APRUEBAN VERSIÓN 2.6 DEL PDT OTRAS RETENCIONES – FORMULARIO VIRTUAL N° 617
Mario Alva Matteucci
Con fecha martes 12 de febrero de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 030-2019/SUNAT, a través de la cual se aprobó la nueva versión del PDT otras retenciones – Formulario Virtual N° 617.
- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT
El artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 030-2019/SUNAT aprueba la versión 2.6 del PDT OTRAS RETENCIONES – Formulario virtual N° 617.
- OBTENCIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT
De acuerdo a lo señalado por el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 030-2019/SUNAT, la versión 2.6 del PDT OTRAS RETENCIONES – Formulario virtual N° 617 estará a disposición de los interesados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, es decir, a partir del 13 de febrero de 2019, en SUNAT Virtual.
Se precisa que la SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención de los citados PDT.
- USO DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT
En aplicación de lo señalado por el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 030-2019/SUNAT, se precisa lo siguiente:
NUEVA VERSIÓN DE PDT | ¿DESDE CUANDO DEBE SER UTILIZADO? |
Deberá ser utilizado a partir del 13 de febrero de 2019, independientemente del periodo al que comprende la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias. | |
PDT Otras Retenciones – Formulario Virtual N.° 617 – Versión 2.6 |
- USO DE LA ANTIGUA VERSIÓN DEL PDT
El artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 030-2019/SUNAT, considera que el PDT Otras Retenciones – Formulario Virtual N.° 617 – Versión 2.5 solo podrá ser utilizado hasta el 12 de febrero de 2019.