APRUEBAN NUEVO SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADOR DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS (SEE – OSE)

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APRUEBAN NUEVO SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADOR DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS (SEE – OSE)

MARIO ALVA MATTEUCCI

Luego de la emisión del comprobante electrónico por parte de los contribuyentes, existe un proceso de validación que lo realiza actualmente la SUNAT, con la finalidad que dichos comprobantes sean válidos, tanto para quien los emite como a quien los recepciona.

Mientras más personas ingresen al sistema de emisión electrónica, los servidores de SUNAT donde se realizan los procesos de validación también se incrementan y se genera una mayor demanda que puede originar un colapso del servicio y por ende dificultades en la validación automática, generando retrasos en la misma.

Lo antes indicado permite observar que la solución no es que se incremente el número de servidores al interior de la Administración Tributaria, toda vez que ello irrogaría ingentes recursos financieros solo en administrar información, dejando desatendidas otras labores, como la fiscalización, recaudación y resolución de expedientes en las áreas de reclamos al igual que la respuesta a solicitudes no contenciosas, lo cual perjudicaría también al propio contribuyente.

Es pertinente indicar que este proceso de validación es gratis, toda vez que la SUNAT no efectúa ningún cobro por este servicio, asumiéndolo en su integridad.

En este contexto se hace necesario que existan más entidades que efectúen el sistema de validación de los comprobantes de pago electrónicos, además de la propia SUNAT, con el propósito que se agilice la validación automática de éstos.

El pasado 31.12.2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el texto del Decreto Legislativo N° 1314, a través del cual se faculta a la SUNAT a establecer que sean terceros quienes efectúen la comprobación material en el sistema de emisión electrónica, es decir, el proceso de validación indicado en líneas anteriores. Dicha norma tiene vigencia a partir del 01.01.2017.

En este sentido, el numeral 1 del artículo único de dicha norma, indica que, en caso la SUNAT considere necesario que se compruebe de manera informática el cumplimiento de los aspectos esenciales para que se considere emitido el documento electrónico que sirve de soporte a los comprobantes de pago electrónicos, a los documentos relacionados directa o indirectamente a esos comprobantes y a cualquier otro documento que se emita en el sistema de emisión electrónica; dicha entidad se encuentra facultada a establecer que sean terceros quienes efectúen esa comprobación con carácter definitivo, previa inscripción en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos.

Lo que se aprecia a través de este dispositivo, es que la SUNAT puede trasladar a terceros la posibilidad de efectuar la comprobación de los aspectos esenciales para la emisión correcta de los comprobantes electrónicos. Lo cual incrementaría la posibilidad de contar con una validación de tipo automático más efectiva y oportuna.

A efectos de poder solucionar la situación antes descrita y efectuar un desarrollo normativo de la facultad otorgada por el Decreto Legislativo N° 1314, la SUNAT publicó la Resolución de Superintendencia N° 117-2017/SUNAT en el Diario Oficial El Peruano el pasado 11 de mayo de 2017, por medio de la cual se aprueba el nuevo sistema de emisión electrónica operador de servicios electrónicos (SEE – OSE).

El artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 117-2017/SUNAT crea el Registro de Operaciones de Servicios Electrónicos, precisando que es aquel en el que se deben inscribir los sujetos que desean tener la calidad de OSE para estar habilitados a realizar, al amparo del artículo único del Decreto Legislativo N° 1314, la comprobación informática del cumplimiento de las condiciones de emisión de los documentos electrónicos que sean emitidos a través del SEE – OSE, cuando sean contratados por el emisor electrónico.

La norma adicionalmente desarrolla temas como (i) el operador de servicios electrónicos; (ii) los comprobantes de pago y documentos relacionados a aquellos incluyendo disposiciones sobre la factura electrónica, la boleta de venta electrónica, el recibo electrónico de servicios públicos y la nota electrónica (que incluye a la nota de crédito y nota de débito, ambas electrónicas); (iii) los comprobantes de retención electrónica al igual que los comprobantes de percepción electrónica.

