Archivo del Autor: JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

DEVOLUCIÓN DEL IGV A LOS TURISTAS EXTRANJEROS: ASPECTOS A CONSIDERAR

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DEVOLUCIÓN DEL IGV A LOS TURISTAS EXTRANJEROS: ASPECTOS A CONSIDERAR

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

Recently, the Tax Administration has published several regulations, which are aimed at implementing tax refunds to tourists, specifically we refer to the refund of the general sales tax on goods purchased by tourists while they are in Peru, which would allow in some way to boost the arrival of foreign visitors and boost the economy in our country.

KEYWORDS: refund / tourists / tax free / general sales tax / foreigners / purchases

TITLE: Refund of IGV to Foreign Tourists: Aspects to be Considered

RESUMEN

Recientemente, la Administración Tributaria ha publicado diversas normas, las cuales están orientadas a poner en práctica la devolución de impuestos a los turistas, específicamente nos referimos a la devolución del impuesto general a las ventas que grave los bienes que adquieran los turistas mientras se encuentren en el Perú, lo cual permitiría en cierto modo potenciar la llegada de visitantes extranjeros y dinamizar la economía en nuestro país.

PALABRAS CLAVE: devolución / turistas / libre de impuestos / impuesto general a las ventas / extranjeros / compras

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: DEVOLUCION DE IMPUESTOS A LOS TURISTAS – ASPECTOS A CONSIDERAR 

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LA FIDELIZACIÓN A LOS CLIENTES: ¿QUÉ EFECTOS TRIBUTARIOS PUEDEN PRESENTARSE?

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LA FIDELIZACIÓN A LOS CLIENTES: ¿QUÉ EFECTOS TRIBUTARIOS PUEDEN PRESENTARSE?

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

Companies employ various commercial strategies aimed at the consumer public in order to be able to sell their products and/or services in the market, expanding the universe of potential customers. However, it is less costly to keep customers who are already regular buyers of their products or users of the services offered. The latter requires loyalty techniques that will be analyzed in this report, as well as a review of the tax effects they may generate.

KEYWORDS: loyalty / points / redemption / customers / business / business / commercial strategy / discounts / rewards

TITLE: Customer Loyalty: What are the Possible Tax Effects?

RESUMEN

Las empresas emplean diversas estrategias comerciales dirigidas al público consumidor a efectos de poder vender sus productos y/o servicios en el mercado, ampliando el universo de clientes potenciales. Sin embargo, resulta menos oneroso el conservar los clientes que ya son habituales en la compra de sus productos o son usuarios de los servicios que se ofrecen. Esto último requiere de técnicas de fidelización que serán analizadas en el presente informe, al igual que la revisión de los efectos tributarios que pueden generar.

PALABRAS CLAVE: fidelización / puntos / canje / clientes / negocios /estrategia comercial / descuentos / recompensas

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí:  LA FIDELIZACION A LOS CLIENTES – EFECTOS TRIBUTARIOS

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ESTANFLACIÓN: ¿QUÉ EFECTOS TRIBUTARIOS PUEDE PRODUCIR?

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ESTANFLACIÓN: ¿QUÉ EFECTOS TRIBUTARIOS PUEDE PRODUCIR? 

MARIO ALVA MATTEUCCI 

ABSTRACT

In some economies there may be cases in which the prices of products and services have increased due to inflation, either due to external factors or internal factors, which is detrimental to the population and companies. However, this panorama can be further complicated if the case of recession also occurs when the necessary investment is not involved, either due to mistrust of the actors, as well as the economic difficulties that arise, which creates a situation of stagnation of the economy. The union of these two variables determines the existence of stagflation, which will be reviewed in this report.

KEYWORDS: inflation / deflation / stagflation / lack of investment / distrust / crisis

TITLE: Stagflation: What Tax Effects can it Produce?

RESUMEN

En algunas economías pueden presentarse casos en los cuales los precios de los productos y servicios se han incrementado por la inflación, ya sea por factores externos, como también factores internos, lo cual es perjudicial para la población y las empresas. Sin embargo, este panorama puede complicarse aún más si también se presenta el caso de la recesión cuando no existe de por medio la inversión necesaria, ya sea por desconfianza de los actores, como también las dificultades económicas que se presente, lo cual origina una situación de estancamiento de la economía. La unión de estas dos variables determina la existencia de la estanflación, la cual será materia de revisión en el presente informe.

