Archivo del Autor: JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú -PUCP. Magíster en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos - UNMSM. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Aplicación práctica del IGV e ISC". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales". - "Implicancias tributarias de las transferencias de los bienes inmuebles: Para Personas Jurídicas y Personas Naturales". Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

LA REPARACION DE ACTIVOS USADOS O LA ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NUEVOS:¿Cuál es más conveniente a nivel tributario?

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LA REPARACION DE ACTIVOS USADOS O LA ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NUEVOS:¿Cuál es más conveniente a nivel tributario?

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCION

Desde hace algunos meses la inversión está en retroceso en nuestro país, ya sea por factores externos como la desaceleración de la economía china, la baja de los precios de las materias primas que exportamos, el alza repentina y permanente del dólar norteamericano, los anuncios que la Reserva Federal de los Estados Unidos de Norteamérica menciona acerca del alza de las tasas de intereses, entre otros aspectos.

Lo antes mencionado trae como consecuencia que existan menos posibilidades de inversión, así como de adquisiciones tanto de existencias como de activos fijos, procurando las empresas intentar acabar con el stock de mercaderías que tienen e intentar abastecerse sin lograr excedentes. Sigue leyendo →

¿ES POSIBLE QUE LAS EMPRESAS SEÑALEN UNA FECHA LÍMITE PARA ACEPTAR COMPROBANTES DE PAGO?: Problemas para la declaración del ingreso y la deducción del gasto en un ejercicio

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¿ES POSIBLE QUE LAS EMPRESAS SEÑALEN UNA FECHA LÍMITE PARA ACEPTAR COMPROBANTES DE PAGO?: Problemas para la declaración del ingreso y la deducción del gasto en un ejercicio

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

Es casi seguro que en el mes de diciembre de cada año, se pueda observar que en la mayor parte de los negocios existe una política interna señalar una fecha tope de recepción de comprobantes de pago correspondientes al año que termina. Aunque algunas empresas lo hacen desde el mes de noviembre.

Se presentan casos en los cuales los servicios que se brindan o las ventas realizadas son posteriores a la fecha del corte de la recepción de los comprobantes, sin embargo por indicación del comprador o adquirente se solicita que se facture con fecha enero del próximo año, lo cual determinaría que el comprobante de pago se emita en fecha distinta a la indicada en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

El motivo del presente informe es determinar si esta práctica que viene desde hace años resulta correcta o no a la luz de la normatividad tributaria y si genera alguna contingencia tributaria posterior, tanto para quien emite el comprobante como para el que lo recepcione.

Asimismo, determinar si es posible o no la utilización del gasto tributario si es que el comprobante de pago se emite y entrega en una fecha posterior al cierre del ejercicio. Sigue leyendo →

COMO ORDENAR LA INFORMACION TRIBUTARIA Y NO FRACASAR EN EL INTENTO

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COMO ORDENAR LA INFORMACION TRIBUTARIA Y NO FRACASAR EN EL INTENTO

MARIO ALVA MATTEUCCI

La mayor cantidad de documentos que puede tener una oficina en las empresas se ubican casi siempre en el área contable, ya sea porque allí se ubican los centros de costos, el lugar donde se analizan las adquisiciones y los servicios brindados a la empresa, al igual que las provisiones de gasto, entre otras cosas.

Lo más común es encontrar archivadores de tipo palanca donde se guardan diversos documentos como órdenes de compra de bienes y/o de prestación de servicios, al igual que sobres donde se encuentran documentos por aprobar y otros que ya cuentan con la autorización. También se guardan los documentos que sirven de sustento para el gasto como son los comprobantes de pago, al igual que los documentos complementarios como son las guías de remisión, las proformas, las cotizaciones, entre otros documentos.

La dificultad que siempre se observa en el área contable es el problema para verificar los tiempos y determinar prioridades. A veces todo es importante, lo urgente se torna en inmediato o lo inmediato cambia de prioridad y se deja de lado, cuando ya existió un avance en su ejecución, perdiéndose un valioso tiempo que no se recupera. Sigue leyendo →

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL ITF CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO GRAVABLE 2015

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CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL ITF CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO GRAVABLE 2015

Último dígito del
número del RUC ——– Vencimiento

0 ————————- 23.03.2016

1————————– 28.03.2016

2 ————————- 29.03.2016

3 — ——————— 30.03.2016

4 ————————- 31.03.2016

5 ————————- 01.04.2016

6 —- ——————– 04.04.2016

7 ———————— 05.04.2016

8  ———————— 06.04.2016

9 ————————- 07.04.2016

Buenos

Contribuyentes —— 08.04.2016

Fuente: Resolución de Superintendencia Nº 358-2015/SUNAT, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el miércoles 30 de diciembre de 2015.

Cabe indicar que la citada Resolución aprueba las disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2015.

FIJAN EN S/ 3,950 EL VALOR DE LA UIT PARA EL AÑO 2016

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FIJAN EN S/ 3,950 EL VALOR DE LA UIT PARA EL AÑO 2016

A través de la publicación del Decreto Supremo Nº 397-2015-EF se determina que durante el año 2016, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como índice de referencia tributaria en normas tributarias será de Tres mil novecientos cincuenta y 00/100 Soles (S/ 3,950).

