Archivo de la categoría: Derecho Penal Tributario

LA CONFECCIÓN, OBTENCIÓN, VENTA O FACILITACIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO FALSOS: Implicancias penales

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LA CONFECCIÓN, OBTENCIÓN, VENTA O FACILITACIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO FALSOS: Implicancias penales

MARIO ALVA MATTEUCCI

SUMARIO

  1. Introducción. 2. La Ley Penal Tributaria, el tipo base y los delitos autónomos. 3. El delito de confección, obtención, venta o facilitación de comprobantes de pago falsos. 4. ¿Por qué se incluyó este delito en la Ley Penal Tributaria?. 5. ¿Cuál es el bien jurídicamente tutelado en el delito contenido en el artículo 5-C de la Ley Penal Tributaria?. 6. ¿Es un delito de peligro abstracto o concreto?. 7. ¿Cuáles son los documentos con los que se estaría configurando la conducta delictiva?. 8. ¿Cuáles son las figuras delictivas que considera el tipo penal del artículo 5-C de la Ley Penal Tributaria?. 9. ¿Cuál es la sanción penal por la comisión de las conductas señaladas en el artículo 5-C de la Ley Penal Tributaria?.

PALBRAS CLAVE

Comprobantes de pago falsos / notas de crédito / notas de débito / guías de remisión / confección / obtención / venta / facilitación

ABSTRACT

There are taxpayers who use proof of payment, as well as credit notes, debit notes and referral guides, all of which are false, in order to justify expenses or take advantage of a tax credit. The Criminal Tax Law considers the fact of preparing, obtaining, selling, and facilitating the false documents mentioned above  as criminal and unlawful conduct. This determines that it is an abstract danger, since it doesn’t require a concrete result in a lower tax collection. This will be the reason for the analysis of this report.

KEYWORDS

False payment vouchers / credit notes / debit notes / referral guides / confection / procurement / sale / facilitation

TITLE

Making, obtaining, selling or providing false payment vouchers: criminal implications Sigue leyendo

¿UN CONTADOR PUEDE TENER RESPONSABILIDAD PENAL?: Análisis del delito contable en la legislación peruana

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¿UN CONTADOR PUEDE TENER RESPONSABILIDAD PENAL?: Análisis del delito contable en la legislación peruana

MARIO ALVA MATTEUCCI

SUMARIO

1- Introducción. 2- La labor del contador dentro de la empresa. 3- La Ley Penal Tributaria. 4- El delito contable en la doctrina. 5- ¿Cómo está regulado el delito contable en la Ley Penal Tributaria?. 6- ¿Qué es el dolo?. 7- La obligación de llevar los libros de contabilidad u otros libros y registros exigidos: el artículo 87 del Código Tributario. 8- ¿Qué conductas antijurídicas permitirían que se cometa el delito contable?. 9- ¿Cuándo nos encontramos ante el autor, el partícipe, el cómplice o el instigador en los delitos contables?

PALABRAS CLAVE

Delito contable / dolo / responsabilidad / balances / intencionalidad / libros y registros contables / registro

ABSTRACT

The labor of the accountant is closely vinculated with the taxation of companies, having the task of consolidate Financial Statement, keep the books and / or tax records up to date, as comply with the preparation and presentation of tax returns to the tax authorities. By perfoming these task, the accounting professional may be liable to criminal liability insofar as certain assumptions indicated in the Criminal Tax Law are presented specifically in the cases indicated in the text of article 5 of the said rule, which regulates the accounting crime.

KEYWORDS

Accounting crime / wilfully intent / responsibility / balance sheets / intentionality / books and records accountants / registration

TITLE

An accountant can have criminal liability?: Analysis of accounting crime in Peruvian legislation. Sigue leyendo

¿EXISTEN ACTOS PREPARATORIOS EN LOS DELITOS TRIBUTARIOS?: Una revisión del Iter Criminis

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¿EXISTEN ACTOS PREPARATORIOS EN LOS DELITOS TRIBUTARIOS?: Una revisión del Iter Criminis

SUMARIO

1- Introducción – 2. Los delitos tributarios – 3. La Ley penal tributaria y el tipo base del delito de defraudación tributaria – 4. La defraudación tributaria es un delito de resultado – 5. El Iter criminis o el camino hacia el delito – 6. Desarrollo del Iter criminis.

RESUMEN

En la comisión de los delitos tributarios es necesario que el actor tenga voluntad y consciencia de ello, para realizar actos contarios a ley, los cuales se encuentran considerados como delitos y sancionados penalmente. Sin embargo, al efectuar una revisión del Iter criminis o el “camino al delito”, apreciamos que en la fase externa de este se encuentran los actos preparatorios. El motivo de esta investigación es verificar si estos actos se encuentran sancionados penalmente o no.

PALABRAS CLAVE

Iter criminis / actos preparatorios / delitos tributarios / derecho penal / fase externa / sanción penal

ABSTRACT

In the commission of tax crimes, it is necessary that the actor has will and conscience of it, to carry out acts contrary to law, which are considered as crimes and criminally sanctiones. However, when making a review of the iter criminis or “way of crime”, we appreciate that in the external phase of this are preparatory acts. The reason for this investigation is to verify if these act are criminally sanctioned or not.

KEYWORDS

iter criminis / preparatory acts / tax crimes / criminal law / external phase / criminal penalty

TITLE

Are there preparatory acts in tax crimes?

