MARIO ALVA MATTEUCCI
Dentro de unos días los empleadores deberán realizar el depósito de las gratificaciones a los trabajadores dependientes que laboran para ellos, con lo cual éstos deben realizar los cálculos respectivos acerca de los días laborados, el tiempo proporcional de prestación de servicios en lo que corresponde al primer semestre del año, la fuente de financiamiento para realizar el pago respectivo, entre otros temas.
Por parte de los trabajadores, se observa que algunos de ellos ya tienen comprometido el ingreso que percibirán por concepto de gratificaciones, ya sea por haber celebrado con anticipación un contrato de crédito hipotecario para la adquisición de una vivienda, un contrato para la adquisición de una unidad vehicular, o un préstamo personal. Otro grupo de trabajadores aprovecharán que contarán con mayor liquidez para realizar adquisiciones de bienes que requieren en su vivienda, realizarán viajes con la familia o destinarán parte del dinero en actividades recreativas.
Existirán también trabajadores que procurarán realizar la cancelación de sus deudas contraídas, ya sean de carácter personal o a través del sistema financiero nacional, sobre todo en el caso de la utilización de las tarjetas de crédito, las cuales se convierten a veces en deudas realmente impagables, sobre todo con aquella opción que los bancos y financieras consignan como el denominado “pago mínimo” , toda vez que el capital impago de las deudas se refinancian hasta en 36, 48 y 60 meses, generando nuevos intereses.