LA SUNAT ESTABLECE LOS PLAZOS PARA EL USO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO Nº 845

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LA SUNAT ESTABLECE LOS PLAZOS PARA EL USO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO Nº 845

MARIO ALVA MATTEUCCI

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 339-2017/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano el sábado 30 de diciembre de 2017, la Administración Tributaria autoriza hasta el 31 de diciembre de 2018 el uso de sistemas informáticos para la emisión de tickets, incluso de aquellos aplicativos informáticos que hubieren sido declarados como máquinas registradoras.

Cabe mencionar que el segundo párrafo del artículo único de la citada norma indica que  dicha autorización surtirá efecto siempre que hasta el 31 de diciembre de 2017 los usuarios de tales sistemas presenten el Formulario Nº 845 ante los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT o a través de SUNAT Operaciones en Línea, el cual está disponible en SUNAT Virtual (http://www.sunat.gob.pe) Sigue leyendo

¿CÓMO TRIBUTAN LOS DIVIDENDOS PERCIBIDOS DEL EXTERIOR?

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¿CÓMO TRIBUTAN LOS DIVIDENDOS PERCIBIDOS DEL EXTERIOR?

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

Los dividendos constituyen una ganancia obtenida por las personas que han efectuado inversiones en otras empresas de las cuales son accionistas. Ello implica que solo cuando la empresa haya generado utilidades, tendrá la posibilidad de repartir dividendos. El problema se genera cuando los inversionistas perciben dividendos de empresas ubicadas fuera del país, motivo por el cual el presente informe procura analizar el tratamiento tributario de la entrega de dividendos generados en el exterior a favor de personas naturales domiciliadas en el Perú.

PALABRAS CLAVE

Dividendos / accionista / doble imposición / inversionista / empresas / no domiciliado

ABSTRACT

Dividends are a gain obtained by people who have made investments in other companies of which they are shareholders. This means that only when the company has generated profits will it be possible to distribute dividends. The problem is generated when investors receive dividends from companies located outside the country, which is why this report seeks to analyze the tax treatment of the delivery of dividends generated abroad in favor of individuals domiciled in Peru.

Keywords: Dividends / shareholder / double taxation / investor / companies / non-domiciled

Title: How do dividends received from abroad?

  1. INTRODUCCIÓN

Cuando las personas naturales han efectuado inversiones en el exterior a través de la participación como accionistas, éstas tienen la prerrogativa de participar en los resultados positivos obtenidos, generándose en ese caso la posibilidad de cobro de dividendos, de acuerdo con la legislación del país donde se han efectuado las inversiones.

En esa línea, los dividendos generados por parte de empresas del exterior sufrirán la afectación tributaria del país o territorio en donde se ha producido su distribución. Sin embargo, en el Perú el monto de los dividendos percibidos por parte de accionistas que son personas naturales domiciliadas en el Perú ¿debe tributar nuevamente?, ¿el impuesto pagado en el exterior se puede utilizar como crédito contra el Impuesto a la Renta en el Perú?

Las respuestas a estas preguntas serán materia de respuesta en el presente informe, considerando para efectos didácticos y como ejemplo, cuatro países en los cuales se han generado los dividendos a favor de una persona natural domiciliada en el Perú.

Los cuatro países elegidos han sido Argentina, Colombia, Chile y República Dominicana, con los cuales dos tienen celebrados convenios para evitar la doble imposición tributaria con el Perú y los otros no. Sigue leyendo

DECLARA FACIL: Una forma de acercar la tributación a todos

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DECLARA FACIL: Una forma de acercar la tributación a todos

MARIO ALVA MATTEUCCI

El 27 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 335-2017/SUNAT, a través del cual se crea el servicio Mis Declaraciones y pagos y se aprueban nuevos formularios virtuales.

Resulta interesante apreciar el segundo considerando de la mencionada norma cuando indica lo siguiente “Que a fin de otorgar mayores facilidades a los deudores tributarios se considera conveniente poner a disposición de estos el servicio Mis Declaraciones y pagos que permitirá a los mencionados sujetos acceder a formularios virtuales, presentar sus declaraciones a través de los mismos, pagar los tributos respectivos y realizar consultas sobre las declaraciones presentadas y pagos efectuados; por lo que corresponde aprobar el mencionado servicio, así como los formularios que se utilizarán en el mismo, e incorporar, en una primera etapa, las declaraciones de los tributos indicados en el considerando anterior, eliminando progresivamente el uso del PDT, así como de otros formularios virtuales o físicos para presentar las referidas declaraciones”.      Sigue leyendo

APRUEBAN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA SUNAT

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APRUEBAN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA SUNAT

MARIO ALVA MATTEUCCI

El viernes 29 de diciembre de 2017 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 412-2017-EF, a través del cual se aprueba Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, conforme lo precisa el artículo 1° del citado dispositivo.

