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LAS ACCIONES INDUCTIVAS DE SUNAT CONTARAN CON EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS

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LAS ACCIONES INDUCTIVAS DE SUNAT CONTARAN CON EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS

MARIO ALVA MATTEUCCI

Como se recordará, a través de la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT se aprobó el Sistema Integrado del Expediente Virtual, conocido por sus siglas SIEV. Este sistema permite actualmente el llevado de los expedientes electrónicos de los siguientes temas: (i) procedimientos de cobranza coactiva de la deuda tributaria correspondiente a tributos internos; (ii) procedimientos de fiscalización y de determinados cruces de información; (iii) además de la presentación de diversas solicitudes, informes, comunicaciones y escritos.

Según lo precisa el último párrafo del artículo 3 de la mencionada norma, “el SIEV garantiza la integridad e inalterabilidad de los documentos electrónicos que conforman el expediente electrónico”. Sigue leyendo

LOS EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS Y LA FISCALIZACIÓN PARCIAL ELECTRÓNICA

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LOS EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS Y LA FISCALIZACIÓN PARCIAL ELECTRÓNICA

MARIO ALVA MATTEUCCI

El pasado lunes 27 de agosto de 2018 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 199-2018/SUNAT, a través de la cual se efectúan modificaciones a la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT, con la finalidad de poder incorporar los expedientes electrónicos del procedimiento de fiscalización parcial electrónica al Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV).

Como se recordará, la SUNAT en cumplimiento de las facultades otorgadas por los artículos 86-A y 112-B del Código Tributario, aprobó la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT, por medio de la cual se crea el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) para el llevado de los expedientes electrónicos de los procedimientos de cobranza coactiva para cobrar la deuda tributaria, correspondientes a tributos internos.

El sistema señalado anteriormente constituye una herramienta de tipo informático, que es útil para la gestión documental de los expedientes electrónicos, lo cual permite: (i) generar el expediente electrónico; (ii) registrar los documentos que lo conforman; (iii) realizar el seguimiento de la tramitación de la documentación contenida en el expediente; (iv) conservar y consultar el estado del procedimiento por parte del deudor tributario. Sigue leyendo