APRUEBAN NUEVA RELACIÓN DE MEDIOS DE PAGO: Resolución de Superintendencia Nº 079-2014/SUNAT
Artículo Único.- NUEVA RELACIÓN DE MEDIOS DEPAGO
Apruébese el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, el mismo que contiene:
a) La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de los Medios de Pago con los que estas se encuentran autorizadas a operar.
b) La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud a convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas emisoras no pertenecientes al Sistema Financiero, cuyo objeto principal sea la emisión y administración de tarjetas de crédito.
c) La relación de las Empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud a convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas bancarias o financieras emisoras no domiciliadas en el país.
El Anexo I también será publicado en la página web de la SUNAT, cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe, en la misma fecha en que se publique la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- VIGENCIA
La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- DEROGATORIA
Deróguese la Resolución de Superintendencia Nº 323-2010/SUNAT.
Nota: La relación de los medios de pago se puede consultar en la siguiente dirección web: