LIBRO: CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2020 – Gastos deducibles y reparos tributarios
PERSONA NATURAL CON NEGOCIO: ¿QUÉ IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS SE DEBEN TENER EN CUENTA PARA NO TENER CONTINGENCIAS?
PERSONA NATURAL CON NEGOCIO: ¿QUÉ IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS SE DEBEN TENER EN CUENTA PARA NO TENER CONTINGENCIAS?
MARIO ALVA MATTEUCCI
ABSTRACT
Business income is generated by the conjunction of two clearly de-termined elements, on the one hand there is capital and on the other hand work; once both are united, business income is generated. This type of income qualifies as third category income, for purposes of the application of income tax in Peru, which is linked to companies. It should be noted that in the Peruvian case business income can be generatedboth by legal persons, represented by companies, as well as by natural persons, to the extent that the aforementioned elements converge.
KEYWORDS
natural person / sole proprietorship / business income / capital / labor
TITLE
Natural person with business: what tax implications should be taken into account to avoid contingencies?
RESUMEN
Las rentas empresariales se generan por la conjunción de dos ele-mentos claramente determinados, por un lado está el capital y por otro el trabajo; una vez que ambos se unen se generan las rentas empresariales. Este tipo de renta califica como renta de tercera categoría, para efectos de la aplicación del impuesto a la renta en el Perú, el cual tiene vinculación con las empresas. Cabe precisar que en el caso peruano las rentas empresariales las pueden generar tanto las personas jurídicas, representadas por las empresas, como también las pueden generar las personas naturales, en la medida que confluyan los elementos antes indicados.
PALABRAS CLAVE
persona natural / negocio unipersonal / empresa unipersonal / renta empresarial / capital / trabajo
Si desea revisar el informe completo solo debe ingresar aquí: PERSONA NATURAL CON NEGOCIO
¿EBITDA a la vuelta de la esquina en el 2021?
¿EBITDA a la vuelta de la esquina en el 2021?
MARIO ALVA MATTEUCCI
El financiamiento es una de las opciones que tienen los generadores de rentas empresariales para poder cubrir y estabilizar el flujo de efectivo que llega al negocio, dentro del normal desarrollo de sus actividades, al igual que permite acceder a otros productos financieros ofrecidos, los cuales permiten la materialización de proyectos de gran envergadura a largo plazo.
El financiamiento logra también cubrir el gasto corriente de las empresas, evitando en cierto modo el rompimiento de la cadena de pagos, tan necesaria en una economía, ya que afecta tanto a los productores como a los consumidores.
Las opciones de financiamiento de las empresas son múltiples, ya sea accediendo a la banca, financieras, otras empresas que proveen de capital e inclusive personas naturales. En todos los casos mencionados existe la entrega de un capital y el cobro de los intereses respectivos. Recordemos que los intereses constituyen la ganancia por la colocación del capital.
A nivel tributario, específicamente en la legislación del Impuesto a la Renta, existe la regla de la subcapitalización, desde el año 2001 y fue introducida por la Ley N° 27356, la cual consiste en establecer limitaciones a la deducción de los intereses por parte de los generadores de rentas de tercera categoría. Sigue leyendo
FIJAN EN S/ 4,400 EL VALOR DE LA UIT PARA EL AÑO 2021
FIJAN EN S/ 4,400 EL VALOR DE LA UIT PARA EL AÑO 2021
A través de la publicación del Decreto Supremo Nº 392-2020-EF se determina que durante el año 2021, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como índice de referencia tributaria en normas tributarias será de Cuatro mil Cuatrocientos y 00/100 Soles (S/ 4,400).
Fuente: Diario Oficial El Peruano. Edición del martes 15 de diciembre de 2020.
Puede revisar la norma que aprobó la UIT para el 2021 ingresando aquí: D.S. 392-2020-EF
¿SE APLICA LA DISCRECIONALIDAD DE NO IMPONER MULTAS A LOS PRICOS?
¿SE APLICA LA DISCRECIONALIDAD DE NO IMPONER MULTAS A LOS PRICOS?
MARIO ALVA MATTEUCCI
El 28.12.2019 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 269-2019/SUNAT, por medio de la cual se aprobó el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales a cargo de los administrados.
El artículo 1° de dicha norma señaló el cronograma para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos, correspondientes a los períodos tributarios de enero a diciembre del año 2020.
