DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL LISTADO DE ENTIDADES QUE PODRÁN SER EXCEPTUADAS DE LA PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)
MARIO ALVA MATTEUCCI
Con fecha miércoles 28 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 315-2022-EF, según el cual se aprueba el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se refiere el artículo 11º de la Ley Nº 29173[1], que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo.
Según lo señala el segundo párrafo del artículo 2º del referido Decreto Supremo, el listado será publicado en el Portal del Ministerio de Economía y Finanzas a más tardar el último día hábil del mes de diciembre de 2022 y regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación.
Si se desea revisar el texto de esta norma puede ingresar aquí: DECRETO SUPREMO 315-2022-EF
[1] Si se desea revisar el texto completo de la Ley N° 29173, puede ingresar a la siguiente dirección web: https://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/29173.pdf