El artículo 2° del Decreto Supremo Nº 412-2017-EF indica que se aprueban los derechos de tramitación correspondientes a los procedimientos administrativos que se detallan en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la SUNAT.

Finalmente, el artículo 3° precisa que los Anexos del Decreto Supremo, que contiene el texto íntegro del TUPA de la SUNAT, son publicados en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.gob.pe), en el Portal Institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) y en el portal de Servicios al ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.org.pe).

Sin embargo, al efectuar una revisión de dichos portales hasta el día de hoy (29 de diciembre de 2017) no se han publicado dichos anexos, los cuales esperemos que se publiquen a la brevedad.

FIJAN EN S/ 4,150 EL VALOR DE LA UIT PARA EL AÑO 2018

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FIJAN EN S/ 4,150 EL VALOR DE LA UIT PARA EL AÑO 2018

A través de la publicación del Decreto Supremo Nº 380-2017-EF se determina que durante el año 2018, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como índice de referencia tributaria en normas tributarias será de Cuatro mil ciento cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4,150).

Fuente: Diario Oficial El Peruano. Edición del sábado 23 de diciembre de 2017.

PARTICIPE EN EL SORTEO DE COMPROBANTES DE PAGO: si gana viajará a RUSIA 2018

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PARTICIPE EN EL SORTEO DE COMPROBANTES DE PAGO: si gana viajará a RUSIA 2018

MARIO ALVA MATTEUCCI

Imagine que ve una publicidad donde sortean 10 paquetes dobles a Rusia, que incluyen pasaje aéreo ida y vuelta, alojamiento, 2 entradas a los 3 partidos de la selección peruana (primera fase), desayunos y traslados incluidos, para los participantes.

Siga imaginando y lea otra publicidad donde se sortean 2 paquetes dobles a Rusia, que incluyen pasaje aéreo ida y vuelta, alojamiento, 2 entradas para la semifinal y final a los estadios, desayunos y traslados incluidos, para los participantes.

En la cúspide de su imaginación, revise otra publicidad donde se sortean 2 paquetes dobles a Rusia, que incluyen pasaje aéreo ida y vuelta, alojamiento, 2 entradas a los 3 partidos de la selección peruana (primera fase), desayunos y traslados incluidos, para los emisores de los comprobantes de pago registrados en el sorteo.

Estos premios no son parte de su imaginación y son reales. Los otorgará la SUNAT dentro del sorteo de comprobantes de pago N° 11, modalidad virtual, correspondiente a marzo del 2018. La publicación de las  opciones ganadoras será el 25.04.2018. Sigue leyendo

LA CAUCION DENTRO DE LA LEY PENAL TRIBUTARIA

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LA CAUCION DENTRO DE LA LEY PENAL TRIBUTARIA

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

En el caso de una persona que sea imputada por la comisión de un delito, debe pasar necesariamente por un proceso de investigación, a efectos de poder demostrar si es o no culpable, por lo que debe comparecer ante la autoridad judicial mientras dure el proceso. A efectos de poder mantener su libertad, el juez o la sala penal pueden fijar el pago de una caución (como una especie de fianza) que garantice la comparecencia del inculpado, sin existir mandato de detención. El presente informe analiza la figura de la caución dentro de la Ley Penal Tributaria.

PALABRAS CLAVE

Caución / mandato de detención / libertad / investigación / ley penal tributaria / comparecencia

ABSTRACT

In the case of a person who is imputed for the commission of a crime, must necessarily go through an investigation process, in order to be able to prove whether or not guilty, so it must appear before the judicial authority for the duration of the process. In order to be able to maintain their liberty, the judge or the criminal chamber can set the payment of a bond (as a kind of bail) to guarantee the appearance of the accused, without a detention order. This report analyzes the figure of the bond within the Criminal Tax Law.

Keywords: detention / arrest warrant / freedom / investigation / tax criminal law / appearance

Title: The bond within the Criminal Tax Law

  1. INTRODUCCIÓN

La libertad es el bien más preciado por las personas y por ello éstas buscan protegerlo. Cuando una persona está siendo investigada por la posible comisión de un delito, el fiscal puede solicitar la comparecencia de esta en tanto dure la etapa de investigación preliminar. En este caso, será el juez, a pedido del fiscal, quien dicta la comparecencia.