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

En materia penal, en algunos delitos se sanciona no solo los actos que procuren causar una lesión respecto de un interés que es jurídicamente tutelado por el Estado, sino que también pueden sancionarse aquellas conductas o actos que estén relacionados con situaciones que pongan en peligro a personas.

Bajo esta lógica, en algunos delitos es necesario que se concluyan acciones que tengan un resultado, mientras que en otros no necesariamente debe existir un resultado sino lo que se busca penalizar es determinadas conductas, inclusive si no se ha llegado a un resultado, penalizando hasta la propia tentativa que involucra a los actos preparatorios.

Los actos preparatorios forman parte de lo que se denomina “iter criminis” o camino del delito dentro de la doctrina penal.

El presente informe tiene como intención analizar si es posible penalizar los actos preparatorios en el caso de los delitos tributarios, al amparo de lo dispuesto por la Ley Penal Tributaria. Sigue leyendo

NO ADQUIERA “FACTURAS FALSAS”: ¡Evite el delito tributario y la pena de cárcel!

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NO ADQUIERA “FACTURAS FALSAS”: ¡Evite el delito tributario y la pena de cárcel!

MARIO ALVA MATTEUCCI

En el momento de la determinación de la deuda tributaria por parte del contribuyente, ya sea con respecto al IGV o con relación al Impuesto a la Renta, en muchos casos se obtiene un resultado a favor del fisco, como consecuencia de ello le corresponde tributar al contribuyente. También se puede obtener un resultado a favor del contribuyente, ya sea producto de una aplicación de créditos o saldos a favor o de un mayor gasto y menores ingresos. En este caso, no existirá tributo a favor del fisco sino un crédito a favor del contribuyente, el cual será materia de devolución o de compensación a elección de éste último.

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PROPAGANDA ESTATAL DE LOS 70′ SOBRE EVASIÓN TRIBUTARIA

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PROPAGANDA ESTATAL DE LOS 70′ SOBRE EVASIÓN TRIBUTARIA

MARIO ALVA MATTEUCCI

Quería compartir con todos un pequeño video propalado en la Televisión de los años 70′ en blanco y negro, que trata sobre la Evasión Tributaria.

Pueden haber pasado muchos años pero la idea es la misma, el combate contra la Evasión Tributaria.

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¿CONOCE USTED LOS CAMBIOS A LA LEY PENAL TRIBUTARIA EFECTUADOS POR EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1114?

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¿CONOCE USTED LOS CAMBIOS A LA LEY PENAL TRIBUTARIA EFECTUADOS POR EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1114?

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

Con fecha 5 de Julio de 2012 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el texto del Decreto Legislativo Nº 1114, norma que realizó modificaciones a la Ley Penal Tributaria, la cual fuera aprobada por el Decreto Legislativo Nº 813.

El motivo del presente informe es analizar los principales cambios que se han producido a la Ley Penal Tributaria, tomando en cuenta como principal eje el hecho que el legislador busca evitar maniobras evasivas por parte de los contribuyentes o de terceros.

Hay que indicar que también se han realizado inclusiones en el texto de la mencionada Ley incrementando los supuestos de infracción penal.

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¿CUÁNDO SE CONFIGURA EL DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA?

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¿CUÁNDO SE CONFIGURA EL DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA?

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

Mediante el Decreto Legislativo Nº 813 del año 1996 se aprobó la Ley Penal Tributaria, ello al amparo de la delegación que el Poder Legislativo otorgó al Poder Ejecutivo mediante la Ley Nº 26557 1. Esta Ley tuvo como finalidad regular la figura de los delitos tributarios en una Ley especial y no tanto en un cuerpo normativo como es el Código Tributario.

El motivo del presente informe es dar a conocer las condiciones y supuestos que deben ocurrir para que se presente la figura de la defraudación tributaria, estableciendo también diferencias en cuanto a la comisión de una infracción tributaria.

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¿CUÁNDO SE CONFIGURAN LOS DELITOS DE CONTRABANDO Y LA DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANA?

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¿CUÁNDO SE CONFIGURAN LOS DELITOS DE CONTRABANDO Y LA DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANA?

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCIÓN

El ingreso de las mercaderías a los países por los conductos regulares de las Aduanas permite a los distintos Estados en el mundo un control de las mismas, además de poder recaudar los impuestos y aranceles que por la importación de bienes se aplica normalmente en el país de consumo.

Este tipo de regulación permite a los Estados el contar con los recursos necesarios para poder brindar los servicios que la población requiera y el sostenimiento del propio Estado. Sin embargo, lo anteriormente mencionado se ve truncado y el Estado es privado de esos recursos cuando por diversos artilugios o situaciones contrarias a Ley las mercaderías ingresan al país sin el respectivo pago de los aranceles y/o los tributos que gravan su internamiento, ello debido a la participación de personas y/u organizaciones dedicadas a burlar los controles aduaneros.

Este tipo de burla es conocido con el nombre de contrabando y está relacionado con el hecho de eludir el control aduanero en el ingreso de las mercaderías, existiendo además la intencionalidad en la comisión de los hechos, lo cual implica de por medio el dolo.

El presente artículo pretende efectuar una descripción breve de la configuración del delito de contrabando pasando desde su definición etimológica hasta el detalle de su regulación legal en la Ley de Delitos Aduaneros, aprobada por la Ley Nº 28008. También se analizará la figura de la defraudación de rentas de aduana.
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