Palabras clave: inflación / deflación / estanflación / falta de inversión / desconfianza / crisis

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¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO TRIBUTARIO DEL DERECHO DE SUPERFICIE?

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¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO TRIBUTARIO DEL DERECHO DE SUPERFICIE? 

MARIO ALVA MATTEUCCI 

RESUMEN

El derecho de superficie constituye una institución jurídica cuyo uso viene desde la antigua Roma y permite que sobre un terreno pueda existir un derecho de explotación a cargo de una persona distinta al propietario del terreno. Esta figura ha venido siendo utilizada en los últimos años, generando en cierto modo un dinamismo en el mercado inmobiliario. El presente estudio analizará esta figura jurídica y sus implicancias tributarias. 

PALABRAS CLAVE

Derecho real / Derecho de superficie / terrenos / suelo / subsuelo / edificación 

ABSTRACT

The right of surface constitutes a legal institution, whose use comes from ancient Rome, and allows that on a land there may be a right of exploitation by a person other than the owner of the land. This figure has been used in recent years, generating a certain dynamism in the real estate market. The present study will analyze this legal concept and its tax implications.

KEYWORDS

Real right / surface right / land / soil / subsoil / building

TITLE

What is the tax treatment of the surface right?

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí:  INFORME DERECHO DE SUPERFICIE

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LIBRO: TEMAS DIVERGENTES – ANÁLISIS TRIBUTARIO CONTABLE: Influencers, Youtubers, Negocios Unipersonales, Criptomonedas, Casas de Cambio

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LIBRO: TEMAS DIVERGENTES – ANÁLISIS TRIBUTARIO CONTABLE: Influencers, Youtubers, Negocios Unipersonales, Criptomonedas, Casas de Cambio

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SEMINARIO ONLINE: EFECTOS TRIBUTARIOS DE LAS DECLARATORIAS DE ESTADO DE EMERGENCIA POR DESASTRES: NUEVAS FECHAS DE VENCIMIENTOS

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LA FISCALIDAD DE LOS BONOS DE CARBONO

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LA FISCALIDAD DE LOS BONOS DE CARBONO 

MARIO ALVA MATTEUCCI

ABSTRACT

Article 12 of the Kyoto Protocol established the rules for creating a Clean Development Mechanism (CDM) to certify that industrialized country members are effectively complying with the reduction of greenhouse gas emissions. It also allowed developing countries to have emission reduction projects, for which they could offer for purchase by the countries that had obligations, in order to comply with them. This gave rise to the market for emission reduction certificates, also known as “carbon credits”, which can allow Peru to develop CDM projects that can generate sources of income.

KEYWORDS: pollution / greenhouse effect / carbon credits / carbon credits / negative externality / clean development mechanism / gas emissions

TITLE: Taxation of Carbon Credits

RESUMEN

En el artículo 12 del Protocolo de Kioto se establecieron las reglas para crear un mecanismo para un desarrollo limpio (MDL) y poder certificar que efectivamente los países industrializados miembros estén cumpliendo con la reducción en la emisión de gases de efecto invernadero. Asimismo, se permitió que países en desarrollo puedan contar con proyectos de reducción de emisiones, los cuales puedan ofrecer para la compra por parte de los países que tenían obligaciones, y así puedan cumplirlas. Aquí surgió el mercado de los certificados de reducción de emisiones, también conocidos como “bonos de carbono”, los cuales pueden permitir al Perú desarrollar proyectos MDL que generen fuentes de ingresos.

PALABRAS CLAVE: contaminación / efecto invernadero / bonos de carbono / externalidad negativa / mecanismo para un desarrollo limpio / emisiones de gases

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ATENTOS A LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS DE SUNAT

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ATENTOS A LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS DE SUNAT

MARIO ALVA MATTEUCCI

El 18 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Legislativo N° 1523, por medio del cual se efectuaron modificaciones a diversos artículos del Código Tributario.

