QUEDATE EN CASA

[Visto: 1407 veces]

QUEDATE EN CASA

MARIO ALVA MATTEUCCI

En pasados días la Organización Mundial de la Salud – OMS calificó al brote del Coronavirus (COVID – 19) como una pandemia mundial, ello debido a la rapidez que se producía el contagio exponencial de personas en el mundo. En este contexto, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, por medio del cual se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario.

Posteriormente, mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, disponiéndose un aislamiento social obligatorio (cuarentena) por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID – 19. Dicho plazo vencía el lunes 30 de Marzo de 2020, siendo prorrogado por trece  días más, el cual vence el próximo domingo 12 de abril de 2020.

En este contexto, la gran mayoría de trabajadores no han podido movilizarse hacia sus centros de labores, por lo que en muchos casos se han efectuado ajustes en las tareas que les corresponden realizar por parte de los empleadores. Ello ha permitido que el teletrabajo pueda ser una herramienta útil para seguir desarrollando actividades, en la medida que las labores se lo permita.

En el rubro de asesoría tributaria y/o contable se han presentado casos en los cuales los trabajadores encargados de la elaboración de los estados financieros, han debido recurrir a la telemática como herramienta para continuar con sus labores, con las dificultades que el caso presenta como por ejemplo, no tener a la mano todos los documentos fuente que son elementos necesarios para revisar los gastos deducibles.

Recordemos que la información debe ser clasificada, ordenada, confrontada, analizada y de todo este proceso se infiere el resultado que el fisco necesita conocer, si se obtendrán pérdidas tributarias o utilidad tributaria que determine el pago o no del Impuesto a la Renta a favor de la Administración Tributaria.

En este orden de ideas, hemos observado que en los últimos días se han publicado varias normas, por parte del Poder Ejecutivo y la propia SUNAT, las cuales han establecido prórrogas importantes a los cronogramas de presentación de las obligaciones mensuales, de las declaraciones juradas de diversos tributos, del atraso en los libros y/o registros de naturaleza tributaria, del envío de información por medios electrónicos, normas que permiten una liberación de fondos de las cuentas de detracciones, facilidades en los fraccionamientos de deuda tributaria, entre otros.

Todo esto ha obligado a los profesionales del rubro de asesoría tributaria y/o contable a estar pendientes de la publicación de las normas, ingresando de manera permanente a la revisión de la edición digital del Diario Oficial El Peruano.

Aparte de ello, muchas de estas normas fueron publicadas en ediciones extraordinarias del referido diario oficial, cuya vigencia era el mismo día de su publicación, por expresa mención de las disposiciones que contenían, lo cual obliga a estar pendientes de todos los detalles de la misma, incluso de las disposiciones complementarias finales, las cuales a veces no se les toma la atención debida.

La información en línea, las publicaciones en diversos blog, los videos, las charlas virtuales, el dato que algún contacto pueda enviar y compartir por correo electrónico o las redes sociales, constituyen hoy en día las herramientas más valiosas para estar informado de los últimos cambios normativos y sus implicancias que acarrean en el momento y el futuro inmediato.

Incluso la presente publicación ha sido elaborada de manera íntegra desde nuestras casas, sin desplazamiento físico, acatando las disposiciones emitidas por el Poder Ejecutivo, ello debido al aislamiento social obligatorio que es necesario para evitar la propagación del Coronavirus (COVID – 19), haciendo uso de todas las herramientas que la tecnología otorga hoy en día.

Evitemos salir de nuestros hogares, si no es para lo más necesario que es aprovisionarse de alimentos, retirar dinero de alguna institución bancaria o adquirir medicamentos en alguna farmacia.

Te pedimos que te quedes en casa, hazlo por ti, por tu familia y por todos.

Puntuación: 3 / Votos: 2
Esta entrada se publicó en Personal y está etiquetada con , , , , , en por .

Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *