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LA EXONERACIÓN DEL IGV EN LA VENTA DE LIBROS DENTRO DE LOS ALCANCES DE LA LEY Nº 28086 VENCE EN OCTUBRE 2015: ¿Habrá ampliación del plazo?
MARIO ALVA MATTEUCCI
La Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, aprobada por la Ley Nº 28086, contenía en su artículo 19° un beneficio de exoneración del pago del IGV en la importación y/o venta de los libros y productos editoriales dentro del territorio peruano.
Allí mismo se indicaba que el beneficio de exoneración tendría una vigencia de doce años contados a partir de la vigencia de la Ley Nº 28086, es decir, desde el día 12 de octubre de 2003 por lo que los doce años se cumplirían el 12 de octubre del 2015. Sigue leyendo