El cumplimiento de dicho cronograma incluía a todos los contribuyentes, sean estos, medianos y pequeños contribuyentes (mepecos), al igual que los principales contribuyentes (pricos), la única distinción que se efectuaba era con respecto a los Buenos Contribuyentes y las Unidades Ejecutoras del Sector Público Nacional (UESP), ya que se les consideraba una fecha especial al final de dicho cronograma.
El cronograma antes señalado se cumplió sin problemas en los primeros meses del año 2020. Sin embargo, a raíz de la declaración del estado de emergencia y la inmovilización social obligatoria, decretada por el Gobierno, se presentaron muchas dificultades en todos los contribuyentes, incluyendo a los Pricos, en la presentación de sus declaraciones mensuales. Sigue leyendo
LA REVISIÓN DE LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS POR MEDIO DE LA UTILIZACIÓN DEL ITF
LA REVISIÓN DE LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS POR MEDIO DE LA UTILIZACIÓN DEL ITF
MARIO ALVA MATTEUCCI
ABSTRACT
Every movement of money, made through the use of the financial system, leaves a trace, which is kept as a record over time. The Tax Administration has access to such information through the applicationof the financial transaction tax (ITF), which is applied as a tax that levies the credits or debits of bank accounts, with a rate equivalent to 0.005%.Through the use of the ITF, the Treasury can review the bank move-ments made by natural persons, which may be useful in the search for information to detect income or consumption, which must be related to the information that the administered declares annually before the Sunat, since the application of the presumption of the unjustified capital increase can be presented.
KEYWORDS
bank deposits / withdrawals / account movements / accreditations / consumptions / capital increase
TITLE
The review of bank movements through the use of the ITF
RESUMEN
Todo movimiento de dinero, realizado a través de la utilización del sistema financiero, deja una huella, la cual se mantiene como registro en el tiempo. La Administración Tributaria tiene acceso a dicha información a través de la aplicación del impuesto a las transacciones financieras (ITF), el cual se aplica como un tributo que grava las acreditaciones o débitos de las cuentas bancarias, con una tasa equivalente al 0.005 %. Por medio de la utilización del ITF, el fisco puede efectuar la revisión de los movimientos bancarios realizados por las personas naturales, los que pueden ser de utilidad en la búsqueda de información para detectar ingresos o consumos, los que deben guardar relación con la información que el administrado declara anualmente ante la Sunat, ya que puede presentarse la aplicación de la presunción del incremento patrimonial no justificado.
PALABRAS CLAVE
depósitos bancarios / retiros / movimientos de cuentas / acreditaciones / consumos / incremento patrimonial
Si desea revisar el informe completo solo debe ingresar aquí:LA REVISION DE LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS POR MEDIO DEL USO DEL ITF
EL CONSUMO DE LAS PERSONAS NATURALES COMO ELEMENTO PARA IDENTIFICAR LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
EL CONSUMO DE LAS PERSONAS NATURALES COMO ELEMENTO PARA IDENTIFICAR LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
MARIO ALVA MATTEUCCI
ABSTRACT
People make expenses to be able to satisfy their needs, be they basic, for example, food, health, education, housing, shelter, among others. But it also makes expenses related to the satisfaction of other needs, such as recreational activities, leisure, training, travel, security. In all of them there is a disbursement of money to be able to solve them, which reflects a spending or consumption capacity that is a manifestation of the contributory capacity of natural persons.
This spending capacity is investigated by the Tax Administration, in order to find income not declared by the company, being able to apply the presumption of unjustified capital increase contained in the income tax legislation.
Keywords:
consumption / expenditure / needs / ability to pay / income/ increase in assets
Title:
The consumption of natural persons as an element to identify the contributory capacity
RESUMEN
Las personas realizan gastos para poder satisfacer sus necesidades, sean estas de nivel básico, por ejemplo, alimentación, salud, educación, vivienda, abrigo, entre otras. Pero también efectúa gastos relacionados con la satisfacción de otras necesidades, como puede ser el caso de actividades de recreo, ocio, capacitación, viajes, seguridad. En todas ellas existe un desembolso de dinero para poder solventarlas, lo cual refleja una capacidad de gasto o consumo que es una manifestación de la capacidad contributiva de las personas naturales.
Esta capacidad de gasto es investigada por la Administración Tributaria, con la finalidad de poder encontrar ingresos no declarados por el administrado, pudiendo aplicar la presunción del incremento patrimonial no justificado contenida en la legislación del impuesto a la renta.
