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LOS ACUERDOS ANTICIPADOS DE PRECIOS: ¿cuál es su regulación en el Impuesto a la Renta?

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LOS ACUERDOS ANTICIPADOS DE PRECIOS: ¿cuál es su regulación en el Impuesto a la Renta?

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

Dentro de la política de investigación propia de la Administración Tributaria en el caso de la sustentación de las operaciones realizadas entre partes vinculadas, existe la necesidad de contar en algunas situaciones con un estudio técnico de precios de transferencia, los cuales están orientadas a servir de sustento del precio establecido por las partes en situaciones de competencia con terceros ajenos.

Este informe es elaborado por profesionales expertos en la materia de la operación llevada a cabo por partes vinculadas, permitiendo de este modo servir de sustento ante una posible revisión de parte del fisco. El informe contiene dentro de su estructura, una explicación de los métodos aplicables al igual que una comparación de los mismos frente a situaciones en los cuales no existe vinculación.

Existe la posibilidad que el propio contribuyente pueda cumplir con ofrecer un acuerdo anticipado de precios de transferencia con el fisco, a través de la suscripción de un convenio cuya naturaleza es necesariamente de índole civil, de tal manera que se conozca con anticipación y con una certeza mayor la aplicación de los precios de las transacciones.

El motivo del presente informe es revisar la legislación del Impuesto a la Renta, que regula la figura de los acuerdos anticipados de precios. Sigue leyendo