Tengamos en cuenta que este sistema de validación que ahora será ofrecido por terceros y no la SUNAT tiene un costo, el cual asumirá el contribuyente. Además, estemos alerta porque de acuerdo a la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1314, el sistema de emisión electrónica Operador de Servicios Electrónicos (SEE – OSE) podrá ser un sistema de uso obligatorio cuando se hayan inscrito al menos tres (3) sujetos en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos que brinden el servicio a nivel nacional.

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Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

4 pensamientos en “APRUEBAN NUEVO SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADOR DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS (SEE – OSE)

  1. LUIS HUAMAN EVARISTO

    DR ALVA:
    MUCHAS GRACIAS POR SUS COMENTARIOS, LOS LEO CONSTANTMENTE Y EN ESTA OPORTUNIDAD ME PERMITO HACER UN COMENTARIO O CONSULTA RESPECTO A ESTE NUEVO SISTEMA DE EMISION ELECTRONICA, ME PREGUNTO ¿QUE PASARÀ CON LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS CONTRIBUYENTES, INCLUSO GRANDES CONTRIBUYENTES QUE ACTUALMENTE UTILIZAN EL PORTAL DE LA SUNAT PARA LA EMISION ELECTRONICA DE SUS COMPROBANTES DE PAGO? ¿PODRÁN SEGUIR UTILIZANDO ESTE PORTAL? HAGO ESTA INTERROGANTE YA QUE PARA LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS CONTRIBUYENTES PROBABLEMENTE SEA UNA CARGA EXCESIVA.
    SALUDOS CORDIALES

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  2. Christian Mulatillo Panduro

    Buenos días,

    De acuerdo al articulo publicado, indica que el contribuyente tiene que asumir el costo adicional, tengo entendido que este costo es mensual y se cobra el servicio de validación y por cada documento digital.
    He tenido oportunidad de conversar con algunos clientes que tienen su pequeño comercio y no están de acuerdo con este planteamiento, somos un grupo de desarrolladores de sistema les hemos comentado a a nuestros clientes que aunque no estén de acuerdo es una norma establecida por la Sunat. Gracias por haber publicado este articulo.

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  3. Jorge Gómez

    Yo también soy desarrollador de sistemas y vivo en provincia. Imagínese que la tarifa propuesta es de 0.01 dólar americano por transacción. Si un minimarket emite mínimo 100 ventas al día sería 1 dolár diario, multiplicado por 30, da como pagar 100 soles mensuales adicionalmente a todos los servicios que ya paga.
    Cómo sería en una panadería, en un grifo, en una librería, etc, etc que emiten muchos más comprobantes.
    Ya existen más de 3 operadores OSE, entonces recurro a usted, para que me absuelva la duda si a la fecha ya es obligatorio legalmente sólo usar este camino ?? Le escribo esto porque consultando a la Sunat por el (01) 315-0730 me explicaron que no hay una norma que indique que es obligatorio, es decir podemos seguir usando SEE pero tampoco me dijeron hasta cuando. La Sunat sólo obedece al DL 1314, que lo promulgó PPK y Thorne pero no hay acaso alguien que se pronuncie por este recontralobby.
    Este Señor Carlos Drago de la Sunat no tiene una calculadora para saber que está dándole más gasto al contribuyente cuando debería ser al contrario, hacer un sistema menos complejo para enviar los comprobantes y por último pues deberían asignar un presupuesto que permita a ellos mismos soportar la carga masiva de esta facturación electrónica. Después de todo estos gestores de la Facturación Electrónica no calcularon desde el inicio de su obra que esto iba a ser enorme. Que problema !! cuando los contribuyentes quieran reclamar ya habrá sido tarde.
    Saludos