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PRESTADORES DE SERVICIOS POR 4ta CATEGORÍA Y NIVEL DE INGRESOS ¿QUÉ QUIERE INVESTIGAR LA SUNAT?
PRESTADORES DE SERVICIOS POR 4ta CATEGORÍA Y NIVEL DE INGRESOS ¿QUÉ QUIERE INVESTIGAR LA SUNAT?
MARIO ALVA MATTEUCCI
En las últimas semanas hemos sido testigos que muchos contribuyentes generadores de rentas empresariales, han recepcionado una comunicación de parte de la SUNAT, por medio de la cual se hace referencia que el nivel de sus ingresos declarados, no guardan relación con el número de trabajadores que tiene a su cargo y el número de prestadores de servicios que emiten recibos por honorarios profesionales.
En la propia comunicación se menciona que el número de personas que prestan servicios, bajo la modalidad de cuarta categoría, es superior al total de trabajadores con relación de dependencia, declarados por medio de la Planilla Electrónica – PLAME ante el fisco. Sigue leyendo
LA FISCALIZACIÓN PARCIAL ELECTRÓNICA: APLICACIÓN EN EL CASO DE LAS PERSONAS NATURALES
LA FISCALIZACIÓN PARCIAL ELECTRÓNICA: APLICACIÓN EN EL CASO DE LAS PERSONAS NATURALES
MARIO ALVA MATTEUCCI
ABSTRACT
One of the powers that the Tax Administration has is inspection, which it performs in order to detect whether there is a correct statement by the company, regarding the income it obtained, as well as the verification of activities carried out by it. and that they allowed the generation of taxable income. For some years now, the electronic partial inspection has been incorporated into the Tax Code, which allows reviewing the information that the Treasury has obtained by electronic means, in order to detect any omission or inconsistency. This type of examination can be presented in the case of the review of information regarding natural persons, who must be attentive to the procedure carried out by the Tax Administration, which is relatively short, without the need for physical presence in offices.
KEYWORDS: natural person / electronic control / discretion / electronic notification / inconsistency / data crossing
TITLE: Electronic control: application in the case of natural persons
RESUMEN
Una de las facultades con que cuenta la Administración Tributaria es la fiscalización, la cual realiza con la finalidad de poder detectar si existe una declaración correcta por parte del administrado, respecto de los ingresos que obtuvo, al igual que la verificación de actividades desarrolladas por este y que le permitieron la generación de renta imponible. Desde hace algunos años se ha incorporado al Código Tributario la fiscalización parcial electrónica, la cual permite revisar la información que el fisco ha obtenido por medios electrónicos, a efectos de detectar alguna omisión o inconsistencia. Este tipo de fiscalización puede presentarse en el caso de la revisión de información con respecto a las personas naturales, las que deben estar atentas al procedimiento llevado a cabo por la Administración Tributaria, el cual es relativamente corto, sin necesidad de presencia física en oficinas.
PALABRAS CLAVE: persona natural / fiscalización electrónica / discrecionalidad / notificación electrónica / inconsistencia / cruce de datos
Puede revisar el informe ingresando aquí FISCALIZACION PARCIAL ELECTRONICA A PERSONAS NATURALES
¿LA PÉRDIDA POR DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS ES RECONOCIDA COMO GASTO TRIBUTARIO?
¿LA PÉRDIDA POR DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS ES RECONOCIDA COMO GASTO TRIBUTARIO?
MARIO ALVA MATTEUCCI
En los tiempos de la pandemia del COVID-19, muchas empresas se han visto perjudicadas en sus operaciones de ventas, sobre todo en el tema de las existencias que mantienen en sus inventarios y que por diversas razones no se han podido comercializar.
Algunas de estas existencias han generado un alto deterioro producto de su almacenamiento sin tener movimientos comerciales, debido principalmente a que:
- Los almacenes se encontraban cerrados.
- Las existencias tenían alguna fecha de vencimiento y se encuentran al límite de su comercialización.
- No han existido mecanismos de control de humedad, ordenamiento y clasificación de las existencias, debido a la inasistencia de los trabajadores de almacén por causas de la inamovilidad social obligatoria.
- Las existencias han perdido la oportunidad de ser vendidas en la temporada que les corresponde, por criterios de estacionalidad y/o moda.