Fuente: Diario Oficial El Peruano. Edición del jueves 24 de diciembre de 2015.

¿CONOCE COMO DETERMINAR LA VALORACION DE LOS PREDIOS RUSTICOS PARA EL IMPUESTO PREDIAL?

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¿CONOCE COMO DETERMINAR LA VALORACION DE LOS PREDIOS RUSTICOS PARA EL IMPUESTO PREDIAL?

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

El valor de los terrenos y predios urbanos en general se encuentran en alza desde hace algunos años atrás, ello por un proceso de renovación urbana, edificación masiva de viviendas, por inversiones y en algunos casos por especulación, para verificar una posterior alza y generar una ganancia de capital por ello.

En el caso de los predios rústicos ubicados en su mayoría en la periferia de las zonas urbanas o al interior del país, estuvieron descuidados o casi olvidados durante años por sus propietarios, por diversas razones, como la afectación a la reforma agraria, la violencia terrorista, el proceso de migración de sus pobladores a otras regiones, dificultades financieras, entre otras situaciones.

Sin embargo, desde hace algún tiempo los predios rústicos han retomado protagonismo ya sea por procesos de irrigación en marcha, la explotación minera, la construcción de condominios rústicos de viviendas, la creación de granjas avícolas y centros de ordeño, haras, sembríos, entre otros.

Por ello, consideramos necesario desarrollar un tema vinculado con la manera en la cual los propietarios de los predios rústicos deban valorizar los mismos, para efectos del correcto pago del Impuesto Predial ante la municipalidad donde se encuentra ubicado el predio. Sigue leyendo →

CAMBIO DE NOMBRE DE LA UNIDAD MONETARIA DE NUEVO SOL A SOL: ¿Alguna implicancia tributaria?

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CAMBIO DE NOMBRE DE LA UNIDAD MONETARIA DE NUEVO SOL A SOL: ¿Alguna implicancia tributaria?

MARIO ALVA MATTEUCCI

El lunes 14 de diciembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30381, a través de la cual en su artículo 1° determina el cambio de nombre de la unidad monetaria del Perú de Nuevo Sol a Sol, para agilizar las transacciones económicas y adecuarlas a la realidad actual.

El artículo 2° de esta norma modifica los artículos 1. 2, 3, 4, 5 y 10 de la Ley N° 25295, Ley que establece como unidad monetaria del Perú, el “Nuevo Sol” divisible en 100 “céntimos”, cuyo símbolo será “S/.”, de manera tal que toda referencia al Nuevo Sol se debe entender como Sol, cuyo símbolo es “S/”

El artículo 5° de la Ley N° 30381 precisa que esta norma entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación, con lo cual sería desde el 15 de diciembre de 2015. Sigue leyendo →

EL FENÓMENO “EL NIÑO” Y LA TRIBUTACIÓN: ¿Qué efectos se pueden presentar?

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EL FENÓMENO “EL NIÑO” Y LA TRIBUTACIÓN: ¿Qué efectos se pueden presentar?

MARIO ALVA MATTEUCCI

Se anuncia desde hace varios meses que en el 2016 se presentará el fenómeno “El niño”, el cual es un evento natural cíclico que se manifiesta en la irrupción de aguas cálidas en el mar provenientes del Ecuador, lo cual eleva la temperatura del Océano Pacífico que baña las costas de los departamentos del norte peruano.

Además de producirse un calentamiento del mar se presentan otras consecuencias, como por ejemplo el ingreso de especies marinas de aguas cálidas (melva, atún, pez sierra, tiburones, mantas), el retiro de especies que buscan refugio en aguas frías más profundas (sardina, anchoveta, merluza); el incremento de las lluvias en la región norte como Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y parte de Ancash. En la zona de la sierra sur ocurre lo contrario, toda vez que se incrementan los períodos de sequía al disminuir las lluvias en la zona del altiplano en Puno. Sigue leyendo →

CAMBIOS EN EL SISTEMA DE DETRACCIONES: Una mejora en la entrega de las constancias del depósito

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CAMBIOS EN EL SISTEMA DE DETRACCIONES: Una mejora en la entrega de las constancias del depósito

MARIO ALVA MATTEUCCI

Se acaba de publicar en el Diario Oficial El Peruano el miércoles 11 de noviembre de 2015, la Resolución de Superintendencia Nº 310-2015/SUNAT, la cual realiza modificaciones a las Resoluciones de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT (que regula la aplicación de las detracciones a la venta de bienes y servicios) y la Resolución de Superintendencia Nº 073-2006/SUNAT (que regula la aplicación de las detracciones al servicio de transporte de carga).

En la norma materia de comentario contiene una parte en la cual se modifica el literal k del numeral 10 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT, que contiene como exclusión de la aplicación de las detracciones a “Los servicios de exploración y/o explotación de hidrocarburos prestados a favor de PERUPETRO S.A. en virtud de contratos celebrados al amparo de los Decretos Leyes Nº 22774 y 22775 y normas modificatorias”. Sigue leyendo →