 

En esta etapa, la persona que es investigada debe acudir a las citaciones que se le entreguen, donde se le informa el requerimiento de presencia física. Este requerimiento normalmente es del tipo de comparecencia simple que no tiene un mandato de detención.

Sin embargo, si las circunstancias lo ameritan, el Juez pueden determinar una prisión de tipo preventivo, como seguridad para que la persona no realice algún intento de fuga o de no comparecencia ante las autoridades que investigan la posible comisión de un delito.

Sin embargo, existe una figura jurídica denominada caución, la cual constituye una especie de garantía económica que permite a la persona investigada, que pueda realizar la comparecencia ante las autoridades que analizan su caso, sin existir de por medio algún mandato de comparecencia con detención.

El motivo del presente informe es revisar la legislación que regula la caución en materia penal y sus implicancias con la Ley Penal Tributaria. Sigue leyendo

LAS DECLARACIONES JURADAS INFORMATIVAS REPORTE LOCAL, REPORTE MAESTRO Y REPORTE PAÍS POR PAÍS: Adecuaciones normativas

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LAS DECLARACIONES JURADAS INFORMATIVAS REPORTE LOCAL, REPORTE MAESTRO Y REPORTE PAÍS POR PAÍS: Adecuaciones normativas

MARIO ALVA MATTEUCCI 

RESUMEN

El Ministerio de Economía y Finanzas acaba de publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Supremo N° 333-2017-EF, según el cual se efectúan modificaciones al Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en la parte correspondiente a las declaraciones juradas informativas por transacciones realizadas por contribuyentes que tengan partes vinculadas o las que realicen desde, hacia o a través de territorios de baja o nula imposición.

PALABRAS CLAVE

Reporte local / Reporte maestro / Reporte país por país / Precios de transferencia / Partes vinculadas

ABSTRACT

The Ministry of Economy and Finance has just published in the official newspaper El Peruano the text of Supreme Decree No. 333-2017-EF, according to which modifications are made to the Regulations of the Income Tax Law, in the part corresponding to informative affidavits for transactions made by taxpayers who have related parties or those who make from, to or through territories of low or no taxation.

KEYWORDS

Local Report / Master Report / Country by Country Report / transfer prices / related parties

TITLE

Informative affidavits, Local Report, Master Report and Country by Country Report: regulatory adjustments Sigue leyendo

YA SE APROBÓ EL REGISTRO DE EXPORTADORES DE SERVICIOS

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YA SE APROBÓ EL REGISTRO DE EXPORTADORES DE SERVICIOS 

MARIO ALVA MATTEUCCI

El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30641, norma que aprueba la Ley que fomenta la exportación de servicios y el turismo. Según el artículo 1° de la citada norma, se indica que su objeto es modificar la legislación del IGV aplicable a las operaciones de exportación de servicios, a fin de fomentar la competitividad de nuestras exportaciones, mejorar la neutralidad del impuesto y eliminar distorsiones en su aplicación a este tipo de operaciones.

Así, con dicha norma se efectuaron modificaciones al texto del artículo 33° de la Ley del IGV, precisando que los servicios se consideran exportados cuando cumplan concurrentemente con los siguientes requisitos:

a) Se presente a título oneroso desde el país hacia el exterior, lo que debe demostrase con el comprobante de pago que corresponda, emitido de acuerdo con el reglamento de la materia y anotado en el Registro de Ventas e Ingresos.

b) El exportador sea una persona domiciliada en el país.

c) El usuario o beneficiario del servicio sea una persona no domiciliada en el país.

d) El uso, la explotación o el aprovechamiento de los servicios por parte del no domiciliado tengan lugar en el extranjero. Sigue leyendo

LIBRO: CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2017 – Gastos deducibles y reparos tributarios

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LIBRO: CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2017 – Gastos deducibles y reparos tributarios

FICHA TÉCNICA:

Autores:

Mario Alva Matteucci

Jorge Flores Gallegos

Fernando Effio Pereda

Yanet Mamani Yupanqui

Liz Vanessa Luque Livón

Cynthia Patricia Oyola Lázaro

Victoria Reyes Puchuri

Gabriela del Pilar Ramos Romero

Diego Aguado López

José Valdiviezo Rosado

Julio César Mamani Bautista

ISBN: 978–612-322-045-7

Páginas: 520
Editorial: Intituto Pacífico SAC
Impresión a cargo de: Pacífico Editores SAC