Enrique Fernández Chacón tras dar positivo a la COVID-19: “Estoy en proceso de recuperación”
El congresista del Frente Amplio, Enrique Fernández Chacón, confirmó que se encuentra fuera de peligro y en proceso de recuperación tras dar positivo a la COVID-19.
En conversación telefónica con RPP Noticias, el parlamentario no perdió su buen humor para asegurar que, si ha sobrevivido a una “pensión miserable”, el nuevo coronavirus no lo va a matar.
“Hoy estoy fuera del marco de peligro. Segundo, ya la fiebre ha desaparecido, ha retrocedido por completo, estoy en proceso de recuperación, tres o cuatro días más estaré en circulación”, indicó.
Enrique Fernández Chacón señaló que al inicio se realizó una prueba rápida y como no tenía síntomas lo dejó pasar, luego decidió tomar precauciones y se realizó una prueba molecular al presentar fiebre y ser atendido por su hijo médico. “Incluso doble, me hice en la Clínica San Felipe y en la Ricardo Palma”, agregó.
“El problema del virus ha tomado unas dimensiones increíbles que uno ya no se siente seguro en ningún lado. Le aseguro de que he tomado todas las precauciones del caso, he cortado todas las reuniones que tenía programadas, pero a veces uno no puede evitar salir a comprar un pan, un periódico o darse un par de vueltas por donde vive y he adquirido la infección”, relató.
Enrique Fernández Chacón aprovechó para recomendar a la población exagerar en los controles preventivos ante la epidemia ya que el nuevo coronavirus no distingue de edad.
Fuente: Radio Programas del Perú.
Estado burocrático
¿Qué actividades podrán reanudarse en la Fase 2 de la reactivación económica?
El inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales es a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.
En el marco de emergencia sanitaria por el coronavirus (COVID-19), el Gobierno aprobó a través del Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, el inicio de la segunda fase de la reactivación económica conforme a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial.
El referido decreto publicado en la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano indica que la implementación de la Fase 2 inicia a partir de la vigencia del presente decreto supremo.
Se faculta, asimismo, al Ministerio de la Producción (Produce) para que disponga el inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional, previa coordinación con los gobiernos locales y los sectores Interior, Defensa y Salud.
Las empresas, entidades, personas jurídicas o naturales que realizan sus actividades a través de conglomerados productivos y/o comerciales, deben cumplir con los protocolos y normas aprobados por la Autoridad Sanitaria Nacional.
¿Qué actividades podrán reanudar sus operaciones?
Agricultura
Títulos habilitantes y actos administrativos.
Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental.
Titulación de la propiedad agraria y catastro rural Implementación de planes de negocio.
Minería
Exploración del estrato de la gran y mediana minería. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos:
Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamento(s) minero(s) y/o acondicionar componente(s) auxiliar(es) y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores.
Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente.
Manufactura
Elaboración de alimentos preparados para animales.
Elaboración de bebidas malteadas y de malta.
Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.
Elaboración de vinos.
Elaboración de productos de tabaco.
Fabricación de calzado.
Actividades de impresión.
Actividades de servicios relacionadas con la impresión.
Reparación de equipo de transporte, excepto los vehículos automotores.
Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos.
Reparación y mantenimiento de otros equipos n.c.p.
Construcción
Proyectos de inversión pública, proyectos de inversión privada, Asociaciones Público Privadas, Proyectos en Activos, IOARR y el PIRCC.
Comercio
Venta de vehículos automotores.
Mantenimiento y reparación de vehículos automotores.
Ventas de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores.
Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios.
Venta al por menor de equipo de deporte en comercios especializados.
Venta al por mayor de otros enseres domésticos.
Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos.
Servicios
Actividades jurídicas.
Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos.
Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades.
Actividades veterinarias.
Hospedaje (apart hotel).
Actividades de seguridad privada .
Actividades de servicio de sistemas de seguridad.
Actividades de investigación.
Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
Alquiler y arrendamiento operativo de otro tipo de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
Actividades de telecomunicaciones alámbricas.
Actividades de telecomunicaciones inalámbricas.
Actividades de telecomunicaciones por satélite.
Otras actividades de telecomunicación.
Otras actividades de servicios de apoyo a la empresas n.c.p.
Actividades postales.
Actividades de mensajería.
Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático.
Otras actividades de apoyo al transporte.
Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.
Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores.
Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril.
Construcción de proyectos de servicio público.
Construcción de otras obras de ingeniería civil.
Otras instalaciones para obras de construcción.
Captación, tratamiento y distribución de agua.
Evacuación de aguas residuales.
Servicios de transporte de pasajeros por carretera interprovincial: los servicios de transporte interprovincial privado para las actividades autorizadas de la fase 1 y fase 2 y transporte de carga por tubería.
Servicios ofrecidos por los Centros de Inspección Técnica Vehicular, las Entidades Certificadoras para emitir Certificados de Conformidad de Vehículos, los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, las Certificadoras y Talleres de Conversión de GNV y las Certificadoras y Talleres de Conversión de GLP, y las entidades certificadoras de conformidad, modificación, fabricación y montaje.
¿La Fase 2 se aplica en todas las regiones?
El inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales es a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.
Fuente: Diario EXPRESO.
¿Profesionales e independientes podrán reiniciar actividades sin protocolo sanitario?
Por Karen Guardia– Diario Gestión.
la administración Vizcarra emitió el decreto supremo que da inicio a la segunda fase de reactivación económica, la que incluye cambios para la obtención de los permisos para operar. Uno de los más relevantes está referido a las personas naturales. ¿Qué dice la norma?
