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DONACIONES DE ALIMENTOS CON PÉRDIDA DE VALOR COMERCIAL: ¿Es posible?

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DONACIONES DE ALIMENTOS CON PÉRDIDA DE VALOR COMERCIAL: ¿Es posible?

MARIO ALVA MATTEUCCI

RESUMEN

En los establecimientos comerciales donde se expenden alimentos, pueden presentarse casos en los cuales la fecha máxima de consumo aceptable está por vencer y éstos son retirados de los escaparates para evitar su comercialización. Sin embargo, estos productos aún pueden ser consumidos y la empresa que los vende opta por donarlos a entidades benéficas, obteniendo la posibilidad de considerarlo como un gasto deducible para efectos de la determinación de la renta neta de tercera categoría, al amparo de lo dispuesto en el literal x.1 del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta.

PALABRAS CLAVE

Alimentos / donaciones / valor comercial / pérdida / fecha de vencimiento / consumir preferentemente antes de…

  1. INTRODUCCIÓN

En la mayor parte de los centros comerciales, donde se expenden alimentos, no siempre se vende todo el stock puesto a disposición de los consumidores, ya sea por un tema de falta de publicidad, precios, ofertas, gustos de los clientes, ubicación de los productos, entre otros temas.

Por lo que se presentan casos en los cuales la fecha de vencimiento de los alimentos, está próxima a cumplirse, ello motiva el retiro del producto de su comercialización. Sin embargo, pueden presentarse casos que dicho producto aun puede ser utilizado para los fines de alimentación y puede ser donado a terceros.

El motivo del presente informe es analizar la donación de los alimentos que no han perdido su valor comercial y su deducción como gasto tributario, para efectos de la determinación de la renta neta de tercera categoría, bajo los alcances de lo dispuesto en el texto del literal x.1 del artículo 37° de la ley del Impuesto a la Renta. Sigue leyendo