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  4. Yosif Humala Acuña

    Al respecto, y en representación de la AECE PERU (Asociación de Empresas de Conectividad Electrónica del Perú) permitannos comentar lo siguiente.
    Implementar la norma “PAGAR por PAGAR tus impuestos” no tiene ningún sentido en la actualidad y SUNAT pone en riesgo todo el sistema de facturación electrónica que ha costado años levantar. Las empresas, especialmente las PYMES difícilmente “PAGARAN por PAGAR sus impuestos”. Es evidente que la publicación de una norma de esta naturaleza, tendrá corta vida y solo conllevará a que, a raíz de las protestas, se decida que “las empresas sigan pagando sus impuestos como hasta ahora, es decir, mayoritariamente en papel. En ese escenario todos perdemos.
    Nos hemos reunido con diferentes gremios, algunos de ellos inclusive visitados por SUNAT previamente. Todos estamos a favor de los OSE porque representa una mejora al modelo. Pero los gremios manifiestan que en ningún momento se les dijo que ahora deberán “PAGAR por PAGAR sus impuestos” y coinciden que esto será insostenible en el tiempo. Inclusive mencionaron que un alto funcionario de SUNAT, en su disertación, dijo que estaba siguiendo el modelo mexicano donde “la SUNAT de ese país” asume el costo de los OSE. En AECE consideramos que es el camino más adecuado.
    Como AECE siempre nos interesa que la SUNAT tenga mucho éxito en la implementación de la factura electrónica. No es gratuito. Las empresas formales gastan 2,8 veces más en tecnología que las informales. Por tanto, a mayor formalización mayor negocio para nuestros asociados. Nosotros fomentamos una SUNAT recaudadora y facilitadora. Por eso hemos apelado a SUNAT, a través de diferentes comunicaciones, para que realice un análisis mayor del modelo y evite distorsionar el mercado. Distorsión que ya se está causando –todavía sin norma pero con avisos de “marketing”- y que causará con una eventual publicación de la norma de obligatoriedad del uso de un OSE empezando por las PYMES en corto plazo y luego con las empresa que ya están en facturación electrónica.
    Los OSE están actuando como cualquier empresario lo haría. Si no actuaran como lo están haciendo serían muy malos empresarios. Con este avisaje gratuito de SUNAT lo que las OSEs están haciendo es “descremar” el mercado. Acaso SUNAT no sabe que las empresas se constituyen para ganar dinero? La gran utilidad está en las primera 1,500 empresas; la utilidad intermedia está las siguientes 8,500 empresas; el resto de las empresas que se quieren implementar este año (el SuperIntendente declaró ayer que quiere 600,000 empresas para fin de año) tienen una importancia igual a CERO para los OSE. Pero a quien debería importarle las PYMES? Por supuesto que a SUNAT porque serán el siguiente grupo en incorporarse a la facturación electrónica. O SUNAT cree que los OSEs van a dejar de atender a WONG, RIPLEY y similares, por irse a conectar el software de un pequeño restaurante en Tumbes que tiene una sola PC? Además, en este importante momento cuando se están peleando el mercado entre solo 6 jugadores y renovando todos sus contratos?.
    Nash (el de la teoría de los juegos) sostenía que es posible encontrar un punto en un modelo matemático donde todos los actores maximicen su beneficio. Este punto de maximización de beneficio en este caso, es que los contribuyentes NO PAGUEN por PAGAR sus IMPUESTOS. Es decir, SUNAT asuma el costo de los OSEs. Con ello, la facturación electrónica crecería, habría mayor recaudación, mayor automatización –más control tributario- y con ello SUNAT ganaría muchísimo cumpliendo su labor. Los OSE también ganarían porque tendrían un cliente cautivo que es SUNAT y procesarían millones de transacciones. Las PYMES –empresas en general- podrían optar por comunicarse directamente o contratar los servicios de un tercero (empresa de conectividad llamada por SUNAT, PSE) la cual le debe generar valor agregado. No solo es facturación electrónica, sino factoring, planillas electrónicas, seguridad social, decenas de servicios adicionales que se crearían. Si el PSE no aporta valor, las empresas no los contratarán. Se crea un mercado virtuoso.
    Ojala SUNAT reflexione a tiempo. Destruir es más fácil que construir.

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