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¿QUIÉNES SON LOS OBLIGADOS A EMITIR RECIBOS POR HONORARIOS ELECTRÓNICOS A PARTIR DEL 01.01.2015?
MARIO ALVA MATTEUCCI
Recordemos que en aplicación de lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia Nº 287-2014/SUNAT, aquellos perceptores de rentas de cuarta categoría que, según lo indicado por el Reglamento de Comprobantes de Pago, les corresponda emitir recibos por honorarios por los servicios que realicen a favor de las personas, empresas y entidades que tengan la condición de agentes de retención de rentas de cuarta categoría (Contribuyentes del Régimen General), han sido designados emisores electrónicos por la SUNAT de manera obligatoria a partir del día 01 de enero del 2015.