08_AT_2.pdf

 

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