NORMATIVIDAD TRIBUTARIA: ENTRE LA POLÍTICA DEL PARCHE Y LA FE DE ERRATAS

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NORMATIVIDAD TRIBUTARIA: ENTRE LA POLÍTICA DEL PARCHE Y LA FE DE ERRATAS

MARIO ALVA MATTEUCCI

Desde que el Congreso de la República aprobó las facultades legislativas a favor del Poder Ejecutivo, por medio de la Ley N° 30506, éste tiene un plazo de noventa (90) días para aprobar y publicar los Decretos Legislativos hasta el día sábado 7 de enero de 2017.

Los Decretos Legislativos que tienen vinculación con el ámbito tributario se han publicado durante el mes de diciembre de 2016, acentuándose en número en los últimos días de dicho mes, inclusive hasta el propio día sábado 31 de diciembre de 2016. Es más, existe hasta la publicación de una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano el día viernes 30 de diciembre de 2016 que apareció en la edición virtual de dicho diario en horas de la tarde.

Por lo que se ha podido apreciar a raíz de la publicación de varias normas, el tema tributario ha sido abordado desde una perspectiva de revisión de textos normativos por partes, eliminando en algunos casos algunas inconsistencias en la normatividad tributaria existente a la fecha, cambiando criterios, buscando en cierto modo eliminar contradicciones, actualizando y adecuando algunas normas a los cambios que ya se habían  efectuado en años anteriores, entre otros.

Se argumenta que parte de esta reforma tiene una orientación destinada a la reactivación de la economía y de simplificación de la legislación tributaria. En realidad, esto último no se aprecia del todo claro, sobre todo en el caso del Impuesto a la Renta de naturaleza empresarial, en el cual existen ahora cuatro regímenes tributarios:

(i) el Régimen Único Simplificado – RUS.

(ii) el Régimen Especial del Impuesto a la Renta.

(iii) el Régimen Mype Tributario.

(iv) el Régimen General del Impuesto a la Renta.

Además, se aprecia que la normatividad tributaria que se ha ido publicando en estos días ha sido por partes. ¿Acaso la normatividad tributaria se ha distribuido a equipos de trabajo que han entregado sus resultados en fechas distintas?, ¿no era mejor realizar una coordinación en el uso de los tiempos y publicar un solo texto normativo?

Un ejemplo de lo mencionado anteriormente es que en tres decretos legislativos se ha modificado la legislación del Impuesto a la Renta; cuatro decretos legislativos han tenido la tarea de modificar el Código Tributario, en el caso del Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias – FRAES se publicó un decreto legislativo que lo aprobó y en los últimos días de diciembre se publicó otro decreto que lo modificó. Este tipo de situaciones determina en cierto modo una situación de inseguridad jurídica en el contribuyente.

Mención aparte está el tema de las fe de erratas, las cuales han aparecido luego que se publicaron las normas en el Diario Oficial El Peruano y que en cierto modo deben ser revisadas con detenimiento por parte del lector, a efectos que no tenga dificultades en la aplicación de la normatividad. Al aparecer la fe de erratas, ello implica que el trabajo de publicación de las normas se hizo con apuro y con poca seriedad, no tuvo una segunda revisión antes de su publicación.

Esperemos que no existan mayores cambios en estos días respecto a la normatividad ya publicada, que le quitaría cierto grado de seriedad y predictibilidad, algo que parecía ya habíamos superado en años anteriores.

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Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI

Abogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asociado activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Ha sido Miembro del Consejo Directivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (2019 - 2022). Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Ha sido Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Ha sido Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. COAUTOR de los siguientes Libros: - "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II". - "Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller". - "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel". - "Libro Homenaje a Francisco Escribano”. - "Libro Homenaje a Víctor Vargas Calderón". - "Libro Homenaje a Julio Fernández Cartagena". - "Guía de Operaciones Societarias y Comerciales". - "Manual de Detracciones, Retenciones y Percepciones". - "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2015 - 2016". - "Delitos tributarios: Análisis de la Ley Penal Tributaria e incremento patrimonial no justificado". - "Manual de Infracciones y Sanciones Tributarias". - "Pérdidas Tributarias: Aspectos Tributarios y Contables". - "Fiscalización Electrónica y Desbalance Patrimonial: El uso de las cuentas bancarias empresariales para gastos personales". AUTOR de los siguientes libros: - "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". - "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". - "Tratamiento tributario de las empresas constructoras e inmobiliarias". - "Evasión Tributaria". - "Incremento Patrimonial No Justificado de Personas Naturales" Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios.

Un pensamiento en “NORMATIVIDAD TRIBUTARIA: ENTRE LA POLÍTICA DEL PARCHE Y LA FE DE ERRATAS

  1. Raiza Jara Calderon

    La culpa es de los “románticos de la tributación” que vendieron falsas ilusiones al pueblo.

    Ahora se hacen las vítimas cuando meses atrás se decían “padres de la reforma tributaria” y “consultores de cabecera elegidos por el pueblo”.

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