Archivo de la etiqueta: Estados Financieros

ORGANICE SU TIEMPO EN EL CIERRE DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y EVITE CONTINGENCIAS CON EL FISCO

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ORGANICE SU TIEMPO EN EL CIERRE DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y EVITE CONTINGENCIAS CON EL FISCO

MARIO ALVA MATTEUCCI 

Aún faltan dos meses y medio para que se termine el año 2013, plazo que también coincide con el cierre del ejercicio gravable para efectos del Impuesto a la Renta. Ello determina que los contribuyentes deben estar alertas en contar con la información necesaria que sea útil para la elaboración de los Estados Financieros.

Entre la información que debemos tener en cuenta se encuentran los documentos fuente que serían los comprobantes de pago, sin los cuales el registro contable no guardaría sustento, pero ello implica también contar con las órdenes de servicio al igual que el documento que da cuenta de la culminación, representado por la conformidad del mismo. Otro documento que también sirve para estos efectos es la orden de compra para el caso de los bienes muebles y el acta de entrega, lo cual va de la mano con la Guía de Remisión correspondiente (sea transportista o remitente) que demuestre el traslado de los mismos al almacén o también su salida.

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APRUEBAN NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR PARTE DE SOCIEDADES O ENTIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5º DE LA LEY Nº 29720

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APRUEBAN NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR PARTE DE SOCIEDADES O ENTIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5º DE LA LEY Nº 29720

MARIO ALVA MATTEUCCI

1. INTRODUCCIÓN

Cuando se publicó la Ley N° 29720, norma que promueve las Emisiones de Valores Mobiliarios y Fortalece el Mercado de Capitales, se determinó en su artículo 5° que las sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios o sus activos totales sean iguales o excedan a tres mil unidades impositivas tributarias (UIT), deben presentar a dicha entidad sus estados financieros auditados por sociedades de auditoría habilitadas por un colegio de contadores públicos en el Perú, conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y sujetándose a las disposiciones y plazos que determine la SMV.

En cumplimiento de este mandato se ha realizado la publicación de la Resolución SMV N° 011-2012-SMV/01 en el Diario Oficial “El peruano” el 2 de mayo de 2012, a través de la cual se aprobaron las Normas Sobre la Presentación de Estados Financieros Auditados por Parte de Sociedades o Entidades a las que se Refiere el Artículo 5° de la Ley Nº 29720.

Cabe indicar que los Estados Financieros constituyen la base necesaria en la elaboración de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de naturaleza empresarial en la tercera categoría.

El motivo del presente informe es realizar un análisis de la normatividad aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores, sobre la presentación de los Estados Financieros auditados utilizando las NIIF como elementos para su elaboración de manera obligatoria.

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PREPÁRESE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

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PREPÁRESE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

MARIO ALVA MATTEUCCI

Una vez finalizado el año y la efervescencia de las fiestas llega la parte seria para el área contable de toda empresa, en los meses de enero y febrero los profesionales vinculados al área contable y tributaria deben realizar esfuerzos en ubicar, ordenar, clasificar y analizar una serie de documentos y registros, para proceder a la elaboración de los Estados Financieros por el período que finaliza.

En un primer momento se tomarán en cuenta las informaciones y datos contables de los registros y de las operaciones, pero aquí es donde interviene un análisis adicional, el análisis bajo la normatividad tributaria, el cual está orientado a identificar de esa información contable que gastos serán aceptados, cuales generan de algún modo diferencias temporales o quizás diferencias permanentes.

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