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Taller en Lima: REVISIÓN DEL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO EN LAS PERSONAS NATURALES Y LA LEY PENAL TRIBUTARIA
Miércoles 25 y jueves 26 de abril de 2018
MIÉRCOLES 25 DE ABRIL 2018
Mario Alva Matteucci
PARTE I – EL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO
TEMARIO:
- ¿Cómo descubrir la renta presunta en las personas naturales?
- ¿Dónde se encuentra regulada la figura dela presunción del incremento patrimonial no justificado?
- ¿Cuáles son los medios por los cuales la SUNAT puede tomar conocimiento del incremento patrimonial no justificado?
- Los signos exteriores de riqueza.
- Las variaciones patrimoniales.
- La adquisición y transferencia de bienes.
- Las inversiones.
- Los depósitos en cuentas de entidades del sistema financiero nacional y/o el extranjero.
- Los consumos.
- Los gastos efectuados durante el ejercicio fiscalizado.
- Análisis de los siguientes conceptos:
- Patrimonio.
- Pasivos.
- Patrimonio inicial.
- Patrimonio final.
- Métodos que el fisco utiliza para la determinación del Incremento Patrimonial No justificado.
- Método del balance más consumo.
- Método de adquisiciones y desembolsos.
- Elementos que no pueden justificar el incremento patrimonial no justificado.
- La huella del Impuesto a las Transacciones Financieras – ITF.
- Los efectos de la Ley N° 30730 en la bancarización.
JUEVES 26 DE ABRIL 2018
DANIEL IRWIN YACOLCA ESTARES
PARTE II – LA LEY PENAL TRIBUTARIA
TEMARIO:
- La Ley Penal Tributaria.
- Los delitos tributarios
- Gravedad el hecho ilícito.
- Culpabilidad.
- Interés protegido.
- Naturaleza de la sanción.
- Entidad sancionadora.
- Base legal que lo sustenta.
- El tipo base de la defraudación tributaria y sus modalidades.
- Revisión del iter criminis o camino del delito.
- Tipo agravado del delito tributario.
- El delito contable.
- Los delitos autónomos en la Ley Penal Tributaria.
- Proporcionar información falsa al efectuar inscripción o modificación de datos en el Registro Único de Contribuyentes – RUC).
- Almacenaje de bienes para su distribución, comercialización, transferencia u otra forma de distribución, cuyo valor supere las 50 UIT, en lugares no declarados al fisco como domicilio fiscal o establecimiento anexo).
- Confección, obtención, venta o facilitación de comprobantes de pago, notas de crédito, notas de débito o guías de remisión).
- Agravantes de las conductas delictivas señaladas en los artículos 1° y 2° de la Ley Penal Tributaria).
- La acción penal: El papel del Ministerio Público (Fiscalía) y la SUNAT.
- La caución en materia penal.
- El delito de lavado de activos.
Para más información ingrese aquí: http://www.aempresarial.com/boletin/AE_2018-03-23MUUPlima_25y26abr.html