EL IMPUESTO A LA RENTA Y EL DAOT: ¿Tienen alguna relación directa?
MARIO ALVA MATTEUCCI
Desde el próximo lunes 16 de febrero de 2015 se inicia el cronograma de presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros – DAOT, correspondiente al ejercicio gravable 2014, estando obligados a presentarla los sujetos siguientes:
– Contribuyentes que al 31.12.2014, hubiesen tenido la categoría de Principales Contribuyentes – PRICO.
– Contribuyentes que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2014, siempre que:
- El monto de sus ventas internas haya superado las 75 (setenta y cinco) UIT.
- El monto de sus adquisiciones haya superado las 75 (setenta y cinco) UIT.
La UIT que debe considerar es la que corresponde al año 2014 que es de S/. 3,800 Nuevos Soles.
– Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio 2014, cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT Planilla Electrónica – PLAME Formulario Virtual N° 0601, correspondiente al período tributario noviembre del Ejercicio Gravable 2014 sea superior a diez (10).