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EMISION CONCURRENTE DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS Y POR OTROS MEDIOS: Postergación del plazo

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EMISION CONCURRENTE DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS Y POR OTROS MEDIOS: Postergación del plazo

MARIO ALVA MATTEUCCI

Sobre el tema de emisión concurrente de comprobantes electrónicos y en formatos impresos o importados, la Resolución de Superintendencia N° 113-2018/SUNAT, efectuó cambios en el texto de algunos artículos de la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT, específicamente en el punto relacionado con las condiciones para emitir de manera concurrente los comprobantes de pago de manera electrónica y de la emisión por otros medios.

Así, la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N° 113-2018/SUNAT, indicó que la misma entraba en vigencia a partir del 01.08.2018. Sin embargo, el 28.07.2018, se publicó en el diario oficial el Peruano la Resolución de Superintendencia N° 181-2018/SUNAT, la cual efectuó modificaciones, sobre todo, en los plazos para la utilización conjunta de comprobantes físicos como electrónicos.

En este sentido, el artículo único de la Resolución de Superintendencia N° 181-2018/SUNAT efectuó modificaciones a la única disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 113-2018/SUNAT, señalando que su vigencia será a partir del 01.09.2018 y no el 01.08.2018, con lo cual se permitirá a los contribuyentes que se encuentren en el supuesto de la emisión concurrente de comprobantes electrónicos y por otros medios, contar con un mayor plazo. Sigue leyendo