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ALGUNOS APUNTES SOBRE EL IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS (ITAN)

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ALGUNOS APUNTES SOBRE EL IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS (ITAN)

ABSTRACT

Since 2004, there is a temporary tax on net assets (ITAN) in Peru, which qualifies as a patrimonial tax and is levied on the net assets of business income generators. Even though its name contains the Word “temporary”, at present said tribute has an idea of permanence, which was not the intention of the legislator when it was created, since it only sought to obtain income to cover a fiscal deficit.

The present work seeks to analyze some notes on ITAN, also verifying the legislative antecedents that can serve as a reference.

KEYWORDS

property tax / net assets / credit / machinery and equipment / tax base / seniority

TITLE

Some notes on the temporary tax on net assets (ITAN)

RESUMEN

Desde el 2004, existe en el Perú el impuesto temporal a los activos netos (ITAN), el cual califica como un impuesto patrimonial y grava los activos netos de los generadores de rentas empresariales. Aun cuando su nombre contenga la palabra “temporal”, en la actualidad dicho tributo tiene una idea de permanencia, lo cual no era la intención del legislador cuando lo creó, ya que solo se buscaba obtener ingresos para cubrir un déficit fiscal.

El presente trabajo busca analizar algunos apuntes sobre el ITAN, verificando también los antecedentes legislativos que pueden servir de referencia.

PALABRAS CLAVE

impuesto patrimonial / activos netos / crédito / maquinaria y equipo / base imponible / antigüedad

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: ALGUNOS APUNTES SOBRE EL ITAN

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LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL: Algunos criterios a tener en cuenta para el 2015

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LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL: Algunos criterios a tener en cuenta para el 2015

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

Luego de culminado un proceso de elecciones municipales y regionales, las nuevas autoridades electas o reelectas, según sea el caso, iniciarán un período de mandato de cuatro años, comprendido entre el 2015 hasta el 2018.

En el caso de los alcaldes y regidores electos asumirán dicho mandato efectivo desde el 1 de enero del 2015, estando en pleno proceso de elaboración de las cuponeras que serán repartidas a los diversos contribuyentes del distrito o provincia, conteniendo la declaración del Impuesto Predial, además de los recibos para proceder a su cancelación y la determinación de los arbitrios municipales.

Lo que normalmente sucede es que la gestión saliente puede dejar encaminado este proceso, para que la gestión entrante lo asuma y continúe. Sin embargo, por temas de renuncia de funcionarios y/o trabajadores, rencillas electorales, rivalidad política o diversas razones, puede dejar inconcluso el proceso de elaboración de las cartillas, no haber coordinado el reparto con alguna agencia de mensajería y en el peor de los casos ni siquiera haber iniciado este proceso, lo cual perjudica claramente a la nueva gestión y a los contribuyentes de dicho distrito.

El presente informe pretende dar una revisión de la base imponible del Impuesto Predial, analizando los componentes que se utilizan para poder realizar el cálculo del Impuesto Predial, estableciendo además una evaluación histórica de la normatividad que regula dicho tema. Finalmente, adelantar que a fines del mes de octubre se deben estar publicando en el Diario Oficial El Peruano, las Resoluciones Ministeriales que aprueban los valores unitarios oficiales de edificación y valores unitarios a costo directo para Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra y Selva, entre otras.

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APRUEBAN LA TABLA DE VALORES REFERENCIALES DE VEHICULOS PARA DETERMINAR LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR

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APRUEBAN LA TABLA DE VALORES REFERENCIALES DE VEHICULOS PARA DETERMINAR LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR

MARIO ALVA MATTEUCCI

Con fecha 7 de enero de 2014 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” una separata especial conteniendo el texto de la Resolución Ministerial Nº 003-2014-EF/15, a través de la cual se aprueba la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para efectos de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al Ejercicio 2014.

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