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ALGUNOS COMENTARIOS A LA LEY N.° 31666, LEY DE PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA ACUICULTURA

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ALGUNOS COMENTARIOS A LA LEY N.° 31666, LEY DE PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA ACUICULTURA

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

On 31-12-2022, the text of Law No. 31666 was published in the oficial newspaper El Peruano, through which the promotion and strengthening of aquaculture activity is sought. This device seeks to establish benefits applicable to aquaculture activity, considering promotional rates applicable to income tax, accelerated depreciation mechanisms in fixed assets, as well as the application of tax refunds during the operational stage and early recovery of the IGV in the preoperative stage. Finally, the creation of the financing and guarantee program for the aquaculture sector has been considered.

Keywords: aquaculture / aquaculture companies / frozen / cured / early recovery

Title: Some comments on Law No. 31666, Law for the promotion and strengthening of aquaculture

RESUMEN

Con fecha 31-12-2022 se publicó en el diario oficial El Peruano, el texto de la Ley N.° 31666, por medio de la cual se busca la promoción y el fortalecimiento de la actividad de acuicultura. Este dispositivo busca establecer beneficios aplicables a la actividad de acuicultura, considerando tasas promocionales aplicables en el impuesto a la renta, mecanismos de depreciación acelerada en bienes del activo fijo, al igual que la aplicación del reintegro tributario durante la etapa operativa y la recuperación anticipada del IGV en la etapa preoperativa. Finalmente, se ha considerado la creación del programa de financiamiento y garantía para el sector acuícola.

Palabras clave: acuicultura / empresas acuícolas / congelado / curado / recuperación anticipada

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SE OTORGAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL SECTOR ACUICOLA

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SE OTORGAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL SECTOR ACUICOLA

MARIO ALVA MATTEUCCI

El jueves 30 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el texto del Decreto Legislativo N° 1515, el cual modifica el Decreto Legislativo N° 1195 que aprueba la Ley General de Acuicultura.

El texto del artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1515 indica que dicha norma tiene por  objeto aplicar los beneficios tributarios de tasas reducidas del impuesto a la renta y la depreciación acelerada previstos en la Ley N° 31110[1], Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, a las actividades de la acuicultura reguladas por el Decreto Legislativo N° 1195[2], Ley General de Acuicultura, para lo cual se tendrá en cuenta las particularidades de este sector y lo previsto en el presente Decreto Legislativo. Sigue leyendo

SE OTORGAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL SECTOR FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE

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SE OTORGAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL SECTOR FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE

MARIO ALVA MATTEUCCI

El jueves 30 de Diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el texto del Decreto Legislativo N° 1517, el cual modifica la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

El texto del artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1517 indica que dicha norma tiene por  objeto aplicar los beneficios tributarios consistentes en las tasas reducidas del impuesto a la renta y la depreciación acelerada previstos en la Ley N° 31110[1], Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, al sector forestal y de fauna silvestre regulado por la Ley N° 29763[2], Ley Forestal y de Fauna Silvestre, para lo cual se tendrá en cuenta las particularidades de este sector y lo previsto en el presente Decreto Legislativo. Sigue leyendo

LA EXONERACIÓN DEL IGV EN LA VENTA DE LIBROS DENTRO DE LOS ALCANCES DE LA LEY Nº 28086 VENCE EN OCTUBRE 2015: ¿Habrá ampliación del plazo?

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LA EXONERACIÓN DEL IGV EN LA VENTA DE LIBROS DENTRO DE LOS ALCANCES DE LA LEY Nº 28086 VENCE EN OCTUBRE 2015: ¿Habrá ampliación del plazo?

MARIO ALVA MATTEUCCI

La Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, aprobada por la Ley Nº 28086, contenía en su artículo 19° un beneficio de exoneración del pago del IGV en la importación y/o venta de los libros y productos editoriales dentro del territorio peruano.

Allí mismo se indicaba que el beneficio de exoneración tendría una vigencia de doce años contados a partir de la vigencia de la Ley Nº 28086, es decir, desde el día 12 de octubre de 2003 por lo que los doce años se cumplirían el 12 de octubre del 2015. Sigue leyendo

EL TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS CETICOS

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EL TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS CETICOS

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

En nuestro país existen los CETICOS desde hace más de una década y su creación respondió a una necesidad de desarrollar ejes económicos en el Perú, prueba de ello es que se ubicaron en las zonas norte y sur del país, utilizando además infraestructura portuaria existente.

Dentro de los objetivos de su creación se buscaba dar el dinamismo necesario a zonas que se encontraban relegadas y en las cuales no se fomentaba ningún proceso grande de transformación industrial.

Como sabemos los CETICOS constituyen áreas geográficas delimitadas, cuya naturaleza califica como zonas primarias aduaneras de trato especial y por ello destinadas a generar polos de desarrollo. El presente informe pretende brindar una orientación relacionada con el tratamiento tributario de los CETICOS, ello sin pretender agotar el tema.

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APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EN ZONAS ALTOANDINAS

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APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS EN ZONAS ALTOANDINAS

Mario Alva Matteucci

El pasado 19 de diciembre de 2009 se publicó la Ley Nº 29482, la cual aprobó la Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades productivas en zonas Altoandinas, la cual estableció exoneraciones tributarias con la finalidad de promover y fomentar el desarrollo de actividades productivas y de servicios, que generen valor agregado y uso de mano de obra en zonas altoandinas, para aliviar la pobreza.

El 31 de enero de 2010 se publicó el Decreto Supremo Nº 051-2010-EF, norma que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29482, el cual se aprueba bajo los alcances de lo señalado por el Única Disposición Final de la mencionada Ley y cuya vigencia operaría a partir del 01 de febrero de 2010.

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