Archivo de la etiqueta: Precio Público

SUMINISTRO DE AGUA POTABLE PRESTADO POR MUNICIPALIDAD: ¿TASA O PRECIO PÚBLICO?

[Visto: 226 veces]

SUMINISTRO DE AGUA POTABLE PRESTADO POR MUNICIPALIDAD: ¿TASA O PRECIO PÚBLICO?

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

En el país, existen municipalidades que brindan el servicio de suministro de agua potable a los predios que se encuentran ubicados dentro de su jurisdicción y, por dicho servicio, realizan un cobro a los propietarios u ocupantes de los predios que se benefician de este servicio. La pregunta inmediata que surge es si este cobro califica como una tasa o es un precio público. El presente informe tiene como finalidad encontrar una respuesta a esta duda.

PALABRAS CLAVE: agua potable / suministro de agua / precio público / tasa / municipalidad / predios

ABSTRACT

There are municipalities in the country that provide drinking wáter supply services to the properties located within their jurisdiction and, for this service, they charge the owners or occupants of the properties that benefit from this service. The immediate question that arises is whether this charge qualifies as a fee or a public price. The purpose of this report is to find an answer to this question.

KEYWORDS: drinking water / water supply / public price / fee / municipality / properties

TITLE: Drinking Water Supply Provided by The Municipality: Fee or Public Price?

Si desea revisar el informe completo (SOLO EN ESPAÑOL) debe ingresar aquí: SUMINISTRO DE AGUA POTABLE – TASA O PRECIO PUBLICO

If you want to review the full report (ONLY IN SPANISH) you must enter here: SUMINISTRO DE AGUA POTABLE – TASA O PRECIO PUBLICO

SI UNA MUNICIPALIDAD BRINDA EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE: ¿DEBE COBRAR UNA TASA O UN PRECIO PÚBLICO?

[Visto: 21404 veces]

SI UNA MUNICIPALIDAD BRINDA EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE: ¿DEBE COBRAR UNA TASA O UN PRECIO PÚBLICO?

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCIÓN

En muchas partes del Perú existen municipalidades que además de cumplir con las funciones que la Ley Orgánica de Municipales les faculta y de brindar servicios públicos en beneficio de la colectividad, prestan el servicio de suministro de agua potable a través de conexiones domiciliarias de manera idéntica a una empresa de saneamiento público.

De manera lógica existe un cobro que debe efectuarse por la prestación del servicio por parte de la Municipalidad respectiva. La duda que se presenta no solo en las municipalidades sino también en algunos consumidores del mencionado servicio es determinar si se debe cobrar una tasa o un precio público.

En palabras de MEDRANO, en muchos casos “… las imprecisiones y dudas sobre el carácter tributario que tiene o no determinados conceptos, pone en evidencia que hubiera sido deseable contar con una definición que permitiera identificar más fácilmente los tributos”1.

El presente informe pretende hacer un análisis sobre el tema a efectos de poder desentrañar la diferencia conceptual existente entre la tasa y el precio público.
Sigue leyendo