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LIBRO: FISCALIZACIÓN ELECTRÓNICA Y DESBALANCE PATRIMONIAL – El uso de cuentas bancarias empresariales para gastos personales

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LIBRO: FISCALIZACIÓN ELECTRÓNICA Y DESBALANCE PATRIMONIAL – El uso de cuentas bancarias empresariales para gastos personales

CONTENIDO

  • Capítulo I: Fiscalización electrónica: elementos que determinan su aplicación en el caso de las personas naturales.
  • Capítulo II: El consumo de las personas naturales como elemento para identificar la capacidad contributiva.
  • Capítulo III: Cuentas empresariales: uso de tarjetas de créditos empresariales para solventar gastos personales.
  • Capítulo IV: Control de gastos personales sustentados en facturas electrónicas. Uso del big data.
  • Capítulo V: Revisión de los movimientos bancarios por medio de la utilización del ITF.
  • Capítulo VI: Reglas para la bancarización de operaciones empresariales a través de cuentas personales.
  • Capítulo VII: Determinación del incremento patrimonial no justificado.
  • Capítulo VIII: Incidencia de los préstamos en la justificación de incrementos patrimoniales.
  • Capítulo IX: Jurisprudencia y pronunciamientos vinculados.
  • Capítulo X: Legislación comparada.

FICHA TÉCNICA:

Autores:

Mario Alva Matteucci

Gabriela del Pilar Ramos Romero

Liz Vanessa Luque Livón

Josué Bernal Rojas

Colaboradores:

José Patiño Blas

Yésica Magaly Príncipe Jiménez

ISBN: 978–612-322-290-1

Páginas: 526

Editorial: Instituto Pacífico SAC

ALGUNOS EJEMPLOS DE GASTOS PERSONALES Y DE SUSTENTO DEL CONTRIBUYENTE Y SUS FAMILIARES QUE NO SON ACEPTADOS COMO GASTO TRIBUTARIO

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ALGUNOS EJEMPLOS DE GASTOS PERSONALES Y DE SUSTENTO DEL CONTRIBUYENTE Y SUS FAMILIARES QUE NO SON ACEPTADOS COMO GASTO TRIBUTARIO

MARIO ALVA MATTEUCCI

Conforme lo indica el literal a) del artículo 44º de la Ley del Impuesto a la Renta, se precisa que no se acepta como gasto deducible para efectos de la determinación de la renta neta de tercera categoría a los gastos personales incurridos por el contribuyente, al igual que en el caso de los gastos de sustento del contribuyente, toda vez que ello determina que son reparables.

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