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APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019 (Por los periodos Abril, Mayo y Junio 2021)

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APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019

(Por los periodos Abril, Mayo y Junio 2021)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Con fecha sábado 17 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto de la Resolución de Superintendencia N° 000099-2021/SUNAT, por medio de la cual se aprobó el porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019.

El artículo único de dicha norma indicó lo siguiente:

Apruébese el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019[1], aprobado por el Decreto Supremo Nº 419-2019-EF[2], como sigue:

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

Abril 2021

14.21%

Mayo 2021

13.57%

Junio 2021

12.89%

La Única Disposición Complementaria Final indicó que la presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Considerando que esta norma se publicó el día sábado 17 de julio de 2021, su vigencia es a partir del día domingo 18 de julio de 2021.

Si se desea revisar el texto completo de la Resolución de Superintendencia N° 000099-2021/SUNAT, debe ingresar aquí: R.S. 099-2021-SUNAT

[1] El Decreto de Urgencia N° 012-2019 se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha viernes 15 de noviembre de 2019. Dicha norma establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-establece-medidas-para-fortalecer-la-decreto-de-urgencia-n-012-2019-1827273-1 (consultado el 19.07.2021).

[2] El Decreto Supremo N° 419-2019-EF se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha martes 31 de diciembre de 2019. Dicha norma aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019 que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-reglamento-del-decreto-de-urgencia-no-012-2019-q-decreto-supremo-n-419-2019-ef-1842032-1 (consultado el 19.07.2021).

APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019 (Por los periodos Enero, Febrero y Marzo 2021)

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APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019

(Por los periodos Enero, Febrero y Marzo 2021)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Con fecha sábado 17 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto de la Resolución de Superintendencia N° 000052-2021/SUNAT, por medio de la cual se aprobó el porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019.

El artículo único de dicha norma indicó lo siguiente:

Apruébese el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019[1], aprobado por el Decreto Supremo Nº 419-2019-EF[2], como sigue:

MES PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)
Enero 2021 15.74%
Febrero 2021 14.76%
Marzo 2021 13.88%

La Única Disposición Complementaria Final indicó que la presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Considerando que esta norma se publicó el día sábado 17 de abril de 2021, su vigencia es a partir del día domingo 18 de abril de 2021.

Si se desea revisar el texto completo de la Resolución de Superintendencia N° 000052-2021/SUNAT, debe ingresar aquí: RS 000052-2021-SUNAT

[1] El Decreto de Urgencia N° 012-2019 se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha viernes 15 de noviembre de 2019. Dicha norma establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-establece-medidas-para-fortalecer-la-decreto-de-urgencia-n-012-2019-1827273-1 (consultado el 20.04.2021).

[2] El Decreto Supremo N° 419-2019-EF se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha martes 31 de diciembre de 2019. Dicha norma aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 012-2019 que establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional. Si desea revisar el texto completo de esta norma, debe ingresar a la siguiente dirección web: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-reglamento-del-decreto-de-urgencia-no-012-2019-q-decreto-supremo-n-419-2019-ef-1842032-1 (consultado el 20.04.2021).