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DICTAN NORMATIVIDAD RELACIONADA CON EL COMITÉ REVISOR DE LA SUNAT

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DICTAN NORMATIVIDAD RELACIONADA CON EL COMITÉ REVISOR DE LA SUNAT

 MARIO ALVA MATTEUCCI

 RESUMEN

El Decreto Legislativo N° 1422, incorporó a partir del 14 de setiembre de 2018 el texto del artículo 62-C del Código Tributario, el cual contiene la normatividad relacionada con la aplicación de los párrafos segundo al quinto de la Norma XVI del Título Preliminar.

Dentro de esta normatividad se creó el Comité Revisor como órgano colegiado de la SUNAT, el cual tendrá necesariamente competencia en los casos donde el proceso de fiscalización se observe la presencia de actos, situaciones y relaciones económicas contempladas en la citada Norma XVI.

A través de la publicación de la Resolución de Superintendencia N° 153-2019/SUNAT se han dictado las normas relacionadas para su funcionamiento.

PALABRAS CLAVE

Comité Revisor / Elusión / Evasión / Fiscalización Tributaria / Cláusula antielusiva / Administración Tributaria

  1. INTRODUCCIÓN

El pasado miércoles 31 de julio de 2019, la administración tributaria publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 153-2019/SUNAT, por medio de la cual se dictan las normas necesarias para la implementación, organización y funcionamiento del Comité Revisor a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario[1].

Esta norma era necesaria, para que se pueda determinar con claridad, las reglas aplicables al funcionamiento del Comité Revisor al interior de la SUNAT, para que pueda desarrollar su competencia en los casos, en donde a través de un proceso de fiscalización a los contribuyentes, el fisco observe la presencia de actos, situaciones y relaciones económicas contempladas en la citada Norma XVI, la cual contiene la Cláusula Antielusiva General.

El motivo del presente informe es revisar con detalle la normatividad contenida en la referida Resolución de Superintendencia.

[1] El Código Tributario fue aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y su Texto Único Ordenado se aprobó por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias. Sigue leyendo

PARAMETROS DE FONDO Y FORMA PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA ANTIELUSIVA (Parte final)

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PARAMETROS DE FONDO Y FORMA PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA ANTIELUSIVA (Parte final)

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

La Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario contiene la denominada Cláusula Antielusiva General, conocida también como cláusula antielusoria. Esta surge como una respuesta de los Estados, precisamente para combatir la elusión, plasmada a través de la denominada planificación fiscal agresiva, procurando evitar el abuso de las formas jurídicas de parte de algunos contribuyentes, mayormente multinacionales.

Recientemente se ha publicado el Decreto Supremo N° 145-2019-EF, por medio del cual se aprobaron los parámetros de fondo y forma para la aplicación de la cláusula antielusiva general, contenida en la Norma XVI antes señalada.

El presente trabajo efectuará un comentario sobre el dispositivo recientemente aprobado.

Palabras clave: elusión / evasión / derechos constitucionales / economía de opción / parámetros de fondo / parámetros de forma

(continuación)

4.5 El informe complementario o aclaratorio debe ser notificado al sujeto fiscalizado antes de su derivación al Comité Revisor

El texto del numeral 10.5 del artículo 10 de la norma que reglamenta la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, apreciamos que allí se menciona que el informe complementario o aclaratorio que resulte de lo señalado en el párrafo anterior[1], una vez revisado por el jefe del área de fiscalización o auditoría, también debe ser notificado al sujeto fiscalizado antes de su derivación al Comité Revisor.

Se precisa que esta derivación se efectúa en un plazo no mayor a los diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el comité realice la solicitud de complementación o aclaración.

[1] Señalado en el numeral 4.4 del presente informe.

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PARAMETROS DE FONDO Y FORMA PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA ANTIELUSIVA (Primera parte)

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PARAMETROS DE FONDO Y FORMA PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA ANTIELUSIVA (Primera parte)

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

La Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario contiene la denominada Cláusula Antielusiva General, conocida también como cláusula antielusoria. Esta surge como una respuesta de los Estados, precisamente para combatir la elusión, plasmada a través de la denominada planificación fiscal agresiva, procurando evitar el abuso de las formas jurídicas de parte de algunos contribuyentes, mayormente multinacionales.

Recientemente se ha publicado el Decreto Supremo N° 145-2019-EF, por medio del cual se aprobaron los parámetros de fondo y forma para la aplicación de la cláusula antielusiva general, contenida en la Norma XVI antes señalada.

El presente trabajo efectuará un comentario sobre el dispositivo recientemente aprobado.

Palabras clave: elusión / evasión / derechos constitucionales / economía de opción / parámetros de fondo / parámetros de forma Sigue leyendo

LA SUNAT YA PUEDE APLICAR LA CLÁUSULA ANTIELUSIVA GENERAL EN SU INTEGRIDAD

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LA SUNAT YA PUEDE APLICAR LA CLÁUSULA ANTIELUSIVA GENERAL EN SU INTEGRIDAD

MARIO ALVA MATTEUCCI

Es pertinente indicar que, cuando se revisa el texto del artículo 8° de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, apreciamos que el legislador decidió suspender la facultad de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT (no de otras administraciones tributarias), para poder aplicar la Norma XVI, con la excepción de lo señalado en el primer y último párrafos de la misma, a los actos, hechos y situaciones producidas con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1121, el cual realizó varias modificaciones al texto del Código Tributario.

Ello equivale a decir, desde el día 18 de julio de 2002 hacia atrás, tomando en cuenta que el citado Decreto Legislativo entró en vigencia el 19 de julio de 2012. Sigue leyendo

LA NORMA XVI DEL TITULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO TRIBUTARIO: LA CLÁUSULA ANTIELUSIVA GENERAL

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LA NORMA XVI DEL TITULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO TRIBUTARIO: LA CLÁUSULA ANTIELUSIVA GENERAL

MARIO ALVA MATTEUCCI

SUMARIO

  1. Introducción – 2. Cuestiones previas: elusión, evasión, economía de opción, simulación, fraude a la ley – 3. Norma que contiene la cláusula antielusiva general – 4. ¿Cómo ha evolucionado la norma antielusiva general en la legislación peruana? 5. Otras medidas antielusivas en el Perú: las cláusulas especiales

RESUMEN

El Perú tiene dentro de su legislación tributaria una cláusula antielusiva general, la cual se refleja en la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario. A través de este dispositivo se procura descubrir situaciones de elusión tributaria a cargo de los contribuyentes, quienes aprovechan figuras como fraude a la ley, simulación o la propia evasión, ello en perjuicio del fisco. El presente artículo analizará tanto los antecedentes como al regulación actual de la cláusula antielusiva general.    

PALABRAS CLAVE

Elusión / evasión / economía de opción / fraude a la ley / clausula antielusiva general / simulación

ABSTRACT

Peru has within its tax legislation a general anti-elusive clause, which is reflected in Norm XVI of the Preliminary Title of the Tax Code. Through this mechanism, tax avoidance situations in charge of taxpayers are investigated, who take advantage of such figures as fraudulent laws, simulation or tax avoidance, to the detriment of the tax authorities. This article will analyze both the background and the current regulation of the general anti-elusive clause.

KEYWORDS:

tax avoidance / tax evasion / economy of choice / law fraud / general anti-elusive clause / simulation

TITLE:

The norm XVI of the preliminary title of the tax code: the general elusive clause Sigue leyendo