EUROPA A LA VISTA: ¿Se ha eliminado la visa Schengen?

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EUROPA A LA VISTA: ¿Se ha eliminado la visa Schengen?

MARIO ALVA MATTEUCCI

En 1985 cinco países de la Unión Europea como Francia, Alemania, Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos, establecieron un acuerdo común para poder suprimir los controles fronterizos dentro de sus territorios y propiciar la libre circulación a través de los visados otorgados de manera común.

Dicho acuerdo entró en vigencia en el año 2001 y permite establecer un área considerada espacio común, la cual recibe el nombre de espacio de Schengen, por una pequeña ciudad que está ubicada en Luxemburgo.

Actualmente el espacio Schengen abarca un territorio que incluye 26 países en donde todos aquellos que residan en los países que firmaron el acuerdo pueden circular libremente. El territorio abarca a los siguientes Estados: España, Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia y Hungría. También están Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Holanda, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza.

Cabe indicar que adicionalmente existen 42 países que no pertenecen a la Unión Europea, pero sus ciudadanos pueden ingresar libremente al territorio sin necesidad del visado, entre ellos podemos nombrar a Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Estados Unidos, Japón, México y Nueva Zelanda. Esto se ha logrado por la celebración de acuerdos con dichos países.

En el caso del Perú y Colombia resultaba incongruente la exigencia de la visa a sus connacionales para ingresar al espacio Schengen, si ambos Estados anteriormente habían celebrado un Tratado de Libre Comercio con la Comunidad Europea, lo cual determinaba que existía mayor confianza hacia dichas naciones latinoamericanas, pero se veía empañada por la exigencia de la visa.

Solo se espera que se pueda culminar un paso más que es la emisión de los denominados pasaportes biométricos, el cual sería el requisito fundamental para ingresar al espacio Schengen. Demás está decir que una vez que se pueda cumplir con este requisito, el flujo de pasajeros, tanto de Perú como de Colombia hacia el continente europeo se incrementará.

Al existir una facilidad mayor de viaje al espacio Schengen, ello incrementará los vuelos, la venta de pasajes, la reserva de hoteles, la organización de paquetes turísticos, las capacitaciones, la participación en ferias y congresos, la vista a futuros clientes y proveedores, entre otros hechos.

A nivel tributario se deben analizar si los gastos realizados por viáticos son deducibles o no, si existen gastos de representación utilizados en el exterior, verificar si se debe o no pagar el IGV por el servicio prestado por no domiciliados y utilizado económicamente en el Perú, entre otros elementos de relevancia tributaria.

Ese mayor flujo de viajes tanto de ida como de retorno del Perú y Colombia al continente europeo reactivarán en cierto modo las economías de los países del espacio Schengen, a la vez que permitirá realizar visitas de hasta 90 días sin necesidad de contar con la visa, la cual de por sí era en cierto modo un trato discriminatorio, que esperemos no se vuelva a repetir.

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Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

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