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¿CÓMO EFECTUAR DONACIONES Y NO TENER CONTINGENCIAS EN LA DEDUCCIÓN DEL GASTO?

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¿CÓMO EFECTUAR DONACIONES Y NO TENER CONTINGENCIAS EN LA DEDUCCIÓN DEL GASTO?

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCIÓN

Las donaciones constituyen actos de liberalidad de tipo voluntario por el cual una entidad o persona busca disponer de parte de su patrimonio, para poder transferirlo de manera gratuita en favor de un tercero, el cual puede ser una entidad sin fines de lucro o una entidad del sector público.

Al consultar el término donación observamos que el Diccionario de la Real Academia Española – RAE, consigna como significados los siguientes: “1. f. Acción y efecto de donar. 2. f. Der. Liberalidad de alguien que transmite gratuitamente algo que le pertenece a favor de otra persona que lo acepta”1.

CABANELLAS define a la donación de la siguiente manera: “En general, regalo, don obsequio, dádiva, liberalidad.//Acto por el que se da o entrega algo sin contraprestación, cual liberalidad o como recompensa inexigible. // Contrato por el que alguien enajena graciosamente algo a favor de otro, que lo acepta de manera expresa o tácita.”2

De manera genérica una donación debe cumplir tres requisitos:

1. Debe existir una atribución de tipo patrimonial gratuita que busque enriquecer al donatario.
2. En forma paralela se presenta una disminución de manera correlativa sobre el donante.
3. Existe la causa de tipo contractual la cual está constituida por la mera liberalidad del donante.

En la donación existen dos partes claramente identificables, por un lado está el DONANTE, que es la persona que realiza la donación y el DONATARIO que es quien recibe la donación.

El motivo del presente informe es presentar los requisitos que deben cumplirse para poder realizar una donación y no tener reparo alguno en la deducción del gasto, para efectos de la determinación de la renta neta de tercera categoría en el Impuesto a la Renta.

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