Archivo de la etiqueta: CIERRE CONTABLE TRIBUTARIO

LIBRO: CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2017 – Gastos deducibles y reparos tributarios

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LIBRO: CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2017 – Gastos deducibles y reparos tributarios

FICHA TÉCNICA:

Autores:

Mario Alva Matteucci

Jorge Flores Gallegos

Fernando Effio Pereda

Yanet Mamani Yupanqui

Liz Vanessa Luque Livón

Cynthia Patricia Oyola Lázaro

Victoria Reyes Puchuri

Gabriela del Pilar Ramos Romero

Diego Aguado López

José Valdiviezo Rosado

Julio César Mamani Bautista

ISBN: 978–612-322-045-7

Páginas: 520
Editorial: Intituto Pacífico SAC
Impresión a cargo de: Pacífico Editores SAC

LIBRO: CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2016 – Gastos deducibles y reparos tributarios

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LIBRO: CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO 2016 – Gastos deducibles y reparos tributarios

CIERRE TRIBUTARIO 2016

AUTORES DEL LIBRO

FICHA TÉCNICA:

Autores:

Abogado Mario Alva Matteucci

C.P.C. Fernando Effio Pereda

C.P.C. Julio César Mamani Bautista

C.P.C. José Valdiviezo Rosado

Deili Zelada Rodríguez

Ivo García Shapiama

ISBN: 978–612-4328-56-5

Páginas: 420
Editorial: Intituto Pacífico SAC
Impresión a cargo de: Pacífico Editores SAC

LIBRO: CIERRE CONTABLE TRIBUTARIO 2014 – Gastos deducibles y reparos tributarios

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LIBRO: CIERRE CONTABLE TRIBUTARIO 2014 – Gastos deducibles y reparos tributarios

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PRESENTACIÓN

Los perceptores de rentas de tercera categoría en el régimen general, que obtengan rentas computables para los efectos de la Ley de Impuesto a la Renta vigente, están obligados a presentar la declaración jurada anual por sus rentas gravables del ejercicio 2014 ante la Administración Tributaria.

Esta obligación tributaria, en la mayoría de los casos, significa una compleja e incluso una apremiante labor para los profesionales cuando no se guarda un debido tratamiento contable y tributario de las operaciones realizadas. Por ello, el camino es mantener un orden y sobre todo una consistencia entre: la documentación sustentatoria, su anotación en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios debidamente legalizados con el contenido de las declaraciones mensuales y evidentemente con la anual, y siempre que estén de acuerdo al mandato de las normas tributarias vigentes en el ejercicio fiscal.

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