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FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR TRIBUTARIO EN EL PERÚ

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FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR TRIBUTARIO EN EL PERÚ

MARIO ALVA MATTEUCCI

Estimados amigos, quería compartir con todos el último artículo que he publicado en la revista y que desarrolla los fundamentos constitucionales del derecho administrativo sancionador tributario en el Perú.

Dicho texto analiza el Estado social y democrático de derecho en el Perú, con énfasis en la Constitución de 1993 como parámetro supremo para la Administración Pública y su potestad sancionadora. Se destacan principios como legalidad, proporcionalidad y debido proceso en la Ley del Procedimiento Administrativo General y el Código Tributario, aplicados al derecho tributario sancionador. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional refuerza el deber estatal de promover bienestar social y la colaboración ciudadana vía tributos, bajo umbrales de protección progresiva.

De igual forma, se subraya la constitucionalización del derecho administrativo, limitando la arbitrariedad y exigiendo responsabilidad subjetiva en sanciones.

El análisis culmina en una síntesis que tensiona eficacia recaudatoria con derechos fundamentales, proponiendo un régimen sancionador coherente y democrático.

Espero que sea de utilidad

Saludos cordiales

Mario Alva Matteucci

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

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¿QUE ES LO QUE DEBE CONOCER SOBRE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD?

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¿QUE ES LO QUE DEBE CONOCER SOBRE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD?

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

Dentro de la principal norma del país, que es la Constitución Política, existen reglas que deben ser cumplidas para el ejercicio de la potestad tributaria, otorgadas a los diferentes niveles del Estado, con la finalidad que estos, al ejercerla, puedan crear, modificar, suprimir y exonerar de tributos a los contribuyentes, dentro del ámbito de su competencia. Lo antes mencionado se encuentra regulado en el artículo 74° de dicho cuerpo normativo.

Cabe indicar que esta potestad no es irrestricta e ilimitada, sino que debe cumplir ciertos parámetros, los cuales están representados por los principios tributarios, algunos de los cuales son explícitos al ser mencionados en la propia Constitución Política y otros que existen de manera implícita, al estar relacionados con otros principios.

Uno de los principios tributarios considerados de manera explícita en el texto del artículo 74° de la Constitución Política es el de Igualdad, el cual guarda estrecha relación con el principio de Capacidad Contributiva.

El motivo del presente informe es analizar el Principio de Igualdad Tributaria y poder ver como se ha manifestado en los pronunciamientos de la jurisprudencia, tanto en el Tribunal Fiscal como en el caso del Tribunal Constitucional. Sigue leyendo

ALCANCES SOBRE EL PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA EN MATERIA TRIBUTARIA

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ALCANCES SOBRE EL PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA EN MATERIA TRIBUTARIA

MARIO ALVA MATTEUCCI

  1. INTRODUCCIÓN

Dentro de la propia Constitución Política existen reglas que deben ser cumplidas para el ejercicio de la potestad tributaria, otorgadas a los diferentes estamentos del Estado, con la finalidad que estos, al ejercerla, puedan crear, modificar, suprimir y exonerar de tributos a los contribuyentes, dentro del ámbito de su competencia. Ello se encuentra regulado en el artículo 74° de dicho cuerpo normativo.

Sin embargo esta potestad no es irrestricta e ilimitada, sino que debe cumplir ciertos parámetros, los cuales están representados por los principios tributarios, algunos de los cuales son explícitos al ser mencionados en la propia Constitución política y otros que existen de manera implícita, al estar relacionados con otros principios.

Uno de los principios tributarios considerados de manera implícita en el texto del artículo 74° de la Constitución Política es el de Capacidad Contributiva, el cual guarda estrecha relación con el principio de igualdad.

El motivo del presente informe es analizar el Principio de Capacidad Contributiva y poder ver como se ha estado aplicando en los distintos tributos. Sigue leyendo