LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE LOCAL 2018: ¿Quiénes están obligados?
MARIO ALVA MATTEUCCI
Según lo indica el texto del literal g) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, los contribuyentes que se encuentren dentro de los supuestos señalados en el numeral 4 del artículo 32 de la citada Ley, cuyos ingresos devengados en el ejercicio gravable superen las 2,300 UIT, deberán presentar anualmente la declaración jurada informativa “Reporte Local”, respecto de las transacciones que generen rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del impuesto.
En concordancia con lo indicado anteriormente, el texto del literal a) del artículo 117 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, precisa que la declaración jurada informativa “Reporte local”, debe contener tres aspectos generales, los cuales son:
- Datos del contribuyente.
- Datos de las transacciones del contribuyente con partes vinculadas realizadas en el ejercicio del cual se presenta la declaración jurada informativa “Reporte local”.
- Datos de la información financiera del contribuyente.
Cabe precisar que los detalles de cada uno de estos rubros, se indican de manera clara en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual recomendamos revisar. Sigue leyendo