NUEVOS CAMBIOS EN LAS TASAS DE DETRACCIONES: Algo que se esperaba
MARIO ALVA MATTEUCCI
El miércoles 12 de noviembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 343-2014/SUNAT, a través de la cual se realizaron algunos cambios al régimen de detracciones, permitiendo de este modo alguna flexibilización en la aplicación de las devoluciones de los saldos no aplicados que algunos contribuyentes mantienen en las cuentas del Banco de la Nación, la rebaja de las tasas estableciendo en cierto modo uniformidad en su aplicación, al igual que el retiro de algunos bienes consignados en los Anexos 1 y 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT.
Los cambios más importantes ocurridos en el tema de las detracciones son los siguientes:
En el ANEXO 1 – BIENES (Cambios operan a partir del 1 de enero de 2015)
– Azúcar ————– Se le retira del SPOT.
– Alcohol etílico — Se le retira del SPOT.
– Algodón ———– Se le retira del SPOT.
En el ANEXO 2 – BIENES (Cambios operan a partir del 1 de enero de 2015)
– Recursos hidrobiológicos ———— Se rebaja la tasa de 9% a 4%
– Maíz amarillo duro ——————— Se rebaja la tasa de 9% a 4%
– Algodón en rama sin desmotar —- Se le retira del SPOT
– Caña de azúcar————————- Se le retira del SPOT
– Arena y piedra ————————– Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración—- Se le retira del SPOT
– Aceite de pescado ——————— Se le retira del SPOT
– Harina, polvo y “pellets” de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos ———————————– Se rebaja la tasa de 9% a 4%
– Embarcaciones pesqueras ———- Se le retira del SPOT
– Leche ————————————- Se le retira del SPOT
– Madera ———————————– Se rebaja la tasa de 9% a 4%
– Oro gravado con el IGV ————– Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta—- Se le retira del SPOT
– Espárragos——————————- Se le retira del SPOT
– Minerales no metálicos—————- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV ——– Se rebaja la tasa de 4% a 1.5%
– Minerales no metálicos ————— Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Plomo ————————————- Se le retira del SPOT
En el ANEXO 3 – SERVICIOS (Cambios operan a partir del 1 de enero de 2015)
– Intermediación laboral y tercerización ——————- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Arrendamiento de bienes———————————— Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Mantenimiento y reparación de bienes muebles —— Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Movimiento de carga —————————————– Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Comisión mercantil ——————————————- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Fabricación de bienes por encargo ———————- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
– Servicio de transporte de personas ———————- Se rebaja la tasa de 12% a 10%
Se debe precisar que en aplicación de lo dispuesto por la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia Nº 343-2014/SUNAT, los cambios en las tasas de detracción, así como el retiro de los bienes del sistema de detracciones entrará en vigencia el primer día calendario del mes de enero de 2015 y es aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se habría originado a partir de dicha fecha, es decir, desde el 1 de enero de 2015.
En cuanto a la flexibilización que se presenta en la solicitud de liberación de los montos depositados en las cuentas de detracciones, se ha establecido que se pueda solicitar hasta cuatro veces al año dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre. Recordemos que antes se mencionaba que se podría solicitar los montos en los meses de enero, mayo y setiembre. Cabe precisar que la vigencia de este cambio opera a partir del 1 de abril de 2015, de acuerdo a la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia Nº 343-2014/SUNAT.
Recuerde que estos cambios entran en vigencia a partir del 1 de enero de 2015, para el cambio de las tasas y el retiro de bienes del SPOT. En lo que respecta a la flexibilización de las fechas para la solicitud de devolución de los montos depositados en las cuentas de detracciones rige a partir del 1 de abril de 2015. ¡No se confunda y evite contingencias!.
MUY BUENO E INTERESANTE Y NECESARIO