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LA PRUEBA EN EL CODIGO TRIBUTARIO PERUANO

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LA PRUEBA EN EL CODIGO TRIBUTARIO PERUANO

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCION

Una de las etapas del procedimiento contencioso tributario que tiene vital importancia y que guarda relación con los hechos materia de análisis, dentro de una reclamación o apelación tributaria es la prueba.

La etapa probatoria constituye la esencia de todo proceso en el cual se necesite declarar el derecho o resolver un conflicto de intereses, ya que sirve para afirmar una determinada posición de una de las partes en conflicto.

La presentación de pruebas constituye entonces un mecanismo de defensa que permite ejercer el derecho a la contradicción. En ella la prueba forma parte de la argumentación preparada por el contribuyente para revertir ciertos hechos. En este punto LUPI precisa que “Se considera a la prueba como “argumentación”, como “razonamiento” (en su dimensión intelectual, mental, etc., especificada con anterioridad), se debe convenir que todo aquello que tiene aptitud para convencer es una prueba, y en este punto vale la pena dedicar dos palabras a la “verosimilitud” y a la “probabilidad”: es cierto, desde luego, que la verosimilitud en sí misma atañe a la alegación, y no a la probabilidad del hecho, pero cuando con la alegación se nos remite a nociones de experiencia común, es decir, se afirma que “con base en nociones de experiencia común el hecho verosímil debe considerarse verificado en el presupuesto de hecho”, la palabra verosímil es utilizada en una acepción diversa, equivaliendo a “suficiencia probable con base a nociones de experiencia común” 1.

Tengamos en cuenta que la prueba “…es la que debe demostrar la existencia de los elementos constitutivos de las normas jurídicas a aplicar; es la prueba de la verdad de una afirmación” 2.

El presente artículo busca establecer una descripción de la regulación de la prueba en los 44 años de existencia del Código Tributario Peruano, dando un especial énfasis en lo referente a la descripción de los medios probatorios, la presentación y actuación de pruebas, las pruebas de oficio, el término probatorio y los medios probatorios extemporáneos.

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