ALGUNOS CAMBIOS EN LOS PORCENTAJES DE DETRACCIONES
MARIO ALVA MATTEUCCI
El sábado 3 de marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 071-2018/SUNAT, a través de la cual se realizaron cambios en los porcentajes del régimen de detracciones, respecto de algunos servicios comprendidos en el Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias.
El artículo único de la Resolución de Superintendencia Nº 071-2018/SUNAT modifica a doce por ciento (12%) el porcentaje aplicable para la determinación del depósito, tratándose de los servicios señalados en los numerales 1, 3, 5 y 10 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, conforme se indica a continuación:
En el ANEXO 3 – SERVICIOS (Cambios operan a partir del 1 de abril de 2018)
NUMERAL | DEFINICIÓN | PORCENTAJE |
1 | Intermediación laboral y tercerización | Se incrementa la tasa de 10% a 12% |
3 | Mantenimiento y reparación de bienes muebles | Se incrementa la tasa de 10% a 12% |
5 | Otros servicios empresariales | Se incrementa la tasa de 10% a 12% |
10 | Demás servicios gravados con el IGV | Se incrementa la tasa de 10% a 12% |
Se debe precisar que en aplicación de lo dispuesto por la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia Nº 071-2018/SUNAT, dicha norma entra en vigencia el 1 de abril de 2018 y se aplica a las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del Impuesto General a las Ventas se origine a partir de dicha fecha.