Efectuada en la Revista del Foro. Año MMII – N° 1. Abril 2002. Revista editada por el Colegio de Abogados de Lima.
ANTECEDENTES LEGISLATIVOS DEL IMPUESTO DE ALCABALA
Análisis de la legislación que lo regula desde 1558 hasta el 2002
Mario Alva Matteucci
INTRODUCCION:
El Impuesto de Alcabala forma parte de uno de los tributos creados por parte del Gobierno Central a favor de las Municipalidades y su recaudación constituye uno de los ingresos de las Municipalidades del país. Sus antecedentes legislativos se pueden encontrar hasta en las Leyes de Indias (normas españolas aplicables en la época del virreinato del Perú), con diferencias abismales en cuanto a concepto y aplicación con las actuales normas.
Sin embargo el presente artículo pretende hacer una revisión de las normas que han regulado el Impuesto de Alcabala y sus variantes específicamente desde el año de 1850 procurando poner especial énfasis en los cambios que se han producido, incluyendo las recientes modificaciones efectuadas por la Ley Nº 27616, Ley que restituye ingresos a los Gobiernos Locales.