La disposición complementaria que modifica los artículos 3 y 5 del decreto supremo que dio inicio a la reanudación de actividades económicas, específicamente el numeral 3.6 indica que ‘el plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo’ y el registro en el SICOVID-19, paso elemental para las grandes empresas, no resulta exigible para las personas naturales.
Lo que implica -en la práctica- que las personas naturales cuyas actividades económicas se encuentren incluidas tanto en la fase 1 como en la fase 2 no tendrán la obligación de presentar su plan sanitario para registrarlo ante el Sistema Integrado para COVID-19.
Pese a la norma emitida el viernes, un hecho causó confusión. En las primeras horas del sábado el twitter oficial del Ministerio de la Producción (Produce) emitió un comunicado indicando que ‘las personas naturales con negocio’ no necesitarán registrar su plan sanitario en el SICOVID-19. Posteriormente se corrigió señalando que únicamente tienen esta prerrogativa las ‘personas naturales’.
¿Cuál es la diferencia? Jorge Picón, abogado tributarista, explicó a Gestión.pe que las personas naturales suelen ser profesionales como un dentista, un médico o un psicólogo que brindan servicios profesionales de manera independiente, emiten recibos por honorarios y no laboran a través de un negocio o empresa. También puede ser un gasfitero o un técnico de computadora, por ejemplo, que ofrece sus servicios.
Mientras que una persona natural con negocio es aquel que constituye -valga la redundancia- un ‘negocio’ propiamente dicho como una bodega, una peluquería, una juguería o un chifa u otro. “La diferencia radica en que la persona natural con negocio puede tener gente a su cargo mientras que las personas naturales en la práctica no deberían tener gente u operarios a su disposición”, detalló.
Este punto es vital -señaló Picón- dado que en la práctica muchas personas naturales suelen tener personal a su cargo de manera informal.
“Por ejemplo, un dentista puede contar con el apoyo de un técnico y una recepcionista, pero emite recibos por honorarios. Si se está buscando evitar contagios pues la decisión tomada no es la mejor porque se está dando luz verde automáticamente a grupos que sin la debida fiscalización puedan convertirse en focos de contagio. Una persona natural puede tener tanto o más rotación de personas que un negocio”, dijo.
Sobre este punto Gestión.pe consultó a fuentes oficiales y explicaron que únicamente las personas naturales que no tengan a cargo ningún empleado o trabajador podrán operar sin necesidad de colgar su protocolo sanitario ante el SICOVID-19, en cambio aquellas personas naturales que si tienen a su cargo a trabajadores, tendrán que colgar obligatoriamente su plan sanitario ante el SICOVID-19, una vez registrado para operar automáticamente.
¿Cómo era antes? Hasta antes de la emisión del decreto que da inicio de la fase 2, las personas naturales que estaban permitidas de reiniciar actividades tenían la obligación de registrar sus protocolos al SICOVID-19 para lo cual debían tomar en cuenta los ‘lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19’ del Minsa y los protocolos sectoriales.
“El cambio sobre las personas naturales es drástico ya que en la práctica implica que van a poder operar sin ninguna autorización ni con la obligación de contar con un plan sanitario”, añadió el tributarista, José Verona.
Al margen de las normas emitidas, lo recomendable es que las personas naturales sí cuenten con protocolos sanitarios siguiendo los lineamientos generales del Ministerio de Salud (Minsa) lo que generará seguridad y confianza al momento de prestar servicios y sobre todo evita posibles contagios.
Papelón diplomático: Embajadores reconocieron su error sobre carta enviada al Congreso
“El Ejecutivo saca cara por las empresas de peajes”
El ministro de Relaciones Exteriores, Gustavo Meza-Cuadra, sostuvo que los embajadores de Canadá, Australia, Francia y Colombia, reconocieron su error al enviar directamente al Congreso una carta cuestionando la ley que suspende el cobro de peajes.
Meza-Cuadra dijo que tanto de forma verbal como escrita han reconocido que no siguieron los canales correspondientes y presentaron sus excusas, pues la comunicación debió ser enviada a la Cancillería tal como lo establece la Convención de Viena.
“Ellos reconocieron que no habían utilizado el canal correspondiente y han transmitido sus excusas. (…) No es el procedimiento que corresponde, así se lo hemos hecho saber y ellos han reconocido el error”, afirmó el canciller a Cuarto Poder.
Agregó que los embajadores quisieron transmitir “una opinión, un punto de vista” sobre la mencionada ley, pero no siguieron los canales diplomáticos.
“Es una grave situación, en la medida que esto es un elemento básico. El Perú es muy respetuoso de las relaciones diplomáticas, de las formas. En la diplomacia las formas son muy importantes, pero ya han reconocido y en una comunicación escrita han señalado que no es su intención en absoluto vulnerar las prácticas de la diplomacia”, explicó el canciller.
En ese sentido, dijo que, en una reunión con el presidente del Congreso, Manuel Merino, le expresó las disculpas de los embajadores. Afirmó que Merino se mostró muy preocupado por lo ocurrido.
Meza-Cuadra sostuvo que responderá oficialmente la carta que le envió el Parlamento sobre este tema y señaló que en ella adjuntará la misiva con la excusa remitida por los cuatro embajadores.
Respecto al fondo de la ley de suspensión del cobro de peajes, el canciller señaló que este tema será resuelto en el Tribunal Constitucional.
Finalmente, dijo que Canadá, Australia, Francia y Colombia mantienen una estrecha relación económica con el Perú, por lo que esta no se debería afectar.
Fuente: www.americatv.com.pe