Los cambios estaban vinculados con los artículos que regulaban la facultad de fiscalización, la aplicación de los párrafos segundo al quinto de la Norma XVI, las obligaciones de los administrados, las consultas particulares, el plazo para resolver la apelación, cambios en la infracción tipificada en el numeral 11 del artículo 177, derechos de los administrados, entre otros.

La vigencia de estos cambios fue a partir del día siguiente de la publicación de esta norma, es decir desde el 19 de febrero de 2022.

Sin embargo, existieron algunas modificaciones a los textos de los artículos 104 y 106 del Código Tributario, los cuales no entraron en vigencia el 19 de febrero de 2022, sino que en aplicación de lo señalado por la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1523, su vigencia se postergó para el 1 de marzo de 2023.

En el caso específico del cambio introducido en el literal b) del artículo 104 del Código Tributario, nos centraremos a explicar qué implicancias tributarias se pueden producir.

El texto del artículo 104 que se modificó es el siguiente:

“Artículo 104.- FORMAS DE NOTIFICACIÓN

(…)
b) (…)

Tratándose del correo electrónico u otro medio electrónico aprobado por la SUNAT u otras Administraciones Tributarias o el Tribunal Fiscal que permita la transmisión o puesta a disposición de un mensaje de datos o documento, la notificación se considera efectuada en la fecha del depósito del mensaje de datos o documento”.

Aquí observamos que, en el caso que se efectúe una notificación por medios electrónicos, la notificación surtirá efectos desde el mismo momento en el cual se considera efectuado el depósito del mensaje de datos o documento.

Ello implica que si la SUNAT efectúa una notificación y la envía al buzón electrónico a la que accede el contribuyente con su clave SOL, la notificación surtirá efecto en ese mismo momento, con lo cual, si se requiere contar los días hábiles, como por ejemplo para presentar un recurso de reclamación, necesariamente se contará desde el día hábil siguiente al de la notificación.

Antes de la modificatoria:

Veamos un ejemplo de la notificación de una Resolución de Determinación a un contribuyente, bajo las reglas del artículo 104 del Código Tributario sin considerar los cambios efectuados por el Decreto Legislativo N° 1523.

Adicionalmente, se observa que el contribuyente no está de acuerdo con el valor notificado y decide presentar un recurso de reclamación, por lo que resulta importante verificar desde cuándo se debe contar los 20 días hábiles para interponer el recurso correspondiente.

Para efectos didácticos, se utiliza el mes de febrero de 2023 porque aun no entra en vigencia los cambios introducidos al texto del literal b) del artículo 104 del Código Tributario.

SUNAT notificó una Resolución de Determinación el miércoles 1 de febrero de 2023 en el buzón electrónico del contribuyente, ello determina que se considere lo siguiente:

Miércoles 1 de febrero de 2023: Se produce el depósito de la Resolución de Determinación en el buzón del contribuyente.

Jueves 2 de febrero de 2023: La Notificación de la Resolución de Determinación surte efectos.

Viernes 3 de febrero de 2023: Se empieza a contar los 20 días hábiles para interponer el recurso de reclamación contra la Resolución de Determinación.

Después de la modificatoria

En este punto Para efectos didácticos, se utiliza el mes de marzo de 2023 porque la vigencia de los cambios al artículo 104 del Código Tributario se da en ese período.

SUNAT notificó una Resolución de Determinación el 1 de marzo de 2023 en el buzón electrónico del contribuyente, ello determina que se considere lo siguiente:

Miércoles 1 de marzo de 2023: Se produce el depósito de la Resolución de Determinación en el buzón del contribuyente y se considera notificado en la misma fecha, lo que determina que el valor ya surtió efectos.

Jueves 2 de marzo de 2023: Se empieza a contar los 20 días hábiles para interponer el recurso de reclamación contra la Resolución de Determinación.

Tenga mucho cuidado con el cómputo de los plazos bajo la nueva regla que rige desde el 1 de marzo de 2023 y evite contingencias al momento de presentar algún recurso impugnatorio o la contestación de algún requerimiento.