LAS ACCIONES INDUCTIVAS DE SUNAT CONTARAN CON EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS

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LAS ACCIONES INDUCTIVAS DE SUNAT CONTARAN CON EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS

MARIO ALVA MATTEUCCI

Como se recordará, a través de la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT se aprobó el Sistema Integrado del Expediente Virtual, conocido por sus siglas SIEV. Este sistema permite actualmente el llevado de los expedientes electrónicos de los siguientes temas: (i) procedimientos de cobranza coactiva de la deuda tributaria correspondiente a tributos internos; (ii) procedimientos de fiscalización y de determinados cruces de información; (iii) además de la presentación de diversas solicitudes, informes, comunicaciones y escritos.

Según lo precisa el último párrafo del artículo 3 de la mencionada norma, “el SIEV garantiza la integridad e inalterabilidad de los documentos electrónicos que conforman el expediente electrónico”.

Dentro de las ventajas que el expediente electrónico proporciona, se pueden nombrar a las siguientes:

  • Otorga un fácil acceso para su consulta a través de SUNAT operaciones en línea.
  • Se encuentra disponible bajo el esquema 24/7, que implica las 24 horas del día los siete días de la semana.
  • Concede seguridad al igual que validez legal, incluso sus representaciones impresas valen ante terceros.
  • Permite el ahorro en tiempo y distancia, toda vez que el administrado puede presentar documentos sin necesidad de acercarse a las oficinas de la SUNAT.
  • Se presenta la transparencia en la información, ya que se permite el seguimiento del estado del procedimiento llevado ante la SUNAT, además de acceder a los documentos en línea.

Tomando en consideración que en los actuales tiempos se están priorizando los elementos electrónicos, como un mecanismo de facilitar los procedimientos para los administrados, además de evitar el papel impreso, la SUNAT puede ir incrementando mayores procedimientos a los expedientes electrónicos.

De esta manera, el pasado domingo 28 de junio de 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 106-2020/SUNAT, por medio de la cual se incorporó al Sistema Integrado del Expediente Virtual – SIEV, los expedientes electrónicos de acciones inductivas iniciadas mediante esquelas por parte de la SUNAT.

Tengamos en consideración que una acción inductiva constituye un procedimiento llevado a cabo por la SUNAT, por medio del cual le comunica al contribuyente que se ha detectado una o varias diferencias entre la información presentada por el propio contribuyente en sus declaraciones y aquella que fue remitida por terceros (los cuales normalmente son proveedores o clientes, pero también pueden ser notarios, entidades públicas, entre otros).

El principal objetivo de una acción inductiva es que se produzca el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias a cargo del contribuyente, procurando la regularización voluntaria de las mismas. De igual manera, el propio contribuyente puede demostrar ante el fisco que la posible inconsistencia u omisión nunca ha existido.

Dentro de los expedientes electrónicos que contengan el procedimiento antes indicado, la Administración Tributaria podrá formular esquelas de solicitud de información o citación a los contribuyentes, con la finalidad que estos realicen sus descargos respectivos.

Del mismo modo, se permite la presentación de solicitudes y de la sustentación de inconsistencias u omisiones referidas a las acciones inductivas, las cuales se encuentran reguladas en detalle en la Resolución de Superintendencia N° 106-2020/SUNAT.

Dentro de las solicitudes que se pueden presentar a través del expediente electrónico, está aquella en la que el contribuyente solicita:

  1. Una prórroga del plazo otorgado para presentar lo solicitado en una esquela de solicitud de información.
  2. El cambio de fecha y/u hora de la cita indicada en una esquela de citación o en el documento en el que se señala una nueva fecha y/u hora en atención a una solicitud anterior, a una fecha y/u hora posterior.

Este esquema descrito anteriormente se iniciará el próximo 1 de agosto de 2020, tal como lo indica expresamente la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N° 106-2020/SUNAT.

Estemos atentos a nuevas incorporaciones que realice SUNAT de expedientes electrónicos al SIEV.

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Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

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