FLEXIBILIZAN EL PLAZO PARA LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DE COMPROBANTES DE PAGO
MARIO ALVA MATTEUCCI
El día miércoles 30 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 311-2016/SUNAT (en adelante la denominaremos “la presente norma”), a través de la cual se efectúan modificaciones a las Resoluciones de Superintendencia N° 185-2015/SUNAT, N° 203-2015/SUNAT y N° 255-2015/SUNAT, conforme se indica a continuación:
El primer cambio se aprecia en el caso de la emisión del resumen diario de las boletas de venta electrónicas y notas electrónicas, toda vez que se ha determinado la exigencia del envío de dicho resumen a partir del 1 de julio de 2017. Para estos efectos, el artículo 2° de la presente norma ha determinado una modificación a la vigencia del literal e) de la Única Disposición Complementaria de la Resolución de Superintendencia N° 185-2015/SUNAT, considerando que las obligaciones allí indicadas son exigibles a partir del 1 de enero del 2017, salvo la relacionada con la emisión del resumen diario de las boletas electrónicas y notas electrónicas, que entra en vigencia a partir del 1 de julio de 2017.
En ese mismo orden de ideas se ha modificado el Anexo E de la Resolución de Superintendencia N° 185-2015/SUNAT para confirmar la vigencia de dicho resumen diario a partir del 1 de julio de 2017. Sigue leyendo