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¿CUÁNDO SE PUEDE FRACCIONAR LA DEUDA DEL IMPUESTO A LA RENTA ANUAL DEL EJERCICIO GRAVABLE 2012?

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¿CUÁNDO SE PUEDE FRACCIONAR LA DEUDA DEL IMPUESTO A LA RENTA ANUAL DEL EJERCICIO GRAVABLE 2012?

MARIO ALVA MATTEUCCI

Es común que muchas empresas al momento de la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2012, no cuenten con la liquidez suficiente para realizar el pago del tributo ya determinado, motivo por el cual pueden tomar distintas opciones luego de presentada la respectiva declaración.

La primera de ellas está relacionada al hecho de realizar pagos parciales, los cuales serán aplicados primero a los intereses generados por el no pago oportuno y luego al tributo insoluto, conforme lo determina el texto del artículo 33º del Código Tributario.

La segunda opción que el contribuyente procurará realizar es la presentación de una solicitud de fraccionamiento de la deuda tributaria, para así poder cumplir con el pago de la deuda en partes, procurando evitar alguna acción